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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 9648
Modificación núm. 8 de las Normas Subsidiarias del planeamiento Municipal

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Texto

Aprobación inicial de la Modificación nº 8 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal, relativa a la implantación de un Sistema General de aparcamientos públicos dentro del ámbito de la parcela 32 del polígono 1, actualmente calificada como Área de Transición de Armonización dentro suelo rústico común.

El Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión de carácter extraordinaria el pasado día 29 de julio de 2016, entre otros, acordó aprobar inicialmente la Modificación nº 8 de las Normas Subsidiarias del planeamiento de Alcúdia redactada por los servicios técnicos de Planificación Urbanística, en cuanto a la implantación de un Sistema General de aparcamientos públicos dentro del ámbito de la parcela 32 del polígono 1, actualmente calificada como Área de Transición de Armonización dentro de suelo rústico común, así como su correspondiente documento ambiental estratégico redactado por la entidad medioambiental: Olivar Gestió i Medi, S.L.

Asimismo, acordó solicitar informe a los Organismos y Entidades,  cuyas  competencias puedan verse afectadas por la modificación, entre los cuales, el informe previo del Consell de Mallorca previsto en el artículo 156 del Reglamento de la L.O.U.S.

Esta aprobación inicial, de conformidad con los apartados 2, 3 y 4, del artículo 50 de la Ley 2/2.014, de 25 de Marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, y en concordancia con los apartados 2 y 3 el artículo 138 y 1.b) del artículo 139 del Reglamento que la desarrolla, determina por sí misma y, en el ámbito de la modificación, la suspensión durante el plazo de dos años o hasta que se produzca la aprobación provisional de la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas. Todo ello, sin perjuicio de que puedan otorgarse las licencias o presentar comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, con los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 141 de este Reglamento.

De acuerdo con el artículo 54 de la Ley 2/2.014, de 25 de Marzo, de Ordenación y Uso del Suelo y con en el artículo 154 del Reglamento que la desarrolla, sirva el presente edicto para anunciar que la referida modificación se somete a información pública durante un plazo de CUARENTA y CINCO DÍAS (45 días), mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los periódicos de mayor difusión en la isla de Mallorca y, en la sede electrónica del Ayuntamiento donde constará la documentación completa. Durante dicho período, quienes así lo deseen,  podrán consultar la documentación en día laborable y horario de oficina (de 8 h. A las 14 h.) en las dependencias municipales de Planificación Urbanística situadas en el nº 1 de la placeta dels pins, pudiendo asimismo presentar las alegaciones que estimen oportunas en el Registro General del Consistorio,  situado en el nº 9 de la calle Mayor.

 

Alcudia, 17 de agosto de 2016.

El concejal delegado de Urbanismo,
Joaquín Cantalapiedra Aloy

Documentos adjuntos