Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 9302
Regimen de regulación provisional del mercado navideño para el año 2016
La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el 4 de agosto de 2016, y en el ejercicio de sus competencias, sobre la base de aquello propuesto (que conforme al artículo 54 y 89.3 y 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, el siguiente acuerdo:
“Régimen de regulación provisional del Mercado Navideño para el año 2016
Preámbulo
El Consell Insular de Formentera, con el propósito de beneficiar la ciudadana de la isla (comercios, artesanos, sector de restauración, centros educativos, parroquias, ONG y Asociaciones sin animo de lucro) adquirió el año 2014 unas casetas para realizar y gestionar un Mercado Navideño en Formentera, y establecer una continuidad del mismo.
Dado el buen resultado del funcionamiento del Mercado Navideño del año 2014 y 2015, mediante su régimen de regulación provisional, este año, el Consell Insular de Formentera, realizará de nuevo un régimen regulador, por el buen funcionamiento del mercado navideño 2016.
1. Lugar y fecha de celebración.
El Mercado Navideño para el año 2016, se inaugurará el día 3 de diciembre de 2016, y su duración será desde ese mismo día hasta el día 6 de enero de 2017, ambos inclusive, en la plaza de la Constitución de San Francisco Javier, Formentera.
El Consejo Insular de Formentera realizará el montaje de las casetas antes de la inauguración del mercado, y así el día antes de la misma, los vendedores podrán decorar la caseta que le haya sido adjudicada. El desmontaje se realizará por parte del Consell Insular, al día siguiente de la finalización del Mercado Navideño del año 2016.
2. Horario.
El horario del Mercado Navideño, deberán de cumplir los adjudicados, es el siguiente:
- Cada día, por la mañana, desde las 11.00h hasta las 14.00h, y por la tarde, como mínimo, desde las 17.00h hasta las 19.00h, y como máximo, hasta las 24.00 horas.
- Días de libre elección 24, 25 y 31 de diciembre de 2016 y, 1 y 6 de enero de 2017, siempre con los horarios antes mencionados.
3. Requisitos de los solicitantes.
Podrán participar en el Mercado Navideño, las siguientes personas físicas y jurídicas:
A) Comercios de Formentera
B) Artesanos. Las personas artesanas que deseen participar deberan de estar en posesión de la Carta de Maestro Artesano o Carta Artesano.
C) Centros educativos, parroquias y ONG.
D) Asociaciones sin animo de lucro, que reinvierta parte de sus beneficios en la sociedad de Formentera, inscritos como mínimo desde hace tres años en el Registro de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Formentera.
E) Sector de la restauración, persona/s que cuenten con una experiencia mínima de un año, y con el carnet de manipulación de alimentos en vigor.
Para el otorgamiento de la autorización de venta en el Mercado Navideño por parte del Consell Insular de Formentera, tendrán prioridad las solicitudes que acrediten la elaboración de los productos de venta de forma artesanal.
El hecho de haber participado en anteriores ediciones, no garantiza la participación en la misma, ni la ocupación del mismo lugar que el Mercado Navideño anterior.
4. Solicitudes.
Las personas que estén interesadas en la adjudicación de una caseta en el Mercado Navideño del año 2016, deberán presentar su solicitud en el Registro General del Consejo Insular de Formentera, situado en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC). Consta como ANEXO I, el modelo de solicitud, al que deberá adjuntarse la siguiente documentación:
1.- Memoria descriptiva y fotografiada del producto de venta, en el caso de los comerciantes y artesanos.
2.- Memoria descriptiva del producto de venta y actividades que se ofrecerán durante las fiestas, en el caso del sector de restauración.
3.- Copia compulsada de la carta de manipulador de alimentos, en caso de ser necesario para la actividad solicitada.
5.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, será desde el 15 de septiembre hasta el día 17 de octubre de 2016, ambos incluidos.
6.- Adjudicación de los lugares de venta del mercado navideño.
El Consejo Insular de Formentera adjudicará un máximo de 6 casetas con unas dimensiones de 3 x 2 m2, para la venta de productos en el Mercado Navideño del año 2016. Las casetas se distribuirán en la Plaza de la Constitución de San Francisco Javier, Formentera, de la siguiente forma:
Además, el Consell Insular de Formentera instalará una carpa en la Plaza de la Constitución, porque, rotatoriamente, puedan realizar la venta de productos alimenticios, los centros educativos, parroquias, ONG y asociaciones sin ánimo de lucro, que presenten solicitud licitud y cumplan los requisitos establecidos.
Además, podrán formar parte del Mercado Navideño, con un máximo de tres, otros comercios, servicios de restauración y artesanos, que sean propietarios de casetas con las mismas dimensiones y tipología que las propias del Consell Insular de Formentera.
Las casetas que se adjudiquen a comercios y artesanos, podrán ser compartidas por dos adjudicatarios, siempre que así se solicite y se considere viable por parte del Consell Insular de Formentera.
Entre todas las solicitudes que se presenten dentro del plazo establecido en el punto quinto de este régimen regulador, y que cumplan con los requisitos exigidos, se harán dos sorteos ante el Secretario de la Corporación, mediante extracción de bolitas: uno para las dos casetas que se destinarán a bar y otro para las cuatro casetas que se destinarán para los comercios y artesanos.
Del resultado de estos sorteos, se hará una propuesta por parte de la consejería de comercio del Consell Insular de Formentera, de los posibles adjudicatarios de las casetas del mercado navideño, a la Comisión de Gobierno, como órgano competente, la cual aprobará, en su caso, las adjudicaciones, así como una lista de espera.
7. Pago.
Este año 2016, el Mercado Navideño lo organiza el Consell Insular de Formentera para dinamizar las fiestas navideñas en Formentera, con los comercios que quedan abiertos en invierno, y los artesanos con carta de artesanía que viven y trabajan en Formentera en invierno.
Por este motivo, el Consell Insular de Formentera considera que los adjudicatarios de las casetas no deben realizar el pago de la tasa de ocupación de vía pública, según lo establecido en los artículos 24 y 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y según lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de los terrenos de dominio público local, del Consejo Insular de Formentera, pero sí que los adjudicados deberán hacerse cargo de lo siguiente:
1. La seguridad privada nocturna.
El pago lo tendrán que hacer los adjudicatarios de las casetas del mercado navideño, en proporción, los comercios y artesanos 50% y los bares el 50%. La contratación de esta vigilancia se deberá acreditar por parte de los adjudicatarios, presentando ante el Registro General de Entrada del Consell Insular de Formentera, una instancia, en la que conste el nombre, apellidos, DNI y teléfono de la persona contratada para la realización de la citada seguridad, y la documentación acreditativa de esta contratación, dirigido al área de Comercio, como máximo cinco días antes del comienzo del mercado navideño.
2. El pago de las actuaciones musicales y otros actos
Los actos que se quieran llevar a cabo en el mercado navideño, los tendrán que contratar los adjudicatarios de las casetas, en proporción, los comercios y artesanos el 20% y los bares el 80%.
Para que estos actos se puedan llevar a cabo, se tendrá que presentar con un plazo máximo de diez días antes del comienzo del mercado navideño, el programa de los mismos, el cual deberá incluir, como mínimo, una memoria con los datos y horarios los diferentes grupos musicales y / o eventos en general, que se pretendan realizar, en el Registro general de Entrada del Consell Insular de Formentera, y dirigido al área de Comercio.
Todos estos actos, se publicarán en la Agenda Formentera del mes de diciembre de 2016.
8. Disposiciones generales.
Los adjudicados del mercado navideño tendrán, entre otras, las siguientes obligaciones:
- Tener expuesta, en un lugar visible de la caseta, la tarjeta del permiso de adjudicación, emitida por el Consell Insular de Formentera, en el que especificará el producto por el que está autorizado.
- Cuidar y limpiar el material y el espacio cedido, y devolverlo en las mismas condiciones, así como mantener el orden durante todos los días del mercado.
- Cumplir con el horario establecido de apertura y cierre del mercado navideño.
- Cumplir con la normativa de seguridad, así como no obstaculizar ninguna salida ni entrada de locales y calles, según lo establecido en los planes de emergencia.
- Contar con vigilancia nocturna del mercado durante todo el tiempo que dure el mercado navideño de 2016.
Los adjudicados del mercado deben tener en cuenta toda una serie de prohibiciones:
- Se prohíbe el uso de aparatos individuales de música y / o altavoces. En todo caso se permitirá tener música / altavoces al mercado de forma colectiva.
- Se prohíbe pintar o hacer agujeros en el material cedido por el Consell.
- Se prohíbe a las barras de bar o sitios de alimentación, facilitar material de vidrio tales como platos y vasos, cuchillos, tenedores en la venta de consumibles a los clientes.
- Queda prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de edad.
9. Penalizacionrs por incomplimento de este régimen regulador.
Cualquier incumplimiento de este régimen de regulación provisional del mercado navideño de 2016 por parte de las personas autorizadas en el Mercado Navideño, supondrá la imposición de una penalización por parte del Consell Insular de Formentera, la cual consistirá en la denegación de autorización para la venta en el mercado de navideño durante dos años consecutivos (año 2017/2018, año 2018/2019).
En cualquier caso, por parte del Consell Insular de Formentera, se reclamarán, si fuera el caso, los costas en los desperfectos ocasionados.
10. Régimen sancionador.
Para el supuesto de infracción de la normativa sobre mercados ambulantes, en lo no estipulado en este régimen de regulación provisional, se estará a lo dispuesto en la normativa legal que le sea de aplicación, concretamente en la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears, en los artículos 139 a 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el artículo 186.3 de la Ley 20/2006, de 15 de Diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
11. Exigibilidad.
Este régimen de regulación provisional, será aplicable a partir del día siguiente de la publicación íntegra de su texto en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB). También se publicará en la web del Consell Insular de Formentera. www.consellinsulardeformentera.cat, y en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) del Consell Insular de Formentera.
ANEXO I
SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL MERCADO DE NAVIDAD 2016/2017
Nombre y apellidos:________________________________________________________________
con DNI / NIF __________________________________________ con domicilio ___________________________________________________________ C.P___________________ Localidad _______________________________ Teléfono/s ___________________________
MARCA LA FORMA PARTICIPATIVA:
- Comercio (Nombre / Razon social) _________________________________________________
CIF/NIF ____________________
- Artesano/a (titulación / oficio) __________________________ Nº de la carta __________
- Centros educativos, parroquias, ONG (nombre)_____________________________________ CIF_________________
- Asociaciones sin animo de lucro, (nombre)_______________________________________
CIF/NIF_________________
- Sector de la restauración (nombre)______________________________________________
CIF/NIF_________________
INDICA EL PRODUCTO DE LA VENTA: ______________________________________
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
-. Memoria descriptiva y fotográfica del producto de venta en el caso de comerciantes y artesanos.
-. Memoria descriptiva del producto de venta en el caso del sector de restauración.
-. Copia compulsada de la carta de manipulador de alimentos, en su caso.
DECLARACIÓN RESPONSABLE:
El/la solicitante declara que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente que regula la venda ambulante o no sedentaria, concretamente la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comerció de las Illes Balears, y se compromete al cumplimiento del régimen de regulación
Formentera, _____ d'/de ________________ de 2016
Firma
HBLE. SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA”
Lo cual se hace público para general conocimiento.
Formentera, 8 de agosto de 2016
El vicepresident segon,
Bartomeu Escandell Tur