Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 9760
Acuerdo de la junta de Gobierno Local de concesión de subvenciones en materia de Asociaciones de vecinos para el año 2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 4 de julio de 2016 de concesión de subvenciones en materia de Asociaciones de Vecinos para el ejercicio 2016, por el cual se han concedido las siguientes subvenciones, a cargo de la partida presupuestaria 2016 924 48901

Nom o raó social

Quantia concedida

Finalitat de la subvenció

A.A.V.V. Es Clot

10.957,06 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. Cas Serres

9.226,99 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. Puig des Molins

6.000,00 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. Es Pratet

8.650,31 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. Talamanca

5.766,87 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. San Pablo

13.840,49 €

Actividades año 2016

Grupo Vecinal Tres Barrios

8.073,62 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. Sa Capelleta

8.650,31 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. Figueretes

13.840,49 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. La Marina

6.343,56 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. i Comerciants dels Ports d'Eivissa.

4.036,81 €

Actividades año 2016

A.A.V.V. Platja d'en Bossa

4.613,50 €

Actividades año 2016

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, o impugnarlo directamente ante la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estime conveniente en defensa de sus derechos.

Si opta por la interposición del recurso de reposición, se hará ante la Junta de Gobierno Local, órgano municipal que dictó el acto, y en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a esta publicación. La interposición impedirá, hasta su resolución expresa o desistimiento presunto, la utilización de la vía contenciosa administrativa. El recurso se tendrá que resolver y notificar en el plazo de un mes, y se entenderá desestimado en caso contrario, quedando abierta la vía contenciosa administrativa.

Si se interpone directamente recurso contencioso administrativo, se hará ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de esta publicación.

 

Eivissa, 24 de agosto de 2016

LA REGIDORA DELEGADA
Maria del Carmen Boned Verdera