Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 8701
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 22 de julio de 2016 por la que se emplaza a las personas interesadas en el Recurso contencioso-administrativo que se sigue por el procedimiento abreviado n.º 191/2016 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Palma
Antecedentes
Las señoras Rosa Cirer Adrover, María José Bauzà Alonso y Manuela Meseguer Barrios, y los señores Miguel Tomás Gelabert, Andreu Obrador Gornals, Miguel Ángel Martín Soledad, Antonio Pellicer Orzaez, Luis Rafael Santiso Martínez, Javier Ureña Morales y Ginés Martínez Pina interpusieron un recurso contencioso-administrativo (actuaciones n.º 191/2016) contra la reducción de retribuciones en la nómina de enero de 2016, contra lo que es, según la demanda, la Resolución de la consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (de 14 de marzo de 2016) —dictada por delegación por cada uno de los responsables de la elaboración de las nóminas— por la que se desestima el recurso de reposición de cada uno de ellos, y contra las nóminas de los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2016.
Fundamentos de derecho
1. Artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa
2. Artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Emplazar a las personas interesadas en el Recurso contencioso-administrativo que se sigue por el procedimiento abreviado n.º 191/2016 ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Palma para que puedan personarse ante dicho tribunal en el plazo de nueve (9) días a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución.
2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo establecido se las considerará como parte —sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el procedimiento— y que, si no se personan, el procedimiento seguirá y no será procedente hacerles ninguna otra notificación.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 22 de julio de 2016
El director general
Julio Miguel Fuster Culebras