Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CONSELL
Núm. 8280
Listado definitivo de la bolsa de trabajo para cubrir interinamente vacantes de Policía Local y turística del Ayuntamiento de Consell
La Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria de fecha 12 de julio de 2016 adoptó el siguiente acuerdo:
Antecedentes:
Primero.- Vista la propuesta de nombramiento del Tribunal Calificador del concurso para la creación de una bolsa de trabajo para cubrir interinamente vacantes de Policía Local y turística del Ayuntamiento de Consell.
Acuerdo:
Primero.- Aprobar la bolsa de trabajo para cubrir interinamente vacantes de Policía Local y turística del Ayuntamiento de Consell, según el orden de puntuación obtenido por los aspirantes y de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador:
DNI |
CALIFICACIÓN |
---|---|
43085583M |
22,72 |
43167573T |
20,33 |
43110403P |
19,56 |
43116227J |
18,66 |
43093281K |
17,45 |
43175141R |
17,08 |
43130069D |
17,04 |
43159213N |
16,91 |
43124743J |
16,44 |
43117902D |
15,72 |
78211095D |
15,52 |
43106900R |
14,92 |
43184474L |
14,46 |
43162844D |
12,60 |
43096042E |
12,28 |
43129448D |
11,31 |
43193049S |
5,46 |
Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a los efectos previstos en la normativa vigente.
Recursos
Contra el presente acuerdo se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Reposición: Ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, desde el día siguiente a la desestimación presunta.
b) Contencioso administrativo: Ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Se puede interponer directamente, pero si se ha presentado un recurso de reposición, no se podrá formalizar el contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Consell, 13 de julio de 2016
El Alcalde
Andreu Isern Pol