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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Núm. 9792
Modificación de la relación de puestos de trabajo

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Texto

El pleno del Ayuntamiento, en sesión de 21 de julio de 2016, aprobó inicialmente la modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento. Habiendo finalizado el plazo de exposición pública, el Presupuesto se considera definitivamente aprobado y de acuerdo con lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica el texto íntegro del acuerdo adoptado:

"Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de la relación de puestos de trabajo asignando los puestos de trabajo 116, 121 y 125 de la Relación de puestos de trabajo en la jornada J1.

Segundo.- Aprobar inicialmente la modificación de la relación de puestos de trabajo estableciendo entre los factores configuradores de la relación de Puestos de Trabajo el concepto "Duración de la jornada de trabajo", con la configuración siguiente:

- D1: Jornada de trabajo habitual de 37,5 horas: 0 puntos.

- D2: Jornada de 40 horas: 100 puntos.

- D3: Jornada de 42 horas: 175 puntos.

Tercero.- Aprobar inicialmente la modificación de la relación de puestos de trabajo asignando a los puestos de trabajo 116, 121 y 125 una jornada de 42 horas, suprimiendo el complemento hasta ahora asignado para la realización de una jornada de 40 horas.

Cuarto.- Establecer como criterio para la fijación de complemento de productividad el abono de 64 euros por domingo efectivamente trabajado y 48 euros por sábado efectivamente trabajado, referidas las cuantías anteriores a turnos de 12,5 horas y con un máximo de 16 policías por fin de semana, aplicable a aquellos puestos de trabajo que no retribuyen estas circunstancias mediante el complemento específico.

Quinto.- Establecer como criterio para la fijación de complemento de productividad el abono de 12 euros por jornada de trabajo por los agentes de la policía municipal que, por falta de personal, deban asumir en su jornada laboral sus funciones de oficial de la policía.

Sexto.- Modificar el criterio para la concesión de complemento de productividad por festivo trabajado, con la siguiente redacción:

Indemnización por festivos trabajados:

Grupo

Cargo

Importe

A

135,09

B

Subinsp.

124,02

C

Oficial

112,95

C

Policia

96,34

D

88,58

E

77,53

Adicionalmente, el personal municipal podrá optar por disponer de un día adicional de vacaciones o duplicar las indemnizaciones anteriores. "

   Sant Llorenç des Cardassar, 24 de agosto de 2016

El alcalde,
Mateu Puigròs Sureda