Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8173
Seguridad Social 1054/2012
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0001054 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª EMILIO ROJO RUBIO contra la empresa MUTUA BALEAR, INSS OBRAS MUNAR 2009 SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª. BEGOÑA MARÍ RUIZ
En PALMA DE MALLORCA, a seis de Mayo de dos mil catorce.
Por medio de escrito de la parte EMILIO ROJO RUBIO se anunció recurso de suplicación en tiempo y forma contra la sentencia de fecha 17 de marzo de 2014 dictada en las presentes actuaciones, y al haberse constatado que la pretensión de la parte es conforme con los requisitos y circunstancias contenidos en los artículos 194 y 229 y siguientes de la LJS, acuerdo por el presente:
- Tener por anunciado el recurso de suplicación.
- Poner los autos a disposición de D/Dª. JUAN JOSE LOPEZ RUZAFA, letrado, designado por el turno de oficio para la representación y defensa de Don EMILIO ROJO RUBIO, para que se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los DIEZ DÍAS siguientes al de la notificación de la presente. Este plazo correrá cualquiera que sea el momento en que recoja o examine los autos puestos a su disposición. De no efectuarlo así, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso (art. 195.1 LJS).
- Requerir a dicho letrado/graduado social colegiado para que en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del TSJ (art. 198 LJS), y presente de dicho escrito tantas copias como partes.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL”
Y para que sirva de notificación en legal forma a OBRAS 2009 SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a doce de julio de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA