Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD
Núm. 8740
Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 26 de julio de 2016 por la que se aprueba la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes de subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo dirigida a empresas y asociaciones empresariales
En el BOIB número 67 de 28 de mayo de 2016 se publicó la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad, de 10 de mayo de 2016, por la cual se aprueba la convocatoria pública para presentar solicitudes de subvención para el fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo dirigida a empresas y asociaciones empresariales.
Esta Resolución establece, en su apartado 6, que el plazo para presentar las solicitudes es de dos meses contados a partir del quinto día de la publicación de esa resolución en el BOIB, por lo que el plazo de presentación de solicitudes finaliza el 2 de agosto de 2016.
Sin embargo, a la vista del número y características de las solicitudes presentadas, en la actualidad queda crédito disponible en la asignación presupuestaria de la convocatoria.
De acuerdo con el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la Administración, de oficio, puede conceder a los interesados una ampliación de plazos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de ayudas para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica, para autoconsumo, promovidas por empresas y asociaciones de empresarios, hasta el 2 de septiembre de 2016, o hasta que se agote la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
Si esta circunstancia se produjera con anterioridad a la duración máxima prevista en el párrafo anterior, se suspenderá la concesión de las ayudas mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 26 de julio de 2016
El consejero de Territorio, Energía y Movilidad
Marc Isaac Pons i Pons