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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 9790
Corrección error edicto núm. 8477 (BOIB 93/2016)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con el art. 105 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, se corrige el error observado en la ordenanza para el Fomento de la Convivencia Ciudadana y el Civismo del municipio de Lloseta, publicada al BOIB núm. 93 de 23-07-2016.

Título III, Articulo.- Rebaja de la sanción si se paga de manera inmediata.

Al primer párrafo.

Allá donde dice: Cuando la ordenanza no fija importe mínimo de la sanción que corresponda, la rebaja será del 65% de su importe mínimo.

A de decir: Cuando la ordenanza no fija importe mínimo de la sanción que corresponda, la rebaja será del 65% de su importe máximo.

Lo que se hace saber para el general conocimiento y a los efectos oportunos.

 

Lloseta, a 25 de agosto del 2016

El Alcalde
Bartolomé Moya Ferragut