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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 9297
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. Servicio Jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp:PE 2016/0003. La Junta de Gobierno aprobó inicialmente el proyecto de Estudio de Detalle en C/Vicenç Joan Rossello, 2-10

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Texto

La Junta de Gobierno, en fecha 27.07.2016, aprobó inicialmente el proyecto de Estudio de Detalle relativo a la instalación de ascensor en C/Vicenç Joan Rossello, 2-10, presentado por la Sra. Catalina Díaz Torrens en represetnació de la Comunidad de propietarios C/ Vicenç Joan Rossell, 2-10 y redactado por el arquitecto Juan José March Roca

Cumpliendo el artículo 54-3 de la Ley balear 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca; la Ley 11/99, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/85, de 2 de abril, y el art. 160 del Reglamento general de la Ley balear 2/2014, de 25 de marzo, , de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, se somete el Estudio de Detalle a información pública durante UN MES.

Quienes se consideren afectados lo pueden examinar presencialmente en la Sección de Información urbanística del Área Modelo de ciudad, Urbanismo y Vivienda digna (Av. Gabriel Alomar, 18 bjos. Edificio Municipal de les Avingudes), y/o en la sede electrónica municipal pulsando el enlace http://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/ PE-ESTUDI_DETALL/PE-201600030000/PE-20160003_PORTADA.pdf y presentar las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del mencionado plazo y mediante escrito dirigido al  Muy Hble. Sr. Alcalde, en el registro general de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palmademallorca.es, o en las dependencias a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según la redacción dada por la Ley 4/1999.

Asimismo y de acuerdo con el art. 50 de la Ley balear 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, se hace pública la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, de edificación y de demolición a las áreas del territorio objeto de este acuerdo, en el que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.

 

Palma, a 10 de agosto de 2016

 

El jefe del Departamento

p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014

(BOIB nº  30 de  4-03-2014)

Jaume Horrach Font