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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD

Núm. 8923
Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 29 de julio de 2016 por la que se ordena la ejecución del Auto dictado en fecha 12 de julio de 2016 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en la pieza separada de medidas cautelares del PO 167/2016

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Texto

Hechos

1. Por Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015 se convoca concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia (BOIB nº 174, de 26 de noviembre de 2015).

2. Tras la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la Resolución referenciada, el Sr. Francisco Javier Koninckx Álvarez interpuso, en tiempo y forma,  recurso de alzada contra la misma. En el escrito impugnatorio el Sr. Koninckx solicitaba la suspensión cautelar de la ejecución del acto objeto de recurso, al amparo de lo dispuesto en el art. 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

3. El recurso de alzada fue desestimado por Resolución de la consejera de Salud de fecha 5 de abril de 2016.

4. El Sr. Francisco Javier Koninckx Álvarez interpuso recurso contencioso-administrativo frente a la resolución desestimatoria del recurso de alzada y reiteró la solicitud de suspensión cautelar de la Resolución del director general de de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015 por la que se  convoca concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia. El recurso contencioso-administrativo interpuesto dio lugar a la incoación del Procedimiento Ordinario 167/2016 y a la correspondiente pieza separada de medidas cautelares, seguido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.

5. En fecha 12 de julio de 2016 ha sido dictado Auto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en la pieza separada de medidas cautelares del Procedimiento Ordinario 167/2016 que acuerda suspender la efectividad de la resolución administrativa impugnada, lo que conlleva la suspensión judicial cautelar de la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015 por la que se convoca concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 30.48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, reformado por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que atribuye la competencia en materia de ordenación farmacéutica a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en el marco de lo dispuesto en el artículo 149.16.1 de la Constitución.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 97 ext. 2/7/2015). Conforme al Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Consejería de Salud, a través de la Dirección General de Planificación, Evaluación y Farmacia, tiene atribuidas, entre otras, las competencias en materia de ordenación farmacéutica (BOIB núm. 120, 8/8/2015).

3. El Decreto 13/2016, de 4 de marzo, por el que se nombra al director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de la Consejería de Salud.

4. El artículo 134 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa señala que “El auto que acuerde la medida se comunicará al órgano administrativo correspondiente, el cual dispondrá su inmediato cumplimiento, siendo de aplicación lo dispuesto en el Capítulo IV del Título IV, salvo el art. 104.2.”

5. La Ley 7/1998, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de las Illes Balears.

6. El Decreto 30/2015, de 8 de mayo, que regula los procedimientos para la autorización y apertura de nuevas oficinas de farmacia.

7. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

8. El Auto de fecha 12 de julio de 2016 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el PO 167/2016.

En consecuencia, dicto la siguiente

Resolución

1. Ejecutar el Auto dictado en fecha 12 de julio de 2016 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en la pieza separada  de medidas cautelares del Procedimiento Ordinario 167/2016, que suspende la ejecutividad de la Resolución que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015 por la que se convoca concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia (BOIB nº 174, de 26 de noviembre de 2015).

2. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears conforme a la Base 4.2 de la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015 que convoca un concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia.

3. Notificar esta Resolución a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución ¾que no pone fin a la vía administrativa¾ cabrá interponer recurso de alzada ante el consejero de Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma, 29 de julio de 2016

El director general de Planificación, Evaluación y Farmacia

Benito Pròsper Gutiérrez