Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 9323
Anuncio de notificación en el procedimiento de fijación de precio público para la venta de entradas de los conciertos incluidos en el Estiu Jove 2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

A los efectos previstos en el artículo 59.5 (interesados desconocidos) de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se hace público que la Comisión de Gobierno del Consell Insular d’Eivissa, en la sesión celebrada el día 2 de agosto de 2016, ha aprobado con los votos a favor de los miembros del Grupo PSOE (2) y del Grupo Podem-Guanyem Eivissa (2), y las abstenciones del Grupo Popular (3), la siguiente propuesta:

“En fecha 21 de julio de 2016 se dispuso la incoación del expediente para la fijación del precio público del Estiu Jove 2016. Concretamente la fijación del precio para la venta de entradas de los siguientes conciertos:

- 2 de septiembre de 2016 a las 21 horas. Concierto de Manel y Projecte Mut.

- 9 de septiembre de 2016 a las 22 horas. Concierto de Amaral.

Vistas las competencias que el Consell Insular d’Eivissa tiene atribuidas por la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consells de Menorca, y de Eivissa y Formentera en materia de juventud y ocio, que establece en su artículo 2.g que el Consell tiene atribuidas competencias en materia de actividades juveniles de promoción artística y cultural, y en su artículo 9.b que el Consell asume dentro de su ámbito territorial las funciones de promoción de actividades de desarrollo cultural dirigidas a jóvenes, así como las propias que tiene atribuidas por la Ley 1/20077, de 28 de diciembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares referentes a deportes y ocio, fomento y promoción de actividades deportivas y de ocio.

Atendido que el Pleno del Consell Insular de fecha 31 de julio de 2015 aprobó delegar en la Comisión de Gobierno la competencia para el establecimiento o la modificación de los precios públicos para la prestación de servicios o para la realización de actividades emanadas de las competencias conferidas al Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud.

Visto el informe del técnico de juventud del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, de fecha 25 de julio de 2016, donde dice:

“Antecedentes

.../...

Considerando que se pretende establecer un precio público para la venta de entradas para los dos conciertos arriba mencionados y que el gasto máximo previsto para la celebración del Estiu Jove 2016 asciende a un total de 249.992,22 €, según el presupuesto que se detalla en la tabla siguiente:

CONCEPTO

IMPORTE

Caché de los artistas

64.130,00 €

Gestión, instalaciones y servicios FECOEV

76.395,00 €

Transporte personal

9.500 ,00 €

Transporte material

4.500,00 €

Alojamiento

7.500,00 €

Producción artística

5.445,00 €

Producción técnica

45.995,00 €

Publicidad y cartelería

20.527,22 €

Seguros

7.500,00 €

Personal de carga y descarga

5.000,00 €

Otros gastos (ambulancias, servicios médicos,.....)

3.500,00 €

TOTAL

249.992,22 €

Atendido que para hacer el cálculo de la previsión de ingresos se coge como referencia el presupuesto de gastos arriba mencionado, que contará con dos conciertos, con precios diferentes para cada uno de ellos y considerando también que el número de entradas que se pondrán a la venta para cada uno de ellos también será diferente, según se trate de venta anticipada o venta en taquilla.

Para el concierto del día 2 de septiembre de 2016 de Manel y Projecte Mut se pondrán a la venta 4500 entradas a un precio único de 10 €, tanto para la venta anticipada, como para la venta en taquilla, y para el concierto de Amaral de día 9 de septiembre se pondrán a la venta 3500 entradas a un precio de 20€ para venta anticipada y 1000 entradas a un precio de 25 € para venta en taquilla.

- Concierto de Manel y Projecte Mut (02/09/2016): 4500 x 10 € = 45.000 € (anticipada y taquilla)

- Concierto Amaral (09/09/2016): 3500 x 20 € = 70.000 € (anticipada)

1000 x 25 € = 25.000 € (taquilla)

Total ingresos = 140.000 €

En virtud de todo ello se calcula que la previsión máxima de ingresos de los conciertos del Estiu Jove 2016 será de un importe de 140.000 €.

A pesar que es muy evidente la diferencia de la previsión de ingresos y gastos, se considera que concurren razones sociales, culturales y de interés público (que se mencionan más adelante) que aconsejan fijar un precio público para esta actividad que resulte inferior a los costes económicos originados por la prestación del servicio, y todo esto según la normativa de aplicación tal y como determinan el artículo 44.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 25.2 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Régimen Jurídico de Tasas y Precios Públicos, en la modificación operada per el artículo 2 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, por la cual se modifica el régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, de aplicación supletoria respecto de la legislación que establecen las comunidades autónomas y las haciendas locales sobre precios públicos para el ámbito de sus competencias, conformemente a la disposición adicional séptima de la Ley 8/1989, de 13 de abril.

Atendido que el artículo 41 del Real decreto legislativo 2/2004, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que las entidades locales podrán establecer precios públicos para la prestación de servicios o la realización de servicios o la realización de actividades de la competencia de la entidad local, siempre que no concurra ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 20.1 B de esta Ley.

Asimismo, dado que de conformidad con el artículo 44.1 del mencionado Real Decreto Legislativo, el importe de los precios públicos deberá cubrir como mínimo el coste del servicio prestado o de la actividad realizada.

Ahora bien, este artículo 44 en el punto 2 establece que cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo del límite previsto en el apartado anterior. En estos casos se deberá de asignar a los presupuestos de la entidad las dotaciones oportunas para la cobertura, en su caso, de la diferencia resultante, concretamente para atender los gastos del Estiu Jove 2016 el Consell Insular d’Eivissa destinará a la realización y producción de estos conciertos la cantidad máxima de 249.992,22 € que irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3370 22799.

Atendido que el Estiu Jove está pensado para difundir espectáculos de música pop con el objetivo de ofrecer tanto al público ibicenco, como al público visitante, espectáculos musicales de máximo nivel que suponen un beneficio cultural y lúdico, a la vez que pueden contribuir a la promoción y la proyección exterior de Eivissa, favoreciendo el disfrute de espectáculos de artistas diversos, tanto de la isla como de fuera.

Atendido que se quiere establecer unos precios de venta anticipada y unos precios de venta en taquilla en función de los conciertos.

Conclusión

Atendidas todas las circunstancias y la normativa que se expone en los antecedentes, se propone para los dos conciertos del Estiu Jove 2016, establecer nos precios públicos de venta anticipada y de venta en taquilla en función de los espectáculos, exentos de IVA en base a lo que dice el artículo 20. 1. 14 c) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según el cuadro siguiente:

 

CONCEPTO

PRECIO VENTA ANTICIPADA

PRECIO VENTA TAQUILLA

CONCIERTO MANEL Y PROJECTE MUT DIA 2 DE SEPTIEMBRE DE 2016

10,00 €

10,00 €

CONCIERTO AMARAL DIA 9 DE SEPTEIMBRE DE 2016

20,00 €

25,00 €

“.

Atendido el informe propuesta emitido por la coordinadora de Deportes y Juventud, con el visto y conforme de la secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud en fecha 25 de julio de 2016, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario de la Intervención de la Corporación, y para el caso que el informe mencionado sea favorable y de conformidad.

En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 72.d del Reglamento Orgánico del Consell Insular d’Eivissa (BOIB núm. 136, de 18-9-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016) elevo a la Comisión de Gobierno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

Primero.- Establecer los siguientes precios públicos para los dos conciertos incluidos en el Estiu Jove 2016, para la venta en taquilla y venta anticipada, exentos de IVA en base al artículo 20.1.14 c de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según el cuadro siguiente:

CONCEPTO

PRECIO VENTA ANTICIPADA

PRECIO VENTA TAQUILLA

CONCIERTO MANEL Y PROJECTE MUT DIA 2 DE SEPTIEMBRE DE 2016

10,00 €

10,00 €

CONCIERTO AMARAL DIA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2016

20,00 €

25,00 €

Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Estado (BOE), así como en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.

Este acto agota la vía administrativa y contra él pueden interponer, ante el mismo órgano que lo ha dictado, el recurso potestativo de reposición previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación o directamente el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, todo ello en virtud de lo que dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en relación con el artículo 22.1.c de la Ley 8/2000, de 27 de octubre de Consejos Insulares y el artículo 146.1.c del Reglamento Orgánico del Consell Insular d’Eivissa. Si optan por la interposición del recurso de reposición no podrán acudir a la jurisdicción contencioso administrativa hasta que no se haya resuelto aquel o se haya producido su desestimación presunta, recordando que el plazo máximo para resolverlo es de un mes.

 

Eivissa, 10 de agosto de 2016

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud

Maria Catalina Tur Torres