Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 8276
Prórroga plazo vigencia bolsas de personas aspirantes a plazas de personal temporal
La junta de gobierno local de este ayuntamiento, en sesión de hoy, ha adoptado el siguiente acuerdo:
“Para atender adecuadamente las necesidades del servicio de mantenimiento se considera urgente proveer una plaza vacante de la plantilla de personal (personal laboral, peón).
No se dispone ni de tiempos ni de personal suficiente, por razón de acumulación de tareas y de coincidencia con el periodo vacacional, para iniciar un procedimiento de selección.
Por razón de economía procedimental y porque pueden darse los mismos supuestos en casos de otros puestos de trabajo, se prorrogarán otras bolsas de personas aspirantes.
En ejercicio de la atribución delegada por resolución de alcaldía nº 592-2015, de 2 de julio (BOIB núm. 120, de 08.08.2015), se acuerda por unanimidad:
Prorrogar hasta el día 31 de desembre de 2016 el plazo de vigencia de las bolsas de personas aspirantes a plazas de personal temporal, la duración de las cuales acabe antes de la mencionada fecha”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Recursos.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a. Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB).
b. El recurso de reposición potestativo ante la junta de gobierno local, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. De conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Alaró, a 15 de julio de 2016.
La alcaldesa,
Aina Maria Munar Isern