Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9128
Juicio sobre delitos leves nº 260/2016
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JUAN GONZALEZ GONZALEZ y a ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ la SENTENCIA dictada en la causa arriba expresada que es del tenor siguiente:
“SENTENCIA PENAL Nº 289/16
En PALMA DE MALLORCA a ocho de julio de dos mil dieciséis.
FALLO
CONDENO a JUAN GONZÁLEZ GONZÁLEZ Y ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ como autores responsables de un DELITO LEVE de HURTO a la pena, para cada uno de ellos, de UN MES de multa a razón de SEIS EUROS (6€) diarios con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas que deje de pagar, con imposición de las costas de este procedimiento.
En concepto de responsabilidad civil deberán abonar, conjunta y solidariamente, al perjudicado MAKRO en la cantidad de 150 euros solidariamente.
Notifíquese informando que la presente resolución no es firme y que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Islas Baleares. Para ello, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, habrá de presentarse ante este Juzgado escrito en el que se expongan ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.
Así lo acuerdo, mando y firmo”
Y para que conste y sirva de notificación en forma a JUAN GONZALEZ GONZALEZ y a ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, en ignorado paradero, expido el presente En PALMA DE MALLORCA a 14 de julio de 2016.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA