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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8616
Departamento de Personal - Cesión espacio actividad sindical

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Texto

La Junta de Gobierno de Palma en sesión de día 22 de junio de 2016 adoptó el siguiente Acuerdo:

"Con fecha 02/22/2016, y raíz de la comparecencia ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social a petición de la sección sindical de la FSP-UGT en el Ayuntamiento de Palma, el Ayuntamiento adquirió el compromiso de habilitar un espacio cercano a las inmediaciones de la zona del centro de trabajo de Corte para que las distintas secciones sindicales pudieran ejercer la actividad sindical de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. c) de la Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto, de Libertad Sindical.

Este derecho al ejercicio de la actividad sindical, según informó la Inspección mediante diligencia de actuación del 03/18/2016, se facilitará con carácter general a todas las Secciones Sindicales, lo que supone que las Secciones Sindicales, tanto las de los sindicatos más representativos como las de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones Públicas o cuenten con delegados de personal, tendrán derecho a la utilización de un local adecuado en lo que puedan desarrollar sus actividades en aquellos centros de trabajo con más de 250 trabajadores.

Este derecho, de acuerdo con lo que determina la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 15.02.2012, se perfila como un derecho incondicionado, como una facultad instrumental del mismo ejercicio de la libertad sindical que permite a la vez la reunión de la sección sindical y también su organización, por lo que la empresa tiene la obligación de poner a su disposición el uso de un local que resulte adecuado para esta función que le es atribuida. La disponibilidad de un local sindical tiene la consideración de un derecho incondicionado, siendo por tanto imperativa la dotación de un espacio adecuado. Todo ello, con independencia del derecho del Comité de empresa a contar también con su espacio propio.

Considerando todo lo anteriormente expuesto, después de haber valorado cuál podría ser el espacio más adecuado entre los distintos locales de los que dispone el Ayuntamiento (propios o en régimen de alquiler), fruto de las distintas reuniones mantenidas a lo largo de estos últimos meses entre el personal responsable del Departamento de personal y la Coordinadora de Alcaldía del Ayuntamiento, se ha considerado como la mejor opción para dar el correcto cumplimiento de la obligación legal, la habilitación de los locales ubicados en el edificio de la Plaza Santa Eulalia, núm. 7, 4º piso, los cuales pasarían a ser ocupados por las Secciones Sindicales del Ayuntamiento de Palma.

Por todo ello, y de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo de Junta de Gobierno de 28 de octubre de 2015 de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de Palma en los titulares de las áreas y áreas delegadas, el Jefe del Departamento de Personal que suscribe propone a la Sra. Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, tenga a bien elevar el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.- Ceder el uso de las dependencias municipales ubicadas en el Edificio de la Plaza Santa Eulalia, núm. 7, 4º piso, a las Secciones Sindicales del Ayuntamiento de Palma para que éstas puedan ejercer su derecho a la actividad sindical, previsto en el artículo 8.2. c) de la Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto, de Libertad Sindical.

SEGUNDO.- El espacio total que se habilitará para ubicar tanto las dependencias de la Junta de Personal como las de las distintas Secciones Sindicales, será todo el espacio detallado en los planos que se anexan al presente acuerdo.

TERCERO.- La fecha de efectos de este acuerdo será la del día siguiente de su aprobación por la Junta de Gobierno.

CUARTO.- Publicar este acuerdo y el anexo adjunto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 19 de julio de 2016

 

La jefe de Servicio del Departamento de Personal

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 02.26.2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Juana Ma. Saurina Castell

Documentos adjuntos