Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 8600
Ejecución de Títulos Judiciales 85/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D. JAVIER CASTILLO GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 85/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. JOSE MIGUEL RUIZ MORGADO contra la empresa ALQUILER E INVERSION IBIZA, SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO 9/11/15

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante JOSE MIGUEL RUIZ MORGADO frente a ALQUILER E INVERSION IBIZA, SL, parte ejecutada.

DECRETO 9/11/15

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Requerir de pago a ALQUILER E INVERSIÓN IBIZA, SL, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por laque se ha despachado ejecución más las costas de ésta, librándose al efecto exhorto al Juzgado Decano de Madrid.

- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

- El embargo de los SALDOS ACREEDORES para asegurar la responsabilidad de ALQUILER E INVERSION IBIZA, SL librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.

- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALQUILER E INVERSION IBIZA, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a quince de julio de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA