Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 9237
Notificación del acuerdo de iniciación del expediente sancionador número 5/2015-1644 por infracción de la normativa en materia de caza
Dado que no ha sido posible notificar el acuerdo de iniciación de los expedientes sancionadores y la apertura de los plazos de alegaciones y pruebas por presunta infracción en la normativa de caza, Ley 3/2013, de 17 de julio, modificada por Ley 6/2006, de 12 de abril, Balear de caza y pesca fluvial, modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas. De conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, que con este anuncio se pone en conocimiento de la persona interesada que se detalla en el anexo adjunto, todo haciendo constar:
1º.- Las personas denunciadas disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente día al de la publicación de esta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que formulen sus alegaciones y aporten o propongan las pruebas que les justifiquen delante de este Departament de Medi Ambient i Medi Rural i Marí (avda. España, 49, 3ª planta, de la ciudad de Ibiza).
2ª.- Durante el transcurso la tramitación de los expedientes sancionadores, las persones interesadas podrán examinarlos y conocer la identidad de la instructora y de la secretaria, al efecto de recusación que contiene el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Eivissa, 27 de juliol de 2016
La secretària tècnica de Medi Ambient, Agricultura, Cultura, Educació, Patrimoni,
Esports i Joventut
Maria Catalina Tur Torres
Anexo
Núm. de expediente.: 5/2015-1644
Presunto infractor: Sr. Ventura Garcia Martínez, DNI 45717222F
Fecha de la resolución de iniciación: 28/4/2015
Preceptos infringidos: Infracción de los artículos 74.4 y 74.11 de la Ley 6/2006, de 12 de abril, de caza y pesca fluvial (BOIB núm. 61, de 27 de abril de 2006) modificada por la Ley 3/2013, de 17 de julio y modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y economicoadministrativas (BOIB núm. 16 de 30 de julio de 2013), tipifican –respectivamente- como infracciones administrativas: “... 74.4. Cazar sin tener licencia de caza...” y, “...74.11. Cazar o entrar con armas o medios dispuestos para la caza en un terreno no cinegético o en un terreno cinegético sins tener la autorización del titular...”; Estas presuntas infracciones, realizar el deporte cinegético sin tener licencia de caza y dentro de un vedado privado de caza, sin ser socio y, por tanto, sin tener la autorización de su titular.
Último domicilio: c. Monteverest
Municipio: Santa Eulària des Riu