Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE CONSELL
Núm. 8385
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de escuela infantil 0 a 3 años
Durante el plazo de información pública del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento adoptado en la sesión ordinaria de 31 de mayo de 2016, por el cual se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de escuela infantil 0 a 3 años, no se presentaron reclamaciones o sugerencias, el mencionado acuerdo se entiende definitivamente aprobado, conforme aquello que disponen el artículo 49.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen local, el art. 102, apartado d) de la Ley Autonómica 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y el artículo 17.3 del Texto Refundido de las Haciendas Locales (Real decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo).
La presente modificación de la ordenanza entrará en vigor al mes inmediatamente posterior al siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, sólo se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contador a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
De acuerdo con el artículo 17.4 del mencionado Texto Refundido se publica el texto íntegro de la modificación aprobada (art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y arte. 103.1 Ley Autonómica 20/2006, de 15 de diciembre):
TEXT DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL 0 A 3 AÑOS QUE SE MODIFICA
Artículo 7.- Cuota tributaria.
1.-De acuerdo con los artículos 24.2 i 24.3.a) del TRLRHL, la cuota tributaria se corresponde con la siguiente tarifa:
a).- Matrícula i seguro escolar: 110’00 €
b).- Cuotas mensuales:
1.- 07:30 a 08:00 horas 18’75 € o 1’50 € / día
2.- 08:00 a 09:00 horas 18’75 € o 1’50 € / día
3.- 09:00 a 12:30 horas 137’50 €
4.- 09:00 a 13:30 horas 150’00 €
5.- 09:00 a 16:00 horas 175’00 €
c).- Cuotas quincenales: (Meses de julio i agosto)
1.- 07:30 a 08:00 horas 9’50 € o 1’50 € / día
2.- 08:00 a 09:00 horas 9’50 € o 1’50 € / día
3.- 09:00 a 12:30 horas 68’75 €
4.- 09:00 a 13:30 horas 75’00 €
5.- 09:00 a 16:00 horas 87’50 €
d).- Cuotas semanales: (Meses de julio i agosto)
1.- 07:30 a 08:00 horas 4’75 € o 1’50 € / día
2.- 08:00 a 09:00 horas 4’75 € o 1’50 € / día
3.- 09:00 a 12:30 horas 35’00 €
4.- 09:00 a 13:30 horas 38’00 €
5.- 09:00 a 16:00 horas 44’00 €
e).- Cuotas por horas esporádicas, horario de comedor incluido: 2,00 € por hora o fracción
Consell, 19 de julio de 2016
El Alcalde
Andreu Isern Pol