Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES MIGJORN GRAN
Núm. 8999
Bases para la convocatória de ayudas economicas para estudiantes que asistan a la escuela de verano
Se hace público que la Junta de Gobierno Local en sesión ordinária de 26 de julio de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar les bases que se adjuntan a la convocatória de ayudas economicas para estudiantes del municipio des Migjorn Gran que asisten a escuela de verano, para el verano 2016.
SEGUNDO.- Aprobar el gasto de 2.000€ a cargo de la partida presupuestaria 326-48003.
TERCERO.- Publicar estas bases en el BOIB para información pública, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y la pagina web municipal.
Es Migjorn Gran, 29 de julio de 2016
EL BATLE
Pedro G. Moll Triay
BASES PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES QUE ASISTEN A ESCUELA DE VERANO
1. CONVOCATORIA
Se convocan ayudas para todos los alumnos que asistan a la escuela de verano, con independencia del centro en que estén matriculados.
2. OBJETO
El objeto de esta subvención es ayudar a las familias con los gastos que supone asistir a escuelas de verano durante el verano 2016.
3. REQUISITOS
Los solicitantes de esta ayuda, padre, madre o tutores legales, deberán cumplir sus requisitos:
- El alumno debe estar empadronado en el municipio de Es Migjorn Gran.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, y no ser deudores por cualquier otro concepto no tributario. A tal fin, una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, la interventora del Ayuntamiento expedirá de oficio una certificación acreditativa de si los peticionarios están al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no sean deudores por cualquier otro concepto no tributario. Los peticionarios que no estuvieran al corriente de sus obligaciones tributarias, tendrán 10 días hábiles para reparar la deficiencia detectada.
El cumplimiento de estos dos requisitos se comprobará de oficio.
- Los niños / as deben estar matriculados en algún centro que imparta escuela de verano.
El simple hecho de presentar la solicitud de ayudas, supone aceptar estas bases y en caso de falsedad u omisión total o parcial de la documentación presentada se incurrirá en responsabilidad.
4. DOCUMENTACIÓN
Para solicitar esta ayuda se deberá presentar:
1. Modelo de solicitud debidamente cumplimentado, mediante la instancia facilitada por el Ayuntamiento de Es Migjorn Gran.
2. Fotocopia del DNI / NIE del padre y de la madre o tutores
3. Fotocopia del libro de familia. En el caso de padres separados deberá presentar convenio de separación y sentencia de divorcio o documento equivalente.
4. Copia de la matrícula en una escuela de verano y acreditación de su pago.
5. Designación del número de cuenta bancaria donde desea que le sea ingresada la ayuda.
5. PLAZOS
Las solicitudes deberán presentarse en el registro de entrada del Ayuntamiento en horario de lunes, miércoles y viernes de 9.00hores a 14.00 horas y martes y jueves en horario de 9.00 a 13.00 horas.
Asimismo, también se podrá presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999; una vez aprobadas estas bases por la Junta de Gobierno Local y a partir del día siguiente de la publicación de estas bases en el BOIB y hasta el día 15 de septiembre de 2016.
6. NATURALEZA DE LAS AYUDAS
Son de carácter voluntario y temporal; no serán invocables como precedente y no se podrá exigir aumento o revisión de la cantidad asignada.
7. AYUDAS Y CUANTÍAS
- Ayuda para niños de 0- 3 años, que durante el curso 2015 hasta 2016 han asistido a la escuela: 45 € por mes de escuela de verano.
- Ayuda para niños de 3-12 años, que durante el curso 2015 hasta 2016 han cursado estudios de educación infantil o primaria: 20 € por mes en la escuela de verano.
8. PROCEDIMIENTO PARA CONCURRENCIA COMPETITIVA
Una vez que termine el plazo para presentar solicitudes de subvención, se comprobará que éstas reúnan los requisitos exigibles; en caso contrario, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera se tendrá por desistido de su petición, la cual se archivará previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La Junta de Gobierno Local será el órgano encargado de otorgar o denegar dichas ayudas. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local será notificado al solicitante. Contra la resolución de estas ayudas se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contra el mismo organismo que la ha resuelto, o bien directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.
9. PAGO
La cantidad total de la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto del Ayuntamiento de Es Migjorn Gran para el año 2016 es la partida 326-48003 asciende a 2.000 €.
El pago de la ayuda se hará mediante transferencia a la cuenta bancaria señalada en la solicitud, según las disponibilidades de la tesorería municipal.
10. NORMATIVA APLICABLE
En todo lo no previsto expresamente en estas bases regirán las disposiciones que sean de aplicación en materia de subvenciones, especialmente las contenidas en las siguientes normas:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Normativa de desarrollo en materia de subvenciones que haya aprobado la entidad que tenga atribuida la gestión de estas ayudas.