Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8152
Juicio verbal 151/2015 sobre otras materias
CEDULA DE NOTIFICACION.
En virtud de lo acordado por resolución de esta fecha dictada en el procedimiento de referencia, por medio del presente se hace saber, que en fecha 18-9-15, se dictó sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Juan Reinoso Ramis, en nombre y representación de Pont Mallorca, S.L., contra D. Manuel Jiménez Navarro condenando al demandado al pago de 4335 euros más intereses legales desde la interposición de la demanda.
Condeno en costas al demandado.
La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe en el plazo de 20 días interponer recurso de apelación ante este Juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 Y 458 de la LEC.
Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el Banco Santander.
Asimismo, la/s parte/s recurrente/s, salvo las personas físicas, deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre modificada por Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero y por Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero.
Y como consecuencia del ignorado paradero de MANUEL JIMENEZ NAVARRO, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y su publicación en el BOCAIB, en Palma de Mallorca a veintidós de junio de dos mil dieciséis.
LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA