Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 9041
Consejo Ejecutivo
Concesión de ayudas para la restauración de bienes del patrimonio histórico de Menorca, 2016
Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 27 de junio de 2016, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 29 de febrero de 2016 y publicadas en el BOIB núm. 36 de 19.3.2016, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Conceder las ayudas para la restauración de bienes del patrimonio histórico de Menorca correspondientes al año 2016 que se relacionan a continuación:
BENEFICIARIO: Fundació Illes Balears
NIF: G07431604
PROYECTO: Restauración de la sala hipóstila del poblado talayótico de Torralba (Alaior)
CANTIDAD CONCEDIDA 5.000 €
BENEFICIARIO: Ajuntament de Maó
NIF: P0703200F
PROYECTO: Restauración de las pinturas de la Sala de la Alegría de Can Oliver (Maó)
CANTIDAD CONCEDIDA 5.000 €
CONCESIÓN DE ANTICIPO: 50% de la subvención concedida. Se exonera de la constitución de garantía dadas las características especiales del beneficiario (administración pública).
BENEFICIARIO: Escola d’Art de Menorca
NIF: Q0768181J
PROYECTO: Restauración de un comodín tipográfico
CANTIDAD CONCEDIDA: 3.945,27 €
BENEFICIARIO: Francesc Isbert Vaquer
NIF: 43007350H
PROYECTO: Restauración del material arqueológico de s'Albufera del Pla de Sant Joan de Ciutadella
CANTIDAD CONCEDIDA 5.000 €
BENEFICIARIO: Bisbat de Menorca
NIF: R0700018E
PROYECTO: Pintura sobre tabla que representa la oración de Jesús en el Huerto de los Olivos
CANTIDAD CONCEDIDA: 1.491,33 €
BENEFICIARIO: Fundación Líthica - Pedreres de S'Hostal
NIF: G57741324
PROYECTO: Restauración de dos accesos de las canteras
CANTIDAD CONCEDIDA: 4.040 €
OBSERVACIONES: No se consideran restauración la preparación y el montaje de barandillas.
CONCESIÓN DE ANTICIPO: 50% de la subvención concedida. Se exonera de la constitución de garantía dadas las características especiales del beneficiario (entidad sin ánimo de lucro con falta de disponibilidad de tesorería).
En total se distribuyen 24.476,60 euros.
Segundo. Denegar la solicitud presentada por la Asociación Sanisera porque los trabajos que se proponen en el yacimiento arqueológico situado en Sanitja (es Mercadal) son obras de consolidación de algunas zonas excavadas, algo que forma parte de lo que se exige en las autorizaciones de las intervenciones arqueológicas como parte de la misma intervención, y el desmontaje de una pared seca no puede considerarse trabajo de restauración propiamente dicho.
Tercero. El importe de las ayudas se aplicará, en un 50%, en el capítulo 7 del programa de Patrimonio Histórico del presupuesto de 2016, y el 50% restante a una partida del capítulo 7 del programa de Patrimonio Histórico del presupuesto del año 2017.
Cuarto. En caso de que la subvención concedida sea sustancialmente inferior al importe solicitado, o en caso de que no se disponga de financiación para realizar el proyecto presentado, se conceden quince días hábiles desde que el beneficiario haya recibido la notificación de la concesión para aceptar o renunciar a la ayuda concedida. Si no se comunica en este plazo, se entenderá aceptado tácitamente el importe de la subvención y se deberá justificar la totalidad del presupuesto de la actividad que se presentó a la convocatoria, y no sólo el importe de la ayuda concedida.
Quinto. Si el gasto justificado excede del importe del presupuesto solicitado, la posible desviación presupuestaria irá a cargo del beneficiario de la ayuda. Si, por el contrario, el gasto justificado es inferior al importe del presupuesto solicitado y subvencionado, se reducirá de forma proporcional la subvención concedida.
Maó, 1 de agosto de 2016
La secretaria interina
Rosa Salord Oleo