Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 8396
Acuerdo de la Comisión de Gobierno de modificación de distribución porcentual de plazas en el parking de la Plaza de Europa, es Pujols, TM Formentera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de junio de 2016 se aprobó, entre otros, la siguiente:

Modificación de distribución porcentual de plazas Parking Plaza Europa

Vista la providencia de inicio de fecha 15 de junio de 2016, en referente a la modificación de distribución porcentual de plazas según modalidad de estacionamiento prevista en el artículo 8 de la ordenanza reguladora del Precio Público de aplicación al parking de la plaza Europa, modificado por acuerdo de la Comisión de Gobierno de fecha 23 de  Octubre de 2015 (BOIB nº 165, de 10 de noviembre).

Visto el informe de fecha 16 de junio de 2016 que aconseja una distribución diferente a la actualmente fijada para garantizar mayor eficiencia en la prestación del servicio y equilibrar la oferta y la demanda según modalidad de estacionamiento.

Visto el informe de los servicios jurídicos de fecha 16 de junio de 2016.

Visto el Decreto de Presidencia de fecha 22 de junio de 2015 (publicado al BOIB Num. 109 de 18 de julio de 2015), de delegación de atribuciones a la Comisión de Gobierno.

Por todo lo anteriormente mencionado, El Hble. Sr. Rafael González Ribas, Consejero de Infraestructuras del Consejo Insular de Formentera, presenta la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- MODIFICAR EL PORCENTAJE ASIGNADO a cada modalidad de estacionamiento por el artículo 8 de la Ordenanza Reguladora del Precio Público de aplicación (BOIB 49, de 10 de abril de 2014), y fijar el siguiente:

% Plazas fijas anuales por abonados empresas (personas físicas o jurídicas): 25% (34)

% Plazas fijas anuales por abonados residentes (personas físicas): 10% (14)

% Plazas fijas por estancias eventuales y/o rotatorias: 15% (20)

- Máximo de plazas destinadas a abonos mensuales y semanales: 50% (68)

- Mínimo de plazas destinadas a rotación miedo minutos: 25% (34)

SEGUNDO.- ORDENAR SU PUBLICACIÓN EN EL BOIB.

La Comisión de Gobierno, en ejercicio de sus competencias, en base a lo propuesto (que conforme al artículo 54 y 89.3 y 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, supone la motivación de este acto), adoptó, por unanimidad el siguiente:

ACUERDO

Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí reproducida. Asimismo, se acuerda la publicación al BOIB y en la página web del Consejo Insular de Formentera.

  Formentera, 30 de junio de 2016

  El presidente del Consell Insular de Formentera,

Jaume Ferrer Ribas