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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 8735
Extracto de la convocatoria de ayudas económicas dirigidas a asociaciones y federaciones de asociaciones de personas mayores sin ánimo de lucro en la isla de Eivissa, para el año 2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS 313328

De conformidad con lo establecido con los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas arriba mencionadas, el texto completo de las cuales se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán solicitar subvención únicamente las asociaciones y las federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro que realicen las actividades que figuran en la base cuarta, y que cumplan los requisitos segmentes en la base tercera de la referida convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a dar soporte a las asociaciones y las federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro de la isla de Eivissa para su mantenimiento y para actividades socioculturales y otros que incrementen la calidad de vida de les personas mayores, para el año 2016, de acuerdo con las características y los requisitos que establezcan a la convocatoria.

El periodo subvencionable comprende del día 1 de noviembre de 2015 hasta el día 30 de setiembre de 2016.

Tercero. Cantidad

La cantidad máxima que se destina a estas ayudas es de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 2310 48900 del vigente presupuesto de la Corporación del ejercicio 2016.

Esta consignación presupuestaria se distribuye según las siguientes modalidades:

2.1. Ayudas para asociaciones sin ánimo de lucro de personas mayores. Consignación presupuestaria: 220.000 €. La ayuda máxima que se puede recibir por asociación en esta modalidad es de 30.000 €.

2.2. Ayudas para federaciones de asociaciones de personas mayores. Consignación presupuestaria: 30.000 €. La ayuda máxima que se puede recibir por federación en esta modalidad es de 25.000 €.

Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de vente días hábiles contadores a partir del día siguiente a la publicación del extracto de las bases en el Boletin Oficial de las Islas Baleares.