Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 8787
Plan económico financiero a los efectos del cumplimiento de la regla del gasto
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 del RD 1463/2007, de 2 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de Diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, se hace pública la aprobación de un Plan Económico Financiero por el Pleno de esta Corporación en sesión de fecha 21.07.16, el cual estará a disposición de los interesados en la sede del Ayuntamiento.
PLAN ECONOMICO – FINANCIERO
A LOS EFECTOS DEL CUMPLIMIENTO DE LA REGLA DEL GASTO
INDICE
1. Introducción 3
2. Contenido y tramitación 4
3. Situación actual 5
4. Causas del incumplimiento de la Regla del Gasto 12
5. Medidas a adoptar para corregir la situación 13
6. Conclusión 14
1. INTRODUCCIÓN
La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos, y otras actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las entidades locales, se someterán a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, coherentes con la normativa europea y de conformidad con aquello que se establece en los artículos 3, 4, 11, 12 i 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
Se entenderá por Estabilidad Presupuestaria de las Administraciones Públicas, la situación de equilibrio o superávit estructural. De acuerdo con el artículo 11.3 y 11.4 de la LOEPSF, las corporaciones locales no podrán presentar déficit estructural, definido como déficit ajustado de ciclo, neto de medidas excepcionales y temporales.
Igualmente, se deberá cumplir el principio de Sostenibilidad Financiera, entendido como la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites del déficit, de la deuda pública y la morosidad de la deuda comercial de acuerdo con lo que se establece en esta ley, la normativa de morosidad y la normativa europea.
Finalmente, se evaluará el cumplimiento de la Regla del Gasto, a los efectos que la variación del gasto computable no supere la tasa de referencia del crecimiento del producto interior bruto, publicada por el Ministerio de Economía y Competitividad.
Mediante Resolución del Área de Organización y Seguridad Ciudadana número 000910 de data 28 de Abril de 2016, se aprueba la liquidación del presupuesto municipal de 2015, donde se pone de manifiesto el incumplimiento de la Regla de Gasto.
Este hecho implica la necesaria formulación de un Plan Económico-Financiero que permita, en el año en curso y el siguiente, el cumplimiento de la regla del gasto, de conformidad con el dispuesto en los artículos 21 i 23 de la LOEPSF.
2. CONTENIDO Y TRAMITACIÓN
De acuerdo con el artículo 21 de la LOEPSF, el Plan Económico-Financiero contendrá, como mínimo, la siguiente información:
a) Las causas del incumplimiento de la regla del gasto.
b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto de que no se produzcan cambios en las políticas fiscales y de gasto.
c) La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas incluidas en el plan, señalando las aplicaciones presupuestarias o registros extra presupuestarios donde se contabilizaran.
d) Las previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las cuales parte el plan, así como los supuestos sobre los cuales se basan estas previsiones, de acuerdo con el previsto en el informe al cual se hace referencia en el apartado 5 del artículo 15.
e) Un análisis de la sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.
La puesta en marcha del Plan no podrá exceder de tres meses desde la constatación del incumplimiento.
Además, se remitirá para su conocimiento a la Comisión Nacional de la Administración Local, y se le dará la misma publicidad que la establecido por la leyes para los presupuestos de la entidad.
Finalmente, el MINHAP dará publicidad a los planes económicos-financieros, y a la adopción efectiva de las medidas aprobadas con un seguimiento del impacto efectivamente observado de las mismas.
3. SITUACIÓN ACTUAL
3.1. La liquidación del presupuesto municipal de 2015 ofrece las siguientes magnitudes:
3.1.1. Liquidación Presupuesto Ayuntamiento
REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES |
4.819.042,95 € |
RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO |
1.494.652,10 € |
3.1.2. Liquidación Presupuesto Patronat Municipal d'Escoles Infantils
REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES |
170.878,87 € |
RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO |
3.122,84 € |
3.1.3. Liquidación Presupuesto Patronat Municipal de l'Hospital
REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES |
1.140.140,01 € |
RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO |
2.597,86 € |
3.2. En relación al análisis de ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, los informes de intervención que acompañan las liquidaciones de los presupuestos del Ayuntamiento y de los Patronatos reflejan los siguientes datos:
LIQUIDACIÓN AYUNTAMIENTO 2015 |
||
DRN |
ORN |
|
Capítulo I |
15.396.770,65 € |
10.184.680,25 € |
Capítulo II |
567.309,35 € |
9.420.903,81 € |
Capítulo III |
8.822.507,22 € |
348.129,44 € |
Capítulo IV |
6.722.884,31 € |
4.285.258,89 € |
Capítulo V |
618.255,98 € |
0,00 € |
Capítulo VI |
0,00 € |
2.394.769,15 € |
Capítulo VII |
1.210.659,51 € |
822.770,65 € |
TOTAL |
33.338.387,02 € |
27.456.512,19 € |
La diferencia entre los derechos reconocidos netos y obligaciones reconocidas netas para los capítulos I a VII del presupuesto és de 5.881.874,83 €, si bien hay que tener en cuenta los siguientes ajustes:
AJUSTES REALIZADOS
Nº Ajuste |
Descripción |
Importe ajuste SEC |
1 |
Criterio de caja en los capítulos I, II i III de ingresos |
-223.006,51 € |
2 |
Retenciones a la Participación de los Tributos de l Estado. |
946.474,06 € |
3 |
Gastos pendientes aplicar al presupuesto |
-465.315,26 € |
TOTAL |
258.152,29 € |
Y, por tanto, 5.881.874,83 € + 258.152,29 € > 0
LIQUIDACIÓN PMEI 2015 |
||
DRN |
ORN |
|
Capítulo I |
0,00 € |
395.395,07 € |
Capítulo II |
0,00 € |
416.824,05 € |
Capítulo III |
173.294,98 € |
0,00 € |
Capítulo IV |
651.459,00 € |
9.433,96 € |
Capítulo V |
21,94 € |
0,00 € |
Capítulo VI |
0,00 € |
33.335,53 € |
Capítulo VII |
0,00 € |
0,00 € |
TOTAL |
824.775,92 € |
854.988,61 € |
La diferencia entre los derechos reconocidos netos y las obligaciones reconocidas netas para capítulos I a VII del presupuesto és de -30.212,69 € que, al no haber variación una vez aplicados los ajustes, será el importe que pondrá de manifiesto la capacidad/necesidad de financiación.
Y, por tanto, -30.212,69 € + 0,00 € < 0
LIQUIDACIÓN PMH 2015 |
||
DRN |
ORN |
|
Capitulo I |
0,00 € |
1.974.634,63 € |
Capitulo II |
0,00 € |
568.895,66 € |
Capitulo III |
769.695,84 € |
0,00 € |
Capitulo IV |
1.694.967,92 € |
10.532.00 € |
Capitulo V |
90.048,53 € |
0,00 € |
Capitulo VI |
0,00 € |
18.190,15 € |
Capitulo VII |
0,00 € |
0,00 € |
TOTAL |
2.554.712,29 € |
2.572.252,44 € |
La diferencia entre los derechos reconocidos netos y obligaciones reconocidas netas para los capítulos I a VII del presupuesto és de -17.540,15 €, si bien hay que tener en cuenta los siguientes ajustes:
AJUSTES REALIZADOS
Nº Ajuste |
Descripción |
Importe ajustes SEC |
1 |
Criterio de caja en los capítulos I, II i III de ingresos |
3.355,97 € |
TOTAL |
3.355,97 € |
Y, por tanto, -17.540,15 € + 3.355,97 € < 0
Los datos en relación al presupuesto consolidado serian los siguientes:
LIQUIDACIÓ 2015 Consolidado |
||
CAPÍTOLS |
INGRESSOS |
DESPESES |
DRETS RECONEGUTS |
OBLIGACIONS RECONEGUDES |
|
Capítulo I |
15.396.770,65 € |
12.554.709,95 € |
Capítulo II |
567.309,35 € |
10.406.623,52 € |
Capítulo III |
9.765.498,04 € |
348.129,44 € |
Capítulo IV |
6.788.687,83 € |
2.024.601,45 € |
Capítulo V |
708.326,45 € |
0,00€ |
SUBTOTAL ORDINARIO |
33.226.592,32 € |
25.334.064,36 € |
Capítulo VI |
0,00€ |
2.446.294,83 € |
Capítulo VII |
1.210.659,51 € |
822.770,65 € |
SUBTOTAL INVERSIONES |
1.210.659,51 € |
3.269.065,48 € |
SUBTOTAL NO FINANCIEROS |
34.437.251,83 € |
28.603.129,84 € |
CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN |
5.834.121,99 € |
AJUSTES CONSOLIDADOS REALIZADOS
Nº Ajuste |
Descripción |
Importe ajustes SEC |
1 |
Criterio de caja en los capítulos I, II i III de ingresos |
-219.650,54 € |
2 |
Retenciones en la Participación de los Tributos del Estado |
946.474,06 € |
3 |
Gastos pendientes de aplicar al presupuesto |
-465.315,26 € |
TOTAL |
261.508,26 € |
Y, por tanto, 5.834.121,99 € + 261.508,26 € > 0
De esta forma, de acuerdo con el informe de Intervención de la liquidación del Presupuesto 2015 en términos consolidados, CUMPLE el principio de estabilidad presupuestaria de acuerdo con la definición contemplada en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.
3.3. En relación al principio de SOSTENIBILIDAD FINANCIERA, de acuerdo con el artículo 4 de la LOEPSF y según los datos que se desprenden del informe de intervención en relación a la liquidación del presupuesto del ejercicio 2015, se utilizan como indicadores del cumplimiento de este principio:
AHORRO NETO AYUNTAMIENTO |
5.594.114,05 € |
AHORRO NETO PMEI |
3.122,84 € |
AHORRO NETO PMH |
650,00 € |
RATIO LEGAL DE ENDEUDAMIENTO CONSOLIDADO |
34,31% |
Un Ahorro Neto positivo indica que los ingresos corrientes han sido suficientes para hacer frente a los gastos corrientes y a las amortizaciones de capital de los préstamos concertados. Por otra parte, el Ayuntamiento se encuentra por debajo del coeficiente del 75% de la Ràtio Legal de Endeudamiento, que privaría de la posibilidad de apelar al crédito para financiar operaciones de capital.
De acuerdo con todo lo anterior, CUMPLE con el principio de Sostenibilidad Financiera.
3.4. Finalmente, en lo referente al análisis de la REGLA DE GASTO, el informe de la Intervención pone de manifiesto su incumplimiento, de acuerdo con los siguientes cálculos:
3.4.1. AJUNTAMENT DE CIUTADELLA DE MENORCA
En referencia a la regla de gasto y en función de lo dispuesto en la LO 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera:
LIQUIDACIÓN AJUNTAMENT DE CIUTADELLA |
||
CAPÍTULOS |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2015 |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2014 |
Capítulo I |
10.184.680,25 € |
10.439.918,33 € |
Capítulo II |
9.420.903,81 € |
9.655.424,41 € |
Capítulo III |
0,00 |
0,00 € |
Capítulo IV |
4.285.258,89 € |
3.281.279,26 € |
Capítulo VI |
2.394.769,15 € |
2.315.991,04 € |
Capítulo VII |
822.770,65 € |
711.379,81 € |
TOTAL |
27.108.382,75 € |
26.403.992,85 € |
2015 |
2014 |
|
Liquidación capítulos I, II, IV a VII |
27.108.382,75 € |
26.403.992,85 € |
Ajustes SEC |
||
Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar en el presupuesto |
481.158,80 € |
-873.163,29 € |
Por operaciones internas en otras entidades de la corporación local |
-2.280.623,40 € |
-2.355.600,00 € |
Gastos financiados con fondos finalistas de la UE u otras Adm. |
-948.307,72 € |
-977.597,24 € |
TOTAL |
24.360.610,43 € |
22.197.632,32 € |
Límite gasto computable del ejercicios (1,3%) |
22.486.201,54 € |
-1.874.408,89 € |
Se constata el incumplimiento de la Regla del Gasto.
3.4.2. PATRONAT MUNICIPAL D'ESCOLES INFANTILS
LIQUIDACIÓ PMEI |
||
CAPÍTULOS |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2015 |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2014 |
Capítulo I |
395.395,07 € |
387.072,78 € |
Capítulo II |
416.824,05 € |
415.118,37 € |
Capítulo III |
0,00 € |
0,00 € |
Capítulo IV |
9.433,96 € |
8.650,09 € |
Capítulo VI |
33.335,53 € |
29.174,17 € |
Capítulo VII |
0,00 € |
0,00 € |
TOTAL |
854.988,61 € |
840.015,41 € |
2015 |
2014 |
|
Liquidación capítulos I, II, IV a VII |
854.988,61 € |
840.015,41 € |
Ajustes SEC |
||
Gastos financiados con fondos finalistas de la UE o otras Adm. |
-70.859,00 € |
-64.808,58 € |
TOTAL |
784.129,61 € |
775.206,83 € |
Límite gasto computable del ejercicio (1,3%) |
785.284,52 € |
1.154,91 € |
3.4.3. PATRONAT MUNICIPAL DE L'HOSPITAL
LIQUIDACIÓ PMH |
||
CAPÍTULOS |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2015 |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2014 |
Capítulo I |
1.974.634,63 € |
1.937.670,28 € |
Capítulo II |
568.895,66 € |
577.532,63 € |
Capítulo III |
0,00 € |
0,00 € |
Capítulo IV |
10.532,00 € |
12.051,00 € |
Capítulo VI |
18.190,10 € |
39.861,99 € |
Capítulo VII |
0,00 € |
0,00 € |
TOTAL |
2.572.252,39 € |
2.567.115,90 € |
2015 |
2014 |
|
Liquidación capítulos I, II, IV a VII |
2.572.252,39 € |
2.567.115,90 € |
Ajustes SEC |
||
Gastos financiados con fondos finalistas de la UE o de otras Adm. |
-721.326,77 € |
-736.550,09 € |
TOTAL |
1.850.925,62 € |
1.830.565,81 € |
Límite gasto computable del ejercicio (1,3%) |
1.854.363,17 € |
3.437,55 € |
3.4.4. AJUNTAMENT DE CIUTADELLA DE MENORCA (Consolidado)
LIQUIDACIÓ AJUNTAMENT DE CIUTADELLA |
||
CAPÍTULOS |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2015 |
OBLIGACIONES RECONOCIDAS LIQUIDACIÓN 2014 |
Capítulo I |
12.554.709,95 € |
12.764.661,39 € |
Capítulo II |
10.406.623,52 € |
10.648.075,41 € |
Capítulo III |
0,00 |
0,00 € |
Capítulo IV |
4.305.224,85 € |
3.301.980,35 € |
Capítulo VI |
2.446.294,83 € |
2.385.027,20 € |
Capítulo VII |
822.770,65 € |
711.379,81 € |
TOTAL |
30.535.623,80 € |
29.811.124,16 € |
2015 |
2014 |
|
Liquidación capítulos I, II, IV a VII |
30.535.623,80 € |
29.811.124,16 € |
Ajustes SEC |
||
Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar en el presupuesto |
481.158,80 € |
-873.163,29 € |
Por operaciones internas a otras entidades de la corporación local |
-2.280.623,40 € |
-2.355.600,00 € |
Gastos financiados con fondos finalistas de la UE o de otras Adm. |
-1.740.493,49 € |
-1.778.955,91 € |
TOTAL |
26.995.665,71 € |
24.803.404,96 € |
Limite de gasto computable del ejercicio (1,3%) |
25.125.849,22 € |
-1.869.816,49 € |
En términos consolidados, de la liquidación del presupuesto de 2015 se desprende que se incumple el principio de la Regla del Gasto.
4. CAUSAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LA REGLA DEL GASTO
El artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de Abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) establece que, en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de la gasto, la Administración incumplidora formulará un plan económico – financiero que permita durante el año en curso y el siguiente el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto, con el contenido y alcance previstos en este artículo.
Mediante Resoluciones de Alcaldía 2509 i 2510 de 2015, aprobadas en fecha 23 de diciembre de 2015, se aprobaron expedientes de modificación de créditos núm. 15 i 16 por incorporación de remanentes de crédito de incorporación obligatoria y de incorporación voluntaria, respectivamente.
Los expedientes de modificación de crédito por incorporación de remanentes de crédito suponen, para el ejercicio en el cual se incorpora (ejercicio 2015), un incremento del gasto computable a efectos de la Regla del Gasto, sin perjuicio de que los mismos se financien con el ahorro derivado de la liquidación del ejercicio anterior, es decir, con el Remanente Líquido de tesorería, ya sea para Gastos Generales o para Gastos con financiación afectada.
El artículo 12 de la LOEPSF, señala que la variación del gasto computable de las Corporaciones Locales no podrá superar la tasa de referencia del crecimiento del PIB a medio termino de la economía española (1,3% para el ejercicio 2015).
El incumplimiento de la Regla del Gasto derivada de los cálculos efectuados como consecuencia de la liquidación del Presupuesto de 2015, viene provocado, de acuerdo con el informe de intervención de fecha 27 de abril de 2016, por el reconocimiento dentro del ejercicio analizado, de obligaciones reconocidas por una valor total de 2.403.076,68 €, como consecuencia de la incorporación de remanentes de ejercicios anteriores.
5. MEDIDAS A ADOPTAR PARA CORREGIR LA SITUACIÓN
Una vez analizada la situación de la Corporación a 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con la respuesta de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) a una consulta formulada por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (COSITAL), en fecha 17 de mayo de 2013:
(...)
El remanente de tesorería, aun cuando se configura contablemente como un activo financiero, su naturaleza se identificaría con el ahorro que genera una entidad local en un ejercicio como consecuencia del desfase entre la ejecución de unos ingresos presupuestarios y las obligaciones reconocidas a las que están afectados de forma tal que ese ahorro habrá de ser utilizado como fuente de financiación de las obligaciones de ejercicios posteriores a aquel en el que se obtuvo.
En consecuencia, no cabe admitir que la utilización del remanente de tesorería afectado por una entidad local sea determinante de una situación de déficit estructural, es más, habría de identificarse con una situación de superávit presupuestario en el momento de la liquidación del presupuesto.
Sentada la naturaleza del remanente de tesorería afectado cabe entender que sus efectos sobre la situación económico financiera de una entidad local en nada coinciden con los derivados de otros recursos financieros que exigen un reembolso de las cantidades recibidas y por ello parece lógico que el tipo de medidas a implementar en el plan económico financiero deban acomodarse a la situación descrita.
La primera consideración sobre las medidas a aprobar parte de la imposibilidad de admitirse, como medida del plan para corregir el incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, la no utilización del remanente de tesorería de carácter afectado por la ya citada obligación legal de su utilización.
Sobre la base de lo expuesto, cabe afirmar que la recuperación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y, en su caso, de la regla de gasto, incumplidos por la utilización del remanente de tesorería afectado se lograría con la simple aprobación del presupuesto del ejercicio siguiente en situación de equilibrio presupuestario y dentro del límite de variación del gasto computable, sin necesidad de medida estructural alguna dada la naturaleza del remanente de tesorería afectado en el ámbito de la Administración Local.
En este contexto, la entidad local deberá elaborar y aprobar un plan económico financiero que se podrá limitar a exponer el origen del desequilibrio en término de contabilidad nacional y a recoger aquella medida.
De acuerdo con el informe de Intervención de fecha 27 de abril de 2016 emitido como consecuencia de la liquidación del presupuesto de 2015, la recuperación de los objetivos de estabilidad presupuestaria derivados del incumplimiento de la regla del gasto del ejercicio analizado, provocados por la utilización del remanente de tesorería se han alcanzado con la aprobación del presupuesto del ejercicio 2016 en situación de equilibrio presupuestario y dentro del límite de variación del gasto computable, sin necesidad de ningún tipo de medida estructural dada la naturaleza del remanente de tesorería afectado en el ámbito de la Administración Local.
En este sentido, cabe decir que el informe de estabilidad presupuestaria del presupuesto de 2016 emitido en fecha 13 de noviembre de 2015 y concretamente en relación al cumplimiento de la regla del gasto, concluye que cumple con la misma.
Por eso mismo, dentro de este contexto, se elabora para su posterior aprobación, este Plan Económico Financiero que se limita a exponer el origen del desequilibrio y a recoger esta medida.
6. CONCLUSIÓN
Del análisis de la situación económica del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca derivada de la liquidación del presupuesto de 2015, y en base al informe de intervención de fecha 27 de abril de 2016, se puede afirmar que, en general, las magnitudes presupuestarias son claramente positivas.
De esta manera, se dispone de un Remanente de tesorería para gastos generales positivo y de un ahorro neto positivo, la ratio del capital vivo a 31 de diciembre de 2015 se encuentra por debajo del limite que marca la normativa vigente (75%) y, ademas, se cumple con el principio de estabilidad presupuestaria en términos consolidados.
En cuanto al incumplimiento la Regla del Gasto, el que motiva la elaboración y aprobación del presente Plan Económico-financiero, y tal como se ha detallado anteriormente, es consecuencia directa del expediente de modificación de créditos por incorporación de remanente de crédito.
Es por eso que, este plan económico-financiero presenta como única medida de corrección la aprobación del presupuesto municipal para el ejercicio 2016 cumpliendo con los principios de estabilidad presupuestaria y regla de gasto, lo cual ya ha tenido lugar, tal y como se ha expresado anteriormente.
Ciutadella de Menorca, 27 de Julio de 2016.
La Alcaldessa,
Joana Gomila LLuch