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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 9826
Resolución de la consejera de Transparencia, Cultura y Deportes por la que se suspende la concesión de las ayudas en especie a los deportistas y clubs deportivos de las Illes Balears para facilitarles los desplazamientos entre las islas de la comunidad autónoma para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos regulada en la convocatoria aprobada por Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de día 1 de diciembre de 2015

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Texto

Hechos

1. La Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 1 de diciembre de 2015 por la que se convocan ayudas en especie a los deportistas y clubs deportivos de las Illes Balears para facilitarles los desplazamientos entre las islas de la comunidad autónoma para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos.

2. El punto 3.3 de la Resolución antes mencionada establece que en el supuesto en el que se agote la cuantía económica asignada a esta convocatoria, con anterioridad a la duración máxima fijada por esta Resolución (31 de diciembre de 2016), se debe suspender la concesión de las ayudas mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 21.4 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de desembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. La Orden del consejero de Turismo y Deportes de 18 de desembre de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2 de 3 de enero de 2013) que deroga la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de setiembre de 2003 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB núm. 137, de 2 de octubre de 2003).

3. La Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 1 de diciembre de 2015  por la que se convocan ayudas en especie a los deportistas y clubs deportivos de las Illes Balears para facilitarles los desplazamientos entre las islas de la comunidad autónoma para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos.

4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y  la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Suspender la concesión de las ayudas en especie a los deportistas y clubs deportivos de las Illes Balears para facilitarles los desplazamientos entre las islas de la comunidad autónoma para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, de acuerdo con lo que establece el punto 3.3 de la convocatoria aprobada por Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 1 de diciembre de 2015.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución – que agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Participación, Transparencia y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Palma, 23 de agosto de 2016

La consejera
Ruth Mateu Vinent