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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección primera. Contratación Pública

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8995
Información pública de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que regirán la contratación por procedimiento abierto, no sujeto a regulación armonizada, del contrato del Servicio de Socioeducativo programa de apoyo ALTER – Palma

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Texto

ÁREA DE BIENESTAR Y DERECHOS SOCIALES

Información pública de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que regirán la contratación por procedimiento abierto, no sujeto a regulación armonizada, del contrato del Servicio de Socioeducativo programa de apoyo ALTER – Palma

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión de día 27 de julio de 2016 acordó:

“...

PRIMER.- Modificar, de conformidad con el informe técnico adjunto de 26 de julio de 2016, el pliego de prescripciones tècniques que debe regir, junto con el pliego administrativo, la contratación del Servicio socioeducativo programa apoyo ALTER PALMA (inicio de expediente y pliegos aprobados por Acuerdo de Junta de Gobierno de 15 de junio de 2016). Concretamente:

PÁG

APARTADO

ALLÁ DONDE DICE

DEBE DECIR

8

7. RECURSOS HUMANOS

El contratista adjudicatario deberá de contar con un equipo mínimo de cinco educadores/as sociales (diplomados/as en educación social o con habilitación, de acuerdo con lo que dispone la disposición transitoria tercera, supuesto B(*) de la Ley 8/2002, de 26 de septiembre, de creación del Colegio de Educadores y Educadoras de las Islas Baleares), que debe cubrir las siguientes necesidades:

  • un mínimo de 12’5 horas semanales de coordinación del programa
  • un mínimo de 150 horas de intervención socioeducativa con los y las jóvenes participantes en el programa con todas las tareas de regulación, registro o cualquier otra que sea necesaria para el buen desarrollo del programa

Todos/as los trabajadores/as deberán contar con experiencia en el ámbito de la educación social y tener conocimientos de catalán.

El contratista adjudicatario deberá de contar con un equipo mínimo de cinco educadores/as sociales (diplomados/as en educación social o con habilitación, de acuerdo con lo que dispone la disposición transitoria tercera, supuesto B(*) de la Ley 8/2002, de 26 de septiembre, de creación del Colegio de Educadores y Educadoras de las Islas Baleares), que debe cubrir las siguientes necesidades:

  • un mínimo de 12’5 horas semanales de coordinación del programa
  • un mínimo de 185 horas de intervención socioeducativa con los y las jóvenes participantes en el programa con todas las tareas de regulación, registro o cualquier otra que sea necesaria para el buen desarrollo del programa

Todos/as los trabajadores/as deberán contar con experiencia en el ámbito de la educación social y tener conocimientos de catalán.

SEGON.- Publicar el contenido de este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos de su exposición pública....”

De conformidad con lo que establece el artículo 141 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el que se aprobó el texto refundido de la ley de contratos del sector público, se publica este acuerdo a los efectos de información pública por un periodo de diez días naturales, contados a partir del siguiente día de su publicación, para que las personas interesadas puedan presentar alegaciones.

Los pliegos de condiciones quedaran expuestos en el Servicio de Bienestar Social de este Ayuntamiento, ubicado en la Avenida Gabriel Alomar núm. 18, 1r pis (edif. Avenidas).  

Palma, 1 de agosto de 2016

  

La jefa de servicios de Bienestar y Derechos Sociales

Sílvia Gordiola Llabrés