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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 9236
PalmaActiva.- Anuncio de la convocatòria del II Festival de curtmetratges Palma Film. (Publicado extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ID314487)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por decreto núm.201600296 se aprobó la ejecución y las bases reguladoras del II Festival de Curtmetratges Palma film, concurso de premios por concurrencia competitiva que tiene como finalidad impulsar las iniciativas culturales audiovisuales entre los jóvenes aprovechando los mejores escenarios de nuestra ciudad, y las bases reguladoras lo han de regir.

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede presentarse recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde su aprobación, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo tendrá que presentarse en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4, de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, antes mencionada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo, según lo establecido en el artículo antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su aprobación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere pertinente.

 

Palma, 8 d’agost 2016

 

La gerent

Eugènia Crespí Sastre

   

Bases reguladoras del II concurso Festival de curtmetratges Palma Film

1. Objeto del festival

El II Festival de Curtmetratges Palma Film es un concurso audiovisual que tiene como finalidad impulsar las iniciativas culturales audiovisuales mediante el desarrollo de un festival de cortos cinematográficos aprovechando los mejores escenarios de nuestra ciudad, fomentando – a la vez -  el espíritu emprendedor.                                                                                                             

Concretamente, tiene como objetivos:

- Fomentar  y promover la producción cultural audiovisual en Palma.

- Ser un marco en el cual poder exponer  y dar a conocer el trabajo de los realizadores.

- Ser un punto de encuentro de innovación y de creatividad.

- Crear un espacio de participación entre profesionales  y aficionados al cine.

- Promover la ciudad de Palma como localización de producciones audiovisuales.

- Promover el espíritu emprendedor en el sector audiovisual.

El concurso se tramita por concurrencia competitiva.

2. Destinatarios

Pueden participar en el concurso tanto las personas físicas como jurídicas. Les persones físicas pueden participar tanto de forma individual como de forma colectiva.

Las personas jurídicas legalmente constituidas pueden participar bajo cualquier modalidad, siempre que tenga un objeto social relacionado con el sector audiovisual y la producción y/o comercialización de filmaciones.

Los participantes, tanto a título individual como a título colectivo, tienen que disponer de los derechos necesarios para la presentación de la obra al concurso.

Cada participante, individual o  colectivo puede presentar el número de cortometrajes que considere, sin limitación sobre el su número y temática. En cualquier caso, únicamente puede ser premiado con un solo premio.

Los beneficiarios no se han de hallar en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3.  Las obras audiovisuales

Se premian las obras audiovisuales, éstas deben tener una duración total no superior a 30  minutos y ser de temática libre. Se pueden presentar obras de ficción, animación, documentales, etc.,  manco aquellos que tengan un carácter o contenido puramente publicitario de alguna marca, bien, producto o servicio. En todo caso, la organización se reserva el derecho de exclusión de aquellos trabajos que presenten contenidos violentos, obscenos, xenófobos, discriminatorios, tipificados como delito o cualquier otro contenido que atente contra la dignidad de las personas.

La fecha de producción ha de ser inferior a cinco años desde la aprobación de convocatoria de este concurso y no se tienen que haber presentado a ningún otro concurso de PalmaActiva. En el cortometraje debe figurar el título de la obra  ya la autoria,  y en su caso  la entidad o el titular de esta.

Las obras se han de presentar en su idioma original. Si éste  no fuese el casteplano o o catalán, se debe presentar  con subtítulos en castellano o catalán. Además, se debe adjuntar  la lista de los diálogos originales con la traducción al castellano o catalán.

Las obras tienen que incluir ubicaciones, localizaciones y escenarios, interiores o exteriores, reconocibles de la ciudad o del municipio de Palma.

4. Aplicaciones presupuestarias

El crédito total asignado a esta convocatoria es de 10.000€  con cargo a la aplicación presupuestaria 40.43300.48900 del vigente presupuesto 2016 de PalmaActiva.

5. Régimen Jurídico

La concesión de  las subvenciones se tramita  por régimen de concurrencia competitiva de conformidad con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, artículo. 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, reglamento de la ley de subvenciones, Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de la CAIB, la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma,  BOIB núm. 35, de 12.03.15, y las bases de ejecución del presupuesto para el año 2016. La convocatoria está presidida por los principios de igualdad  y no discriminación, publicidad  y transparencia, concurrencia y objetividad.

6.  Premios

El festival consta de tres categorías, cada una dotada con un solo premio.

- Premio Ficción por importe de 4.000 €

- Premio Documental por importe de 4.000 €

- Premio especial Green Shooting  por importe de 2.000 €

Los premios estarán sujetos a las retenciones fiscales vigentes que correspondan en cada momento.

Los premios que se concedan se deben publicar en la Base de datos Nacional de subvenciones  y en la web de PalmaActiva

En la categoría Ficción: se pueden presentar cualquier obra no incluida en les dos categorías anteriores.

En la categoría Documental se pueden presentar obras que versen sobre materias de interés cultural, científico, social, etc. que toma situaciones, personajes y hechos tomados de la realidad y que tiene una finalidad informativa, pedagógica, narrativa, no de entretenimiento.

En la categoría Green Shooting se pueden presentar obras en cualquier formato que tengan por objeto fomentar la reflexión sobre las cuestiones ambientales y contribuir a la sensibilización, educación ambiental y a la difusión  hacia la protección del medio ambiente y el medio natural y los valores que promueven la cultura de la sostenibilidad en la sociedad.

7. Presentación de solicitudes y documentación

Se pueden presentar solicitudes en el plazo de 45 días naturales a partir de la publicación de la presente convocatoria  en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Las solicitudes es presentaran mediante el oficial de participación, que se pueden obtener electrónicamente en la dirección web del organismo http://www.palmaactiva.com o físicamente en PalmaActiva (C. Socors, 22, Palma), en horario de 9 a 14h, de lunes a viernes laborables.

Las solicitudes es presentaran por correo electrónico a la siguiente dirección: palmafilmoffice@palmaactiva.com

o físicamente en PalmaActiva (C. Socors, 22, Palma), en horario de 9a 14h, de lunes a viernes laborables, acompañada de la documentación anexa  y de los requisitos siguientes:

A) 2 fotografías de la película en formado digital (300 ppp jpg i no superior a 1Mb).

B) Sinopsis (máximo 300 caracteres incluidos los espacios). 

C) Relación detallada de las ubicaciones, localizaciones y de los escenarios de la ciudad/municipio de Palma.

D) Biofilmografia de quien dirige y de la empresa productora (máximo 400 caracteres incluidos los espacios).

E) Fotografía de quien dirige (300 ppp jpg y no superior a 1Mb).

F) Fotocopia del DNI o NIE del solicitante.

G) Presentación del vídeo del cortometraje, subiéndolo a la plataforma Youtube en modo privado y compartido con pfoffice.palmaactiva@gmail.com

H) Presentación del tráiler del cortometraje, con una duración máxima de 60 segundos, subiéndolo a la plataforma Youtube en modo privado y compartido con pfoffice.palmaactiva@gmail.com

En las solicitudes presentadas por personas físicas,- tanto individuales como colectivas, éstas serán firmadas por todos los miembros.  Los participantes harán constar  sus datos  en la instancia oficial y aportaran fotocopia del DNI o NIE.

En las solicitudes presentadas por personas jurídicas éstas serán firmadas por su representante legal. Junto con la solicitud, se acompañará  la documentación de los apartados anteriores, menos la del apartado F), que  se sustituirá por copia del CIF y de los estatutos  donde conste  su objeto social, los órganos de gobierno y quienes son sus integrantes, y copia del DNI del representante de la entidad.

Les solicitudes que se presenten mediante correo electrónico sin firmar o sin certificado electrónico, se requerirá a los solicitantes para que las firmen como las presentadas presencialmente.

Si se opta por la presentación presencial, ésta se realizará en las oficinas de PalmaActiva, registro general, presentando tota la documentación anexa ( menos la indicada en los apartados G) y H) anteriores) en un sol DVD y en sobre cerrado indicando:: PalmaActiva – “II Festival de Curtmetratges Palma Film” 2016 y el nombre de la obra que concursa junto con el nombre del solicitante.

Los solicitantes indicaran en la solicitud una dirección de correo electrónico en la que recibir las notificaciones,  que es remitirá únicamente a la dirección indicada.

Presentada la solicitud si se observasen defectos, el órgano competente requerirá al interesado para que en el término máximo y improrrogable de 10 días hábiles, proceda  a su enmienda o mejora, con la indicación que si no lo hace, es considerará que ha desistido de su solicitud.

La participación en el “II Festival de Curtmetratges Palma Film” implica la aceptación de todos los apartados de las bases y  también la las resoluciones por parte de la organización, de cualquier contenido no recogido en ellas.

8. órganos y funciones.

La organización y dirección  de la actividad corresponde a PalmaActiva, al igual que la competencia para  la resolución de dudas, de incidentes, la aprobación de instrucciones y la aprobación definitiva de los premios.  Instruye el expediente el área de Promoción Económica del organismo, área gestora del expediente, que se encargará de las tareas de registro y de admisión  de solicitudes y enmiendas.

El órgano cometerte  para la resolución de las distintas fases de la convocatoria y para atorgar  los premios  será la Gerencia de PalmaActiva.

El concurso consta de dos fases. Una primera fase que realizará la Comisión de selección, de comprobación de las solicitudes y de primera valoración y una segunda fase de propuesta de asignación de premios que llevará a cabo el jurado.

El concurso está integrado por dos órganos:

Comisión de selección: es el órgano competente para la valoración de las solicitudes en la primera fase del concurso o fase de solicitudes admitidas. La Comisión está integrada por un máximo de tres técnicos de la organización de PalmaActiva y puede contar con el asesoramiento externo de profesionales del sector audiovisual.

En esta primera fase, la Comisión, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la finalización del plazo de presentación o – en su caso - del plazo de enmienda, seleccionará aquellas que  valore favorablemente, en base a una valoración inicial de la documentación recibida i de los criterios 1 a 4 del apartado siguiente, para participar en la segunda fase del concurso. Se remitirán hasta un máximo de de 15 obras.

Jurado: Integran el Jurado especialistas del sector audiovisual, críticos audiovisuales y del cine y personas y profesionales de reconocido prestigio del sector audiovisual. El jurado es el órgano competente para proponer a PalmaActiva – en el plazo máximo de 45 días naturales y en base a valoraciones artísticas  y plásticas  y a los criterios 5 y 6 del apartado siguiente-  el otorgamiento de los premios. Las votaciones  y deliberaciones del jurado son secretas. El jurado está facultado, si así lo considera, para proponer la declaración de desierta de alguno o todos los premios. Una  vez determinados sus integrantes, se publicará la composición en la web del organismo.

La resolución de PalmaActiva pone fin a la vía administrativa.

Preside los anteriores órganos la gerencia de PalmaActiva  y ejerce las funciones de secretario/a el personal técnico de PalmaActiva  que designe la presidencia del órgano.

9. Selección y finalistas

Los criterios de valoración son:

1- Realización: El Comité valorará todos los aspectos relacionados con los trabajos: ideas, guión,  dirección,  realización, interpretación,  estilo,  montaje  fotografía,  y  valorará positivamente la cualidad artística sobre la producción.

2- Guió - transcripción escrita de las imágenes y del sonido tal como aparecen después en el documento. En el guión técnico es valora un desglose de los planos de cada secuencia, la interpretación de los actores ante la cámara, así como otros elementos técnicos (iluminación, efectos...) y la banda sonora en relación con los diferentes planos.

3- Acabado técnico.  Se analizaran los siguientes criterios:

-  de los Planos: Cada una de las secuencias del guió literario  se especificaran con los planos.

- de la Cámara: los tipos de planos y otros detalles  que conforman el encuadramiento.

-de la Acción: La acción que se ha de desarrollar en cada uno de los planos se tiene que describir sintéticamente, especificando el movimiento interno del personaje en el cuadro y el movimiento externo de la cámara con los desplazamientos concretos.

- de la Banda Sonora: En ella se indicaran  los componentes habituales: los diálogos, la música y los efectos sonoros y ambientales.

4- Uso de Palma como localización: marco de interrelación de ciudad, turismo y cine

Los criterios a valorar sobre cada uno de los atractivos turísticos:

- Información histórica del atractivo: Información detallada sobre la localización.

Por mayor conocimiento de la zona: Información complementaria sobre la zona donde se halla el atractivo.

Descripción de las escenas: Resumen de las escenas rodadas en cada atractivo.

- Localización y elementos temporales: de cada plano, o si se repite, de cada secuencia, interior o exterior, y los efectos de día o de noche.

5- Interpretación ( para las categorías de obra de ficción).  Se analizaran aspectos como la espontaneidad, veracidad, control emocional i precisión técnica.

​- Presencia al corto: Desarrollar una relación relajada y creativa con la cámara y entenderla como un personaje más.

Comprender que aspectos de la personalidad del actor traduce poderosamente a la pantalla.

Tener presencia en la pantalla “sin palabras”.

6- Interés científico, cultural, social, Green Shooting  ...(  para las categorías documental y ficción). Fomentar la reflexión sobre les cuestiones científicas, culturales, sociales y ambientales y, de esta manera, contribuir a la sensibilización, a la educación y a la difusión de los valores que promueven la cultura de la sostenibilidad en la sociedad.

Cada uno de los criterios  se tiene que evaluar  con una puntuación de 0 a 10 puntos.

La participación implica la autorización a la Organización para el uso de fotogramas, fotografías, trailers y extractos  para actos promocionales y de difusión del festival, tanto por canal web, redes sociales como por canales audiovisuales,  siempre sin ninguna finalidad comercial ni lucrativa.

Igualmente, los datos que se remitan para la selección de las obras podrán aparecer en todos los medios publicitarios y de promoción del festival. Se podrá acordar la exhibición de los proyectos ganadores.

10.  Acto de clausura y entrega de premios

Los nombres de los proyectos ganadores y la entrega  de premios se harán en el acto público de clausura y en ningún caso se comunicará con anterioridad.

Las fechas  y el lugar dende se llevará a cabo el acto  lo determinará la organización del festival  y es comunicará con antelación suficiente  a los participantes y se publicará en la web de PalmaActiva.

La aceptación del premio comporta la cesión no exclusiva a PalmaActiva, o entidad municipal a quien ésta ceda , de los derechos de reproducción, comunicación pública, divulgación y distribución gratuita de las obras premiadas con la finalidad de promocionar el propio festival y Palma como destinación  para realizar filmaciones y grabaciones.

Los premios se abonaran proporcionalmente, por partes alícuotas, entre los solicitantes de la obra premiada,  para los solicitantes personas jurídicas, el abono se hará íntegramente a ésta.

11. Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios están obligados a:

a) Cumplir con las presentes bases.

b) Comunicar, por parte del promotor o promotores, al  órgano competente la aceptación del premio dinerario en el término de 15 días desde la notificación de la resolución. En caso contrario se entenderá automáticamente aceptada.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación y también a cualquier otra de comprobación y control financiero que puedan llevar a cabo los órganos de control competentes.

d) Hacer publicidad del premio, con el mínimo que acorde la Organización,  ya sea mediante la participación en entrevistas de medios de comunicación, publicidad en la web del solicitante,  inclusión de mención  del premio concedido en su publicidad ordinaria, etc.

e) Estar al corriente en las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no haber sido sancionado para la obtención de premios, ayudas o subvenciones públicas, en el momento de su pago.

f) Si  se halla en alguna de las causas de incumplimiento, reintegrar la cantidad recibida.

g) Las obras no han de lesionar derechos de autor  ni otros derechos de terceros, ya sea por las imágenes como por las partes sonoras. El solicitante garantiza la indemnidad de PalmaActiva ante cualquier reclamación de terceros.

12. Incumplimientos

Se considera incumplimiento de las finalidades establecidas en estas bases:

1. La falsedad en los datos aportados, el plagio y  el incumplimiento de la ley de derechos de autor.

2. La obtención del premio dinerario falseando las condiciones requeridas.

3. El incumplimiento de dar adecuada publicidad del premio dinerario recibido.

Los reintegros se tienen que realizar en la forma establecida en el título II de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, artículos 36 a 43, con derecho de audiencia de las personas interesadas.