Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM
Núm. 9731
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público para la utilización de instalaciones para la realización de actividades deportivas y ocio
Transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público para la utilización de instalaciones para la realización de actividades deportivas y ocio, sin que se haya presentado ninguna reclamación, el acuerdo de aprobación inicial se ha transformado en definitivo, de conformidad con lo que establece el art. 17.3 del RDL 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se transcribe a continuación el texto íntegro de la mencionada modificación de la ordenanza fiscal, de conformidad con el artículo 17.4 del referido Cuerpo Legal:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y OCIO
El articulo 3, Cuantía, Tarifa para entrada y estada en instalaciones municipales, utilización de pistas de padel (por una pista), en adelante, tendrá la siguiente redacción:
“...”
UTILITZACIÓN DE PISTAS DE PADEL (POR UNA PISTA) |
|||
PERSONAS |
ILUMINACIÓN ARTIFICIAL |
DURACIÓN |
CUOTA POR PERSONA |
Empadronados |
SÍ |
1h 30 min. |
3,00€ |
NO |
2,25€ |
||
No empadronados |
SÍ |
4,50€ |
|
NO |
3,75€ |
“...”
La Disposición Final, tendrá, en adelante, la siguiente redacción:
“...”
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza, aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, de 11 de juliol de 2016, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
“...”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Binissalem, 24 de agosto de 2016
El Alcalde
Jeroni Salom Munar