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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 9078
Revocación de la delegación de competencias a favor de la vicepresidenta segunda

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Texto

En fecha de hoy la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ha dictado la resolución siguiente:

"REVOCACIÓN DE LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS A FAVOR DE LA VICEPRESIDENTA SEGUNDA

El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común establece que los órganos de las administraciones públicas pueden delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

El artículo 8.1 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) prevé que el vicepresidente o la vicepresidenta del IMAS tendrá las funciones y competencias que le delegue la Presidencia.

En fecha 29 de marzo de 2016 por resolución de Presidencia se delegó a favor de Apol·lònia Miralles Xamena, vicepresidenta segunda del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, la facultad resolutoria de los expedientes de las direcciones insulares de Inclusión Social y de Menores y Familia que no tuvieran contenido económico así como los nombramientos, ceses y prórrogas de funcionarios interinos y reconocimiento de trienios del personal adscrito a estas direcciones insulares. Quedaban excluidas de esta delegación las resoluciones que se dictasen en los expedientes sobre valoración de idoneidad para adopción internacional.

También se delegó a su favor la firma de los convenios de colaboración con otros organismos y entidades públicas cuyo objeto tuviera relación directa con las materias de las direcciones insulares de Inclusión Social y de Menores y Familia, siempre que no tuvieran contenido económico.

Dado que en fecha 1 de agosto de 2016 el presidente del Consejo de Mallorca ha aceptado la renuncia de la Sra. Apol·lònia Miralles Xamena como vicepresidenta segunda del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, con efectos desde el mismo día 1 de agosto de 2016, queda sin efecto esta delegación.

El artículo 7.2 de los Estatutos del IMAS establece las funciones y competencias de la Presidencia del IMAS.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

RESUELVO:

Primero. Dejar sin efectos la delegación de competencias a favor de la Sra. Apol·lònia Miralles Xamena efectuada por resolución de día 29 de marzo de 2016.

Segundo. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 27.2 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. "

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

 

Palma, 1 de agosto de 2016

La secretaria delegada
(BOIB núm. 160, de 14-11-2006)
Inmaculada Borrás Salas