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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 8636
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifican los créditos y la cofinanciación de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020

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Texto

El Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears, para el período 2014-2020 (PDR), aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de Ejecución de día 18 de noviembre de 2015, contempla una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario, según el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.

Con fecha de 26 de febrero de 2015, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 29 la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.

El Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, en su artículo 2 a) establece que el FOGAIBA tiene por objeto ejecutar la política de la consejería competente en materia de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, incluyendo las derivadas de la Política Agrícola Común y de los fondos procedentes del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca, de las medidas de desarrollo rural y de otros regímenes de ayudas previstos por la normativa de la Unión Europea.

De conformidad con la normativa citada, el Presidente del FOGAIBA dictó las resoluciones siguientes, correspondientes al período de programación rural 2014-2020:

- Resolución de 6 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para el ejercicio 2015, subvenciones para las acciones de formación profesional y adquisición de competencias, publicada en el BOIB nº 165, de 10 de noviembre de 2015.

- Resolución de 6 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para el año 2015, subvenciones para el apoyo a la participación por primera vez en regímenes de calidad, publicada en el BOIB nº 165, de 10 de noviembre de 2015. Dicha Resolución fue modificada mediante Resolución del Presidente del FOGAIBA de 15 de junio de 2016, publicada en el BOIB nº 77 de 18 de junio.

- Resolución de 6 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno, correspondientes al período 2015-2019, publicada en el BOIB nº 165, de 10 de noviembre de 2015.

- Resolución de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, publicada en el BOIB nº 106, de 16 de julio de 2015. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 17 de diciembre de 2015, publicada en el BOIB nº 185, de 22 de diciembre, y de día 22 de junio de 2016, publicada en el BOIB nº 81, de 25 de junio.

- Resolución de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas, publicada en el BOIB nº 168, de 14 de noviembre de 2015.

- Resolución de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2015 a 2019, publicada en el BOIB nº 169, de 17 de noviembre de 2015. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 9 de diciembre de 2015, publicada en el BOIB nº 182, de 15 de diciembre de 2015, y de día 16 de marzo de 2016, publicada en el BOIB nº 36, de 19 de marzo.

- Resolución de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores, publicada en el BOIB nº 136, de 15 de septiembre de 2015. Dicha Resolución fue modificada por Resolución del Presidente del FOGAIBA de día 26 de abril de 2016, publicada en el BOIB nº 54, de 30 de abril de 2016.

- Resolución de 26 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica, publicada en el BOIB nº 30, de 28 de febrero de 2015. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 9 de junio de 2015, publicada en el BOIB nº 87, de 11 de junio, y de día 30 de junio de 2016, publicada en el BOIB nº 86, de 7 de julio de 2016.

- Resolución de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo de 2016.

- Resolución de 27 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica, publicada en el BOIB nº 30, de 28 de febrero de 2015. Dicha Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 9 de junio de 2015, publicada en el BOIB nº 87 de 11 de junio, y de día 30 de junio de 2016, publicada en el BOIB nº 86, de 7 de julio de 2016.

- Resolución de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de las ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica, publicada en el BOIB nº 29, de 3 de marzo de 2016.

- Resolución de 27 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, publicada en el BOIB nº 30, de 28 de febrero de 2015. Dicha Resolución fue modificada por dos resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 9 de junio de 2015, publicada en el BOIB nº 87, de día 11 de junio y de día 4 de mayo de 2016, publicada en el BOIB nº 57, de 7 de mayo de 2016.

- Resolución de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo de 2016.

- Resolución de 17 de marzo de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, publicada en el BOIB nº 38, de 19 de marzo de 2015. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 9 de junio de 2015, publicada en el BOIB nº 87, de 11 de junio y de día 7 de junio de 2016, publicada en el BOIB núm. 72, de 9 de junio.

- Resolución de 17 de marzo de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la lucha biológica, publicada en el BOIB nº 38, de 19 marzo de 2015. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 9 de junio de 2015, publicada en el BOIB nº 87 de 11 de junio y de día 4 de mayo de 2016, publicada en el BOIB nº 61, de 14 de mayo de 2016.

- Resolución de 23 de marzo de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, publicada en el BOIB nº 43, de 26 de marzo de 2015. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 9 de junio de 2015, publicada en el BOIB nº 87, de 11 de junio, y de día 16 de mayo de 2016, publicada en el BOIB nº 65, de 24 de mayo.

- Resolución de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo de 2016.

- Resolución de 4 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al pago compensatorio en zonas de montaña en las Illes Balears, publicada en el BOIB nº 18, de 6 de febrero de 2016. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 26 de febrero de 2016, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo, y de día 30 de junio de 2016, publicada en el BOIB nº 86, de 7 de julio de 2016.

- Resolución de 4 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada en el BOIB nº 18, de 6 de febrero de 2016. Dicha Resolución fue modificada mediante resoluciones del Presidente del FOGAIBA de día 26 de febrero de 2016, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo y de día 30 de junio de 2016, publicada en el BOIB nº 86, de 7 de julio de 2016.

- Resolución de 22 de diciembre de 2015 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas a la preparación de Estrategias de Desarrollo Rural, para el período de programación de desarrollo rural 2014-2020, publicada en el BOIB nº 186, de 24 de diciembre de 2015.

Atendiendo a los acuerdos previos adoptados en reunión de la Conferencia Sectorial con fecha de 21 de enero de 2014, se decidió inicialmente que la aportación del Estado español (AGE), a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), a las distintas medidas de los programas de desarrollo rural sería del 30% de la aportación nacional computada al máximo de cofinanciación FEADER previsto en el artículo 59 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Posteriormente, en reuniones bilaterales entre el FOGAIBA y el MAGRAMA se decidió establecer un porcentaje de cofinanciación AGE/CAIB medio, como resultado de aplicar la decisión de la Conferencia Sectorial al cuadro financiero programado. Con dichos porcentajes de cofinanciación se han ido publicando las diferentes convocatorias amparadas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears (PDR). No obstante lo anterior, la posibilidad de utilizar un porcentaje de cofinanciación medio no se ha consolidado.

Al mismo tiempo, con fecha de 27 de junio de 2016, por Resolución del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca fueron aprobados, autorizados y dispuestos los gastos de los expedientes de transferencia plurianual a favor del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de las distintas ayudas que conforman el PDR.

Por todo lo anterior resulta necesario modificar la dotación económica y los porcentajes de cofinanciación de las distintas convocatorias, así como realizar un reajuste de las anualidades inicialmente previstas, para adaptarlas a los acuerdos de la Conferencia Sectorial y a los nuevos expedientes plurianuales de gasto.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Modificar el apartado segundo de la Resolución de 6 de noviembre de 2015 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para el ejercicio 2015, subvenciones para las acciones de formación profesional y adquisición de competencias, publicada en el BOIB nº 165, de 10 de noviembre de 2015, quedando redactado de la siguiente forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe máximo de trescientos veintitrés mil seiscientos treinta y tres euros con cuarenta y un céntimos (323.633,41 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) del año 2015, cuantía que podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

El importe de esta convocatoria se distribuirá de la siguiente forma:

a. 90.000,00 € se destinarán a las solicitudes presentadas por los beneficiarios definidos en el párrafo a) del apartado tercero.

b. 233.633,41 € se destinarán a las solicitudes presentadas por los beneficiarios definidos en el párrafo b) del apartado tercero, con la siguiente distribución territorial, en base a la superficie agraria útil: 172.383,41 € para acciones formativas en Mallorca, 24.500,00 € para acciones formativas en Menorca, 24.500,00 € para acciones formativas en Eivissa y 12.250,00 € para acciones formativas en Formentera. En caso de que no se agote el crédito en alguno de los territorios, el remanente se repartirá proporcionalmente a los otros grupos.

En caso de que no se agote el crédito de uno de los grupos de beneficiarios, el remanente pasará al otro grupo y se distribuirá proporcionalmente, de acuerdo a los repartos establecidos.

En caso de incrementar los créditos destinados a tal fin se distribuirán proporcionalmente entre los tipos de beneficiarios y territorios.

2. Las ayudas mencionadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 3,08% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 55,92%.”

Segundo

Modificar el apartado segundo de la Resolución de 6 de noviembre de 2015 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2015, subvenciones para el apoyo a la participación por primera vez en regímenes de calidad, publicada en el BOIB nº 165, de 10 de noviembre de 2015, quedando redactado de esta forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe de trescientos sesenta mil doscientos sesenta y un euros con noventa y cinco céntimos (360.261,95 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

10,91%

48.09%

100%

2016

29.541,48

7.860,92

34.649,99

72.052,39

2017

29.541,48

7.860,92

34.649,99

72.052,39

2018

29.541,48

7.860,92

34.649,99

72.052,39

2019

29.541,48

7.860,92

34.649,99

72.052,39

2020

29.541,48

7.860,92

34.649,99

72.052,39

Sumas

147.707,40

39.304,60

173.249,95

360.261,95

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 10,91% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 48,09%.”

Tercero

Modificar el apartado segundo de la Resolución de 6 de noviembre de 2015 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno, correspondientes al período 2015-2019, publicada en el BOIB nº 165, de 10 de noviembre de 2015, quedando redactado de esta forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la primera convocatoria se destina un importe de tres millones novecientos noventa y siete mil cincuenta y cinco euros con doce céntimos (3.997.055,12 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

10,91%

48,09%

100%

2016

250.089,86

66.548,30

293.337,11

609.975,27

2017

250.730,56

66.718,79

294.088,60

611.537,95

2018

250.730,56

66.718,79

294.088,60

611.537,95

2019

250.730,56

66.718,79

294.088,60

611.537,95

2020

250.086,05

66.547,29

293.332,64

609.965,98

2021

250.086,05

66.547,29

293.332,64

609.965,98

2022

136.338,96

36.279,46

159.915,62

332.534,04

Sumas

1.638.792,60

436.078,71

1.922.183,81

3.997.055,12

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. El resto de convocatorias de ayudas establecidas en la presente Resolución quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

En caso de que una vez finalizado cualquiera de los períodos no se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de ellos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 10,91% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 48,09%.”

Cuarto

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015-2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, publicada en el BOIB nº 106, de 16 de julio de 2015, quedando redactado de esta forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la primera convocatoria del ejercicio 2015 se destina un importe de treinta millones trescientos setenta y ocho mil seiscientos ochenta y seis euros con noventa céntimos (30.378.686,90 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

10,91%

48,09%

100%

2016

2.175.562,92

578.911,99

2.551.776,12

5.306.251,03

2017

1.270.455,35

338.065,07

1.490.151,17

3.098.671,59

2018

1.351.471,69

359.623,32

1.585.177,40

3.296.272,41

2019

1.351.471,69

359.623,32

1.585.177,40

3.296.272,41

2020

1.288.422,34

342.846,04

1.511.225,13

3.142.493,51

2021

1.595.649,65

424.598,48

1.871.580,28

3.891.828,41

2022

1.761.610,07

468.760,14

2.066.239,72

4.296.609,93

2023

1.660.617,92

441.886,38

1.947.783,31

4.050.287,61

Sumas

12.455.261,63

3.314.314,74

14.609.110,53

30.378.686,90

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. El resto de convocatorias de ayudas establecidas en la presente Resolución quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

En caso de que una vez finalizado cualquiera de los períodos no se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de ellos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 10,91% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 48,09%.”

Quinto

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas, publicada en el BOIB nº 168, de 14 de noviembre de 2015, quedando redactado así:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la primera convocatoria se destina un importe de diecinueve millones cuatrocientos setenta y seis mil doscientos ochenta y ocho euros con treinta y ocho céntimos (19.476.288,38 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

10,91%

48.09%

100%

2016

831.789,11

221.337,05

975.627,76

2.028.753,92

2017

852.711,01

226.904,32

1.000.167,62

2.079.782,95

2018

904.715,78

240.742,66

1.061.165,41

2.206.623,85

2019

904.715,79

240.742,67

1.061.165,42

2.206.623,88

2020

1.337.695,41

355.957,49

1.569.018,83

3.262.671,73

2021

1.249.828,43

332.576,30

1.465.957,30

3.048.362,03

2022

1.380.507,73

367.349,74

1.619.234,55

3.367.092,02

2023

523.314,98

139.252,84

613.810,18

1.276.378,00

Sumas

7.985.278,24

2.124.863,07

9.366.147,07

19.476.288,38

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. El resto de convocatorias de ayudas establecidas en la presente Resolución quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

En caso de que una vez finalizado cualquiera de los períodos no se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de ellos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 10,91% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 48,09%.”

Sexto

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2015 a 2019, publicada en el BOIB nº 169, de 17 de noviembre de 2015, quedando redactado de la siguiente manera:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe de seis millones setecientos setenta y ocho mil cuarenta y ocho euros con setenta y nueve céntimos (6.778.048,79 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100%

2016

1.245.451,16

124.545,12

1.667.689,48

3.037.685,76

2017

476.419,75

47.641,97

637.937,67

1.161.999,39

2018

476.419,75

47.641,97

637.937,67

1.161.999,39

2019

476.419,77

47.641,98

637.937,69

1.161.999,44

2020

104.289,57

10.428,96

139.646,28

254.364,81

Sumas

2.779.000,00

277.900,00

3.721.148,79

6.778.048,79

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. El resto de convocatorias de ayudas establecidas en la presente Resolución quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

En caso de que una vez finalizado cualquiera de los períodos no se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de ellos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Séptimo

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores, publicada en el BOIB nº 136, de 15 de septiembre de 2015, quedando redactado de esta forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la convocatoria de 2015 se destina un importe de diez millones novecientos ochenta y nueve mil doscientos veintisiete euros con treinta y nueve céntimos (10.989.227,39 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

3,08%

55,92%

100,00%

2016

830.488,47

62.387,91

1.132.705,25

2.025.581,63

2017

304.638,56

22.885,04

415.497,28

743.020,88

2018

613.398,49

46.079,69

836.615,70

1.496.093,88

2019

541.814,31

40.702,15

738.981,86

1.321.498,32

2020

452.590,12

33.999,45

617.288,77

1.103.878,34

2021

560.511,30

42.106,70

764.482,73

1.367.100,73

2022

618.808,98

46.486,14

843.995,08

1.509.290,20

2023

583.333,00

43.821,11

795.609,30

1.422.763,41

Sumas

4.505.583,23

338.468,19

6.145.175,97

10.989.227,39

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. El resto de convocatorias de ayudas establecidas en la presente Resolución quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

En caso de que una vez finalizado cualquiera de los períodos no se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de ellos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 3,08% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 55,92%.”

Octavo

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica, publicada en el BOIB nº 30, de 28 de febrero de 2015, quedando redactado de esta manera:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para  esta convocatoria se destina un importe máximo de seis millones setecientos cincuenta mil euros (6.750.000,00 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2016

1.107.000,00

110.700,00

1.482.300,00

2.700.000,00

2017

553.500,00

55.350,00

741.150,00

1.350.000,00

2018

553.500,00

55.350,00

741.150,00

1.350.000,00

2019

553.500,00

55.350,00

741.150,00

1.350.000,00

Sumas

2.767.500,00

276.750,00

3.705.750,00

6.750.000,00

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Noveno

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo de 2016, quedando redactado de la siguiente forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para esta convocatoria se destina un importe de novecientos cincuenta y un mil trescientos sesenta y seis euros con diez céntimos (951.366,10 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2017

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2018

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2019

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2020

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2021

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

Sumas

390.060,10

39.006,00

522.300,00

951.366,10

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Décimo

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica, publicada en el BOIB nº 30, de 28 de febrero de 2015, quedando redactado de la siguiente manera:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe de un millón ochocientos mil euros (1.800.00,00 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente anualidad:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2016

295.200,00

29.520,00

395.280,00

720.000,00

2017

147.600,00

14.760,00

197.640,00

360.000,00

2018

147.600,00

14.760,00

197.640,00

360.000,00

2019

147.600,00

14.760,00

197.640,00

360.000,00

Sumas

738.000,00

73.800,00

988.200,00

1.800.000,00

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Undécimo

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica, publicada en el BOIB nº 29, de 3 de marzo de 2016, quedando redactado así:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe de trescientos cuarenta y ocho mil seiscientos veintiocho euros con quince céntimos (348.628,15 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2017

28.587,51

2.858,75

38.279,37

69.725,63

2018

28.587,51

2.858,75

38.279,37

69.725,63

2019

28.587,51

2.858,75

38.279,37

69.725,63

2020

28.587,51

2.858,75

38.279,37

69.725,63

2021

28.587,51

2.858,75

38.279,37

69.725,63

Sumas

142.937,55

14.293,75

191.396,85

348.628,15

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Duodécimo

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, publicada en el BOIB nº 30, de 28 de febrero de 2015, quedando redactado de la siguiente forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para esta convocatoria se destina un importe de tres millones ochocientos treinta y cinco mil doscientos noventa y un euros con veinte céntimo (3.835.291,20 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2016

314.493,88

31.449,39

421.114,97

767.058,24

2017

314.493,88

31.449,39

421.114,97

767.058,24

2018

314.493,88

31.449,39

421.114,97

767.058,24

2019

314.493,88

31.449,39

421.114,97

767.058,24

2020

314.493,88

31.449,39

421.114,97

767.058,24

Sumas

1.572.469,40

157.246,95

2.105.574,85

3.835.291,20

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Decimotercero

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo de 2016, quedando redactado de la siguiente manera:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe de dos millones veintiún mil doscientos un euros con diez céntimos (2.021.201,10 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2017

165.738,49

16.573,85

221.927,88

404.240,22

2018

165.738,49

16.573,85

221.927,88

404.240,22

2019

165.738,49

16.573,85

221.927,88

404.240,22

2020

165.738,49

16.573,85

221.927,88

404.240,22

2021

165.738,49

16.573,85

221.927,88

404.240,22

Sumas

828.692,45

82.869,25

1.109.639,40

2.021.201,10

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Decimocuarto

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, publicada en el BOIB nº 38, de 19 de marzo de 2015, quedando redactado así como se indica:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para esta convocatoria se destina un importe de ochocientos cuarenta y un mil quinientos treinta euros (841.530,00 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2016

69.005,46

6.900,55

92.399,99

168.306,00

2017

69.005,46

6.900,55

92.399,99

168.306,00

2018

69.005,46

6.900,55

92.399,99

168.306,00

2019

69.005,46

6.900,55

92.399,99

168.306,00

2020

69.005,46

6.900,55

92.399,99

168.306,00

Sumas

345.027,30

34.502,75

461.999,95

841.530,00

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Decimoquinto

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas al fomento de la lucha biológica, publicada en el BOIB nº 38, de 19 de marzo de 2015, quedando redactado de la siguiente manera:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para esta convocatoria se destina un importe de doscientos cuarenta mil cuatrocientos treinta y siete euros con veinte céntimos (240.437,20 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2016

19.715,85

1.971,59

26.400,00

48.087,44

2017

19.715,85

1.971,59

26.400,00

48.087,44

2018

19.715,85

1.971,59

26.400,00

48.087,44

2019

19.715,85

1.971,59

26.400,00

48.087,44

2020

19.715,85

1.971,59

26.400,00

48.087,44

Sumas

98.579,25

9.857,95

132.000,00

240.437,20

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Decimosexto

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 23 de marzo de 2015, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, publicada en el BOIB nº 43, de 26 de marzo de 2015, quedando redactado de la siguiente forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria

1. Para la presente convocatoria se destina un importe de un millón ochocientos setenta y cinco mil cuatrocientos nueve euros con noventa céntimos (1.875.409,90 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2016

153.783,61

15.378,36

205.920,01

375.081,98

2017

153.783,61

15.378,36

205.920,01

375.081,98

2018

153.783,61

15.378,36

205.920,01

375.081,98

2019

153.783,61

15.378,36

205.920,01

375.081,98

2020

153.783,61

15.378,36

205.920,01

375.081,98

Sumas

768.918,05

76.891,80

1.029.600,05

1.875.409,90

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Decimoséptimo

Modificar el apartado segundo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, publicada en el BOIB nº 28, de 1 de marzo de 2016, quedando redactado así como se detalla:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para esta convocatoria se destina un importe de novecientos cincuenta y un mil trescientos sesenta y seis euros con diez céntimos (951.366,10 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de acuerdo a la siguiente distribución anual:

AÑO

UE

AGE

CAIB

Total

41,00%

4,10%

54,90%

100,00%

2017

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2018

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2019

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2020

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

2021

78.012,02

7.801,20

104.460,00

190.273,22

Sumas

390.060,10

39.006,00

522.300,00

951.366,10

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Decimoctavo

Modificar el apartado segundo de la Resolución de 4 de febrero de 2016 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al pago compensatorio en zonas de montaña en las Illes Balears, publicada en el BOIB nº 18, de 6 de febrero de 2016, quedando redactado de esta manera:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe máximo de un millón doscientos noventa y tres mil novecientos euros con cincuenta y cuatro céntimos (1.293.940,54 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) del año 2016, cuantía que podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Decimonoveno

Modificar el apartado segundo de la Resolución de 4 de febrero de 2016 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2016, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada en el BOIB nº 18, de 6 de febrero de 2016, quedando redactado de la siguiente forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe máximo de tres millones trescientos veintinueve mil setecientos ochenta y un euros con cuarenta y dos céntimos (3.329.781,42 €), con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) del año 2016, cuantía que podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a tal fin.

2. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41%, por el MAGRAMA en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 54,90%.”

Vigésimo

Modificar el punto 3 del apartado segundo de la Resolución de 22 de diciembre de 2015 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas a la preparación de Estrategias de Desarrollo Local, para el período de programación de desarrollo rural 2014-2020, publicada en el BOIB nº 186, de 24 de diciembre de 2015, quedando redactado de la siguiente manera:

“3. Las ayudas citadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 58%, por el MAGRAMA en un 4,35% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un 37,65%.”

Vigesimoprimero

La presente Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y ha de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 22 de julio de 2016

 

El Presidente del FOGAIBA

Vicenç Vidal Matas