Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 9241
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 4 de agosto de 2016 por la que se autorizan los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2016-2017 y las exenciones y reducciones de estos precios
El Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears, reunido el 29 de junio de 2016, acordó aprobar los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música para el curso 2016-2017, así como las exenciones y reducciones de estos precios.
La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears se constituyó mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de las Illes Balears de día 1 de junio de 2001. Según el artículo 10 de los Estatutos de la Fundación, el control de las actividades que lleva a cabo depende de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, actualmente Consejería de Educación y Universidad, en la cual, además, corresponden las funciones de protectorado de la Fundación previstas en la disposición adicional primera del Decreto 61/2007, de 18 de mayo, de regulación del Registro Único de Fundaciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de organización del ejercicio del protectorado, y en el artículo 35 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, de conformidad con el artículo único del Decreto 13/2013, de 6 de junio, del presidente de las Illes Balears, por el cual se confiere en las consejerías el ejercicio del protectorado de las fundaciones en el ámbito de las Illes Balears.
La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears ha presentado una solicitud en la cual pide que el Protectorado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 22.k de los Estatutos de la Fundación, autorice los precios, las exenciones y las reducciones mencionadas.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Autorizar los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2016-2017, así como las exenciones y reducciones de estos precios, aprobados por el Patronato de la Fundación el día 29 de junio de 2016, los cuales se detallan en el anexo adjunto.
Segundo
Establecer que estos precios para el curso 2016-2017 entren en vigor a partir del día siguiente de haberse publicado esta Resolución.
Tercero
Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
De acuerdo con el artículo 57.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 43.1 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 4 de agosto de 2016
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà
ANEXO
Precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2016-2017
1. Precios de los servicios académic
CONCEPTO |
Curso 2016-2017 |
---|---|
Precios de matrículas de Grado |
|
Precio de matrícula por crédito en 1ª matrícula |
32,57 € |
Precio de matrícula por crédito en 2ª matrícula (excepto el Trabajo de Fin de Estudios) |
65,14 € |
Precio de matrícula del Trabajo de Fin de Estudios en 2ª matrícula |
65,27 € |
Precio de matrícula por crédito en 3ª matrícula |
141,16 € |
Precio de matrícula por crédito en 4ª matrícula y sucesivas |
195,44 € |
Precio de matrícula por crédito que haya obtenido la convalidación, la adaptación, el reconocimiento o la transferencia de asignaturas o créditos de otros estudios universitarios o de estudios equivalentes. (*) |
6,95 € |
Prueba de acceso |
|
Preinscripción a las pruebas de acceso |
67,91 € |
Servicios de matrícula |
|
Servicios generales |
28,58 € |
Apertura de expediente |
34,30 € |
Traslado de expediente |
22,71 € |
Certificados |
|
Certificado de expediente |
18,29 € |
Certificado de matrícula |
3,03 € |
Solicitud y expedición de título |
136,19 € |
Otros servicios |
|
Compulsa de documentos |
3,43 € |
Duplicado del carné de estudiante |
11,43 € |
Alquiler de taquillas (Precio por curso) |
12,57 € |
Seguro para los alumnos |
6,95 € |
Precios de matrícula para cursos organizados por el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears
Precio por crédito (diez horas lectivas) para la categoría de alumno oyente:
- Alumnos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears 43,94 €
- Resto de alumnos 54,90 €
Precio por crédito (diez horas lectivas) para la categoría de alumno activo:
- Alumnos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears 87,85 €
- Resto de alumnos 109,81 €
(*) Estos precios se aplicarán, con efectos retroactivos, a todos los créditos que hayan obtenido la convalidación, la adaptación, el reconocimiento o la transferencia de asignaturas o créditos de otros estudios universitarios o de estudios equivalentes durante el curso académico 2015-2016.
Estos precios serán vigentes para el curso 2016/2017 a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
2. Exenciones y reducciones de precios de servicios académicos
Si una persona cumple los requisitos para acogerse a más de uno de los supuestos de exención o reducción de los precios de los servicios académicos que se indican a continuación, deberá escoger sólo uno de ellos.
A - Familias numerosas:
Para dar cumplimiento a la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, se establece que los alumnos que acrediten, mediante la documentación acreditativa en vigor, que son beneficiarios de los derechos reconocidos a los miembros de familias numerosas y que cumplen los requisitos exigidos por la legislación actual pueden disfrutar de los siguientes descuentos:
- Familia numerosa de Categoría especial: descuento del 100%
- Familia numerosa de Categoría General: descuento del 50%
B - Matrícula de Honor a Bachillerato:
Los alumnos que se matriculen por primera vez al primer curso y que puedan demostrar mediante la certificación académica correspondiente que han obtenido la calificación general de matrícula de honor al bachillerato o a un nivel equivalente, disfrutan de los descuentos siguientes:
En el momento de formalizar la matrícula, estos alumnos sólo tienen que satisfacer el 100% de las cuotas de servicios generales y de apertura de expediente (si procede). Están exentos de pagar los precios de la matrícula. En cuanto al resto de precios académicos, deben abonarse en su totalidad.
C - Matrícula de honor del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears
Los alumnos que hayan obtenido la calificación de matrícula de honor en una o más asignaturas del curso anterior del Conservatorio Superior disfrutan de la gratuidad de tantos créditos como los de la asignatura o asignaturas calificadas con matrícula de honor en el curso anterior.
D – Personas con un grado de discapacidad del 33% o superior
Los alumnos con un grado de minusvalía del 33 % o superior tienen derecho a la exención total de tasas y precios públicos en las enseñanzas que conducen a la obtención de un título de grado superior de música.
Para poder acogerse a esta exención, las personas interesadas tienen que presentar, en el momento de formalizar la matrícula, la resolución o el certificado del grado de discapacidad expedidos por el Centro Base de la Dirección General de Dependencia de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación o por el órgano competente de acuerdo con el Real decreto 1414/2006, de 1 de diciembre.
E – Residentes en Menorca y las Pitiusas
Los alumnos empadronados en Menorca, Ibiza o Formentera tienen una bonificación del 50 % en los precios de la matrícula. Para beneficiarse, deben presentar un certificado de empadronamiento donde conste una residencia de un mínimo de 6 meses.
Para solicitar esta reducción hay que presentar un certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento donde el alumno esté inscrito.
3. Formalización y pago de la matrícula del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears.
Los alumnos pueden hacer un único pago o fraccionar los precios correspondientes a la matrícula en dos pagos de la misma cantidad. El primero se tiene que abonar desde el momento que se formaliza la matrícula hasta el día 29 de julio y el segundo, a lo largo de la segunda quincena del mes de diciembre hasta el día 31 de diciembre. El fraccionamiento se tiene que hacer constar en el documento de autoliquidación.
Una vez calculados los costes de matriculación y de los servicios académicos, la persona interesada tiene que ingresar la cantidad resultante en la cuenta bancaria de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears, en el plazo establecido en las instrucciones correspondientes dictadas por la dirección del centro. El impago de las tasas de matriculación y de los servicios académicos supone la anulación automática de los derechos correspondientes a la matrícula del alumno en el Conservatorio Superior.
El pago se tiene que hacer obligatoriamente mediante transferencia o ingreso bancario en la cuenta de BMN Sa Nostra núm. ES11-0487-2158-1220-0001-0744, de la que es titular la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears.
La matrícula únicamente se considerará pagada cuando el alumno haya entregado a la Secretaría del Centro el justificante del pago. También puede enviar el justificante por correo electrónico o fax.
El impago del primer plazo o del plazo único supondrá la anulación automática e inmediata de la matrícula. Esta circunstancia se notificará al siguiente aspirante aprobado por orden de nota de prueba de acceso para que pueda matricularse.