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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 8210
Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas durante el año 2016 para el apoyo a proyectos culturales relacionados con la edición de publicaciones y con la realización de actividades de promoción cultural

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Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, a continuación se hacen públicas las bases reguladoras de concesión de ayudas económicas durante el año 2016 para el apoyo a proyectos culturales relacionados con la edición de publicaciones y con la realización de actividades de promoción cultural, aprobadas por acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, siguientes:

"Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas durante el año 2016 para el apoyo a proyectos culturales relacionados con la edición de publicaciones y con la realización de actividades de promoción cultural

1. Justificación

El artículo 44.1 de la Constitución española dispone que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura. La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes establece en el artículo 3 (en referencia al Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de cultura en la Comunitat Autònoma de les Illes Balears) la competencia del Consell Insular d'Eivissa en el fomento de la cultura, con especial atención a la música, el teatro, la cinematografía, el libro y la edición, incluyendo el fomento de la creación literaria, la promoción del libro y de las ediciones sonoras y audiovisuales. La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, dice en su artículo 70.18 que la cultura y la promoción y animación cultural es competencia propia de los consejos insulares, incluyendo las actividades artísticas y culturales, el fomento y la difusión de la creación y producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas.

En este sentido, el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, en atención al Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de fecha 6 de julio de 2015, quiere impulsar los proyectos culturales en el ámbito de la literatura, el teatro, el arte, la danza, la enseñanza, la historia, la economía, la etnografía, el cómic, el pensamiento, la creación audiovisual, el cine, la música, etc. que difundan la cultura de la isla de Eivissa.

2. Objeto y finalidad

Esta convocatoria tiene por objeto contribuir al fomento y a la difusión de la cultura de la isla de Eivissa en el ámbito de la literatura, el teatro, el arte, la danza, la historia, la economía, la etnografía, el cómic, el pensamiento, la creación audiovisual, el cine, la música, etc. e impulsar las actividades y las acciones que con este objetivo se hayan realizado, o se realicen en la isla de Eivissa o fuera, entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de julio de 2016.

3. Régimen de las ayudas

La gestión de estas subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Las ayudas que otorgue el departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud en esta convocatoria no podrán superar, por beneficiario, el 50% del coste total del proyecto de actividad para el que se solicita la subvención.

En ningún caso se podrá conceder más de una ayuda a un mismo proyecto, aunque la solicitud de ayuda la hagan diferentes personas.

Las ayudas recibidas por esta convocatoria son compatibles con la percepción de otras ayudas procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, siempre que su importe sea de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones no supere el coste total de la actividad subvencionada, y son incompatibles con otras ayudas otorgadas por este Consell con esta misma finalidad.

Las entidades que ya reciben ayuda por parte del Consejo Insular para las actividades que organicen y aquellas que quedan detalladas en el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular d'Eivissa para el año 2016 (publicado en el BOIB núm. 190, de 31 de diciembre de 2015 y modificado por resolución núm. 2016000045 del consejero del Departamento de Economía y Hacienda, publicada en el BOIB núm. 55, de 3 de mayo de 2016) no podrán recibir ayuda dentro de esta línea de subvenciones.

Será obligación de los beneficiarios de las ayudas, además de las previstas en la base 9ª de esta convocatoria que hace referencia a los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, informar, en la liquidación de ingresos y gastos prevista en la base 13 de la convocatoria, del coste total de la actividad subvencionada, así como de todas las subvenciones recibidas con destino a la actividad objeto de subvención, tanto públicas como privadas.

4. Beneficiarios y modalidades

Podrán concederse ayudas en las siguientes modalidades:

MODALIDAD A): Ayudas a la edición de obras que implican el fomento y la promoción de la cultura de la isla de Eivissa

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, así como las administraciones locales de la isla de Eivissa, que hayan editado o tengan previsto editar en el plazo de la convocatoria, una obra, independientemente de su soporte, que se ajuste al objeto y la finalidad de estas bases y fomente y promocione la cultura de la isla de Eivissa.

Serán objeto de subvención los gastos ocasionados por el diseño, la maquetación, la impresión, la encuadernación, la manipulación, la producción, la realización, la distribución y los derechos de autor de la edición de obras que implican el fomento y la promoción de la cultura de la isla de Eivissa, así como los gastos derivados de la actividad profesional de las personas físicas y jurídicas solicitantes. El IVA soportado por estos gastos no puede ser objeto de subvención, salvo cuando el solicitante acredite estar exento de tributar por el IVA

MODALIDAD B): Ayudas al fomento y la promoción de la cultura de la isla de Eivissa

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, así como las administraciones locales de la isla de Eivissa que hayan realizado o tengan previsto realizar en el plazo de la convocatoria, una actividad de promoción cultural que se ajuste al objeto y la finalidad de estas bases y fomente y promocione la cultura de la isla de Eivissa.

Serán objeto de subvención los gastos ocasionados por la organización de actividades y acciones que fomentan y promocionan la cultura de la isla de Eivissa, así como los gastos derivados de la actividad profesional de las personas físicas y jurídicas solicitantes. El IVA soportado por estos gastos no puede ser objeto de subvención, excepto cuando el/la solicitante acredite estar exento de tributar por el IVA.

5. Créditos presupuestarios y cuantía de las ayudas

Esta convocatoria de subvención está dotada económicamente en el presupuesto del ejercicio 2016 con una cantidad máxima de 148.000 €, según las siguientes modalidades:

MODALIDAD A): Ayudas a la edición de obras que implican el fomento y la promoción de la cultura de la isla de Eivissa: 48.000 € (de la aplicación presupuestaria 3340.48900).

El importe máximo de cada una de las ayudas que se concedan será de 5.000 €.

MODALIDAD B): Ayudas al fomento y la promoción de la cultura de la isla de Eivissa: 100.000 € (de la aplicación presupuestaria 3340.48900).

El importe máximo de cada una de las ayudas que se concedan será de 5.000 €.

En caso de que la concesión de las ayudas de cualquier modalidad no agote las cantidades que se han destinado, el sobrante del importe podrá incorporarse a las cantidades de las otras modalidades.

6. Forma de presentación de las solicitudes

Las solicitudes de subvención se deben formalizar mediante la presentación de una instancia y según el modelo normalizado que figura como anexo 1 de esta convocatoria, que también se podrá encontrar en las dependencias del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud y en la página web del Consell Insular d'Eivissa.

Las solicitudes se dirigirán a la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa y se presentarán en el Registro General del Consell Insular d'Eivissa (avenida de España, 49, tel. 971 195 900, fax 971195914) o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), y las deberán acompañar los siguientes documentos (originales o copia compulsada):

En cuanto a las administraciones locales:

· Certificado, firmado por el secretario o por la secretaria de la entidad local solicitante, conforme el órgano competente ha aprobado la presentación de la solicitud.

· Certificado, firmado por el secretario o por la secretaria de la entidad local solicitante, en el que se acredite que la persona que firma la solicitud ejerce la representación de la entidad.

· Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunitat Autònoma de les Illes Balears, con España y con la Seguridad Social. O bien, en la solicitud, autorizar al Consell Insular d'Eivissa a obtener directamente el certificado acreditativo de esta circunstancia.

· Declaración responsable de no estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, según el modelo que figura en el anexo 2 de esta convocatoria.

· Declaración responsable de haber solicitado o no ayuda económica a otras entidades públicas o privadas para llevar a cabo las mismas actuaciones de la presente subvención, según el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria.

· Memoria de la edición o de la actividad para el que se solicita la subvención y que recogerá los datos que se consideren necesarios para poder valorar convenientemente los criterios establecidos en el apartado 10 de estas bases, adjuntando la siguiente documentación:

· En el caso de la modalidad A de la subvención, si la obra ya está editada un ejemplar de la obra editada y si estuviera para editar una maqueta de la misma

· En cuanto a la modalidad B, si la actividad ya se ha realizado testimonios documentales de la realización de la actividad (programas de mano, recortes de prensa, fotografías...).

· Presupuesto detallado del coste total del proyecto para el que se solicita la subvención, con indicación de los ingresos y los gastos previstos. Si el proyecto para el que se pide la ayuda ya está realizado, en lugar del presupuesto se presentará una liquidación provisional con los ingresos previstos y los gastos realizados.

En cuanto a las personas físicas y jurídicas privadas:

· DNI, pasaporte o documento equivalente (sólo personas físicas)

· NIF o documento equivalente (sólo personas jurídicas)

· DNI, pasaporte o documento equivalente del representante (sólo personas jurídicas)

· Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunitat Autònoma de les Illes Balears, con España y con la Seguridad Social. O bien, en la solicitud, autorizar al Consell Insular d'Eivissa a obtener directamente el certificado acreditativo de esta circunstancia.

· Declaración responsable de no estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, según el modelo que figura en el anexo 2 de esta convocatoria.

· Acreditación, en su caso, que la entidad está exenta de declarar el IVA. En caso de que no se presente esta acreditación, el IVA de las facturas que se presenten como justificación no se podrá subvencionar. En caso de que las solicitantes sean entidades sin ánimo de lucro, para acreditar esta circunstancia sirve presentar una copia de los estatutos de la entidad.

· Declaración en la que se hagan constar todas las ayudas y subvenciones solicitadas y/o concedidas por cualquier institución o entidad pública o privada, o de lo contrario, escrito en que se declare que el beneficiario o la entidad beneficiaria no disfrutará de ningún tipo de ayuda diferente de la que solicita para esta convocatoria, según el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria.

· Memoria de la edición o de la actividad para el que se solicita la subvención y que recogerá los datos que se consideren necesarios para poder valorar convenientemente los criterios establecidos en el apartado 10 de estas bases, adjuntando la siguiente documentación:

· En el caso de la modalidad A de la subvención, si la obra ya está editada un ejemplar de la obra editada y si estuviera por editar una maqueta de la misma.

· En cuanto a la modalidad B, testimonios documentales de la realización de la actividad (programas de mano, recortes de prensa, fotografías ...).

· Presupuesto detallado del coste total del proyecto para el que se solicita la subvención, con indicación de los ingresos y los gastos previstos. Si el proyecto por el que se pide la ayuda ya está realizado, en lugar del presupuesto se presentará una liquidación provisional con los ingresos previstos y los gastos realizados.

· Impreso de solicitud de transferencia bancaria del Consell Insular d'Eivissa debidamente cumplimentado y firmado por la persona solicitante y sellado por la entidad bancaria. Este documento se puede obtener en el Consell Insular d'Eivissa y en su página web www.conselldeivissa.es

7. Plazo de presentación de las solicitudes, publicidad de la convocatoria y enmiendas

7.1. Se establece un plazo de presentación de las solicitudes de veinte (20) días naturales que se inicia al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

7.2. Una vez aprobadas las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Posteriormente se remitirá la convocatoria y el extracto de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Boletín Oficial de las Islas Baleares del extracto para su publicación, tal y como establece la normativa vigente de subvenciones. La eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación del extracto en el BOIB.

7.3. Dentro del plazo de treinta días naturales, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud dará a conocer, mediante la publicación a la vez en el tablón de anuncios del Consejo y en la página web www.conselldeivissa.es, una lista en la que se requerirá a los interesados ​​que en el plazo de diez días hábiles, en el caso de que la instancia o la documentación fueran incorrectas o incompletas, lo subsanen de conforme a lo dispuesto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) y se les advertirá que, en caso de que no lo hagan, se considerará desestimada su petición.

La lista de enmiendas contendrá los datos identificativos de la persona solicitante y el detalle de las enmiendas a realizar.

El plazo para que las personas solicitantes requeridas aleguen lo que consideren adecuado (10 días hábiles) empezará a contar el día después de haber publicado dicha lista de enmiendas. Transcurrido este plazo, si el interesado no hace la rectificación reclamada o no presenta la complementación requerida, el Consell Insular d'Eivissa lo tendrá por desistido de su petición, de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

8. Selección de los beneficiarios

Se establece el régimen de concurrencia competitiva como procedimiento de selección de los beneficiarios y de concesión de las ayudas. Se entiende por concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza por comparación de las solicitudes presentadas, con el fin de establecer una prelación entre sí de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la base décima de esta convocatoria y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria, el crédito disponible según la valoración obtenida, por lo que la solicitud que más puntuación obtenga mayor cuantía de ayuda a recibir.

De conformidad con los criterios de valoración establecidos en la base décima de esta convocatoria, no podrán obtener subvención aquellas solicitudes que, reuniendo los requisitos exigidos en la presente convocatoria, obtengan una puntuación inferior a 22 puntos.

Las ayudas se concederán por orden de prelación y hasta agotar los 148.000 € previstos del crédito presupuestario de la convocatoria.

De conformidad con la base décima de esta convocatoria, los proyectos presentados se valorarán de forma que:

- Las ediciones de las obras o actividades puntuadas por debajo de 22 puntos no recibirán ayuda.

- Las ediciones de obras o actividades puntuadas entre 22 y 54 puntos recibirán una ayuda que será proporcional a la cantidad de puntos obtenidos, según las valoraciones de la base décima, siempre con el límite de 5.000 € y sin superar el 50% del coste total de la edición o la actividad.

9. Condiciones

El hecho de solicitar estas ayudas significa la aceptación plena de las bases de esta convocatoria y el cumplimiento de las siguientes condiciones:

- Haber realizado la actividad o la edición para la que se solicita la subvención entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de julio de 2016.

- Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto objeto de subvención.

- Presentar la cuenta justificativa antes del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de la concesión de la ayuda. En dicha cuenta justificativa deberá constar el coste total de la edición o actividad, con los ingresos y los gastos vinculados y los documentos justificativos.

- Someterse a las actuaciones de control que estime necesarias el Consell Insular d'Eivissa, al que facilitarán toda la información oportuna.

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunitat Autònoma de les Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular d'Eivissa.

- Y, en cualquier caso, cumplir con lo dispuesto en el artículo 13 (Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora) y en el artículo 14 (Obligaciones de los beneficiarios) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

10. Criterios que deben servir de base para la adjudicación de las ayudas

A la hora de valorar las peticiones se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

MODALIDAD A): Ayudas a la edición de obras que implican el fomento y la promoción de la cultura de la isla de Eivissa:

- Por el interés cultural de la obra: vinculación de la obra editada con la cultura de la isla de Eivissa, hasta 30 puntos. Se valorará que la obra editada se haga eco de la cultura de Eivissa por razón de:

- el autor, hasta 8 puntos. Se debe acreditar el nacimiento del autor en la isla de Eivissa o bien un mínimo de tres años de residencia en la isla de Eivissa.

- el editor, hasta 8 puntos cuando acredite tener su residencia fiscal en la isla de Eivissa y además documento de la dedicación profesional a la actividad editora. Si sólo se acredita la residencia fiscal del editor en la isla de Eivissa, sin documentar la dedicación profesional, hasta 4 puntos.

- los contenidos, hasta 8 puntos.

- los colaboradores, hasta 6 puntos.

- Edición en lengua catalana, hasta 8 puntos. Se tendrá en cuenta la presencia de la lengua catalana en la obra editada.

- Trayectoria del autor, el editor, el intérprete, etc., hasta 6 puntos. Trayectoria personal y profesional de todos los participantes en la obra editada.

- Calidad de la edición, hasta 5 puntos. Se tendrán en cuenta aspectos de la edición como el apartado crítico (introducciones, índices, notas, libro...), como la legibilidad (tipografía, papel, composición, procedimiento de impresión...), como la encuadernación o como la presencia de ilustraciones o de enlaces de hipertexto.

- Aspectos educativos de la edición, hasta 5 puntos. Capacidad de la obra editada por adaptarse como propuesta didáctica dentro de los programas educativos de los centros educativos de la isla.

MODALIDAD B): Ayudas al fomento y la promoción de la cultura de la isla de Eivissa:

- Por el interés cultural de la actividad: vinculación de la actividad con la cultura de la isla de Eivissa, hasta 30 puntos. Se valorará que las acciones realizadas tengan repercusión en la difusión de la cultura de Eivissa por razón de:

- las personas participantes, hasta 12 puntos.

- las personas promotoras, hasta 12 puntos cuando acredite tener su residencia fiscal en la isla de Eivissa y además documento de su dedicación profesional a la actividad cultural. Si sólo se acredita la residencia fiscal del editor/a en la isla de Eivissa, sin documentar la dedicación profesional, hasta 6 puntos.

- las personas destinatarias, hasta 10 puntos. Se valorará la repercusión de la actividad en la población de Eivissa.

- Promoción de la lengua catalana, hasta 10 puntos. Se tendrá en cuenta la presencia de la lengua catalana en las actividades o las acciones realizadas.

- Proyección exterior de la cultura de la isla de Eivissa, hasta 5 puntos.

- Aspectos educativos de la actividad, hasta 5 puntos. Capacidad de la actividad realizada para adaptarse como propuesta didáctica dentro de los programas educativos de los centros educativos de la isla.

Cualquier circunstancia que las personas solicitantes quieran que se tenga en cuenta a la hora de valorar la solicitud debe estar acreditada y documentada, por lo que no se podrán valorar aquellas circunstancias que no se puedan documentar.

11. Instrucción y resolución

El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell d'Eivissa será el competente para instruir el procedimiento de tramitación de las solicitudes.

El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento de la tramitación del expediente, los documentos complementarios que se consideren necesarios para tener conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso, a efectos de garantizar la correcta inversión de los recursos presupuestarios destinados a las ayudas.

Con fundamento en el informe de la comisión de evaluación y en la propuesta del órgano instructor, las ayudas se concederán, por delegación del Consejo Ejecutivo, mediante resolución del conseller executiu del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud y expresará el nombre de la persona o de la entidad beneficiaria, la edición o la actividad para la que se concede la ayuda (según las modalidades de la convocatoria) y la cuantía de la ayuda; igualmente, en el caso de las solicitudes excluidas, se indicará la causa de exclusión.

Los expedientes se resolverán en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de las solicitudes a que se refiere esta convocatoria. La notificación de la resolución debe hacerse con las exigencias y en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En cumplimiento del artículo 34 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, se hará pública la relación de beneficiarios y la cuantía de la ayuda concedida, incluidas las inferiores a 3.000 €.

 

12. Comisión de evaluación

La comisión de evaluación es el órgano colegiado al que corresponden las siguientes funciones:

- Evaluar y calificar las solicitudes, de acuerdo con los criterios establecidos en la base décima de esta convocatoria.

- Emitir un acta con un informe que servirá de base para elaborar la propuesta de resolución.

La comisión de evaluación estará integrada por un/a presidente/a, un/a secretario/a y un número de vocales no inferior a tres, designados en la resolución de la convocatoria de estas ayudas, de acuerdo con criterios de competencia profesional y de experiencia.

13. Forma de pago y justificación de las ayudas

El pago de las ayudas se hará una vez justificada correctamente la ayuda concedida.

Estos pagos se harán efectivos mediante transferencia bancaria.

El plazo máximo de tiempo previsto para la justificación definitiva de la ayuda concedida será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de la concesión de la ayuda. Fecha límite para la presentación de la cuenta justificativa, que debe abarcar la realización completa de la actividad y de su coste total, con independencia de la cantidad subvencionada.

La cuenta justificativa contendrá:

- Liquidación detallada de ingresos y gastos de la actividad subvencionada (en la que se informará, en su caso, de otras ayudas recibidas para la misma actividad), según el modelo que figura en el anexo 4 de esta convocatoria.

- Relación de las facturas y los justificantes presentados con declaración responsable que reconozca que la documentación presentada se presenta sólo ante el Consell Insular d'Eivissa y para justificar la ayuda concedida, según el modelo que figura en el anexo 5 de esta convocatoria.

- Documentación justificativa de los gastos realizados: facturas oficiales y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos por el reglamento y con la correspondiente acreditación del pago.

Con esta documentación y con el informe favorable de un técnico o de una técnica del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, y, en su caso, con el visto bueno de la secretaria técnica de la área correspondiente, se hará efectivo el pago.

Si con la documentación presentada no se llega a justificar el 100% del presupuesto de la edición o de la actividad para la que se solicitó la ayuda, se mantendrá la ayuda concedida siempre que ésta no supere el 50 % del coste efectivo de la actividad y además la reducción del coste no suponga un incumplimiento del objetivo por el que se concedió la ayuda.

Si el coste final no llega al doble de la ayuda concedida, ésta se reduciría proporcionalmente al gasto justificado, por lo que las ayudas cubrirán sólo los gastos correctamente justificados.

El incumplimiento de la obligación de justificar la finalidad de la ayuda económica recibida en la forma y los plazos establecidos supondrá, además del reintegro mencionado en la base decimoquinta de estas bases, la imposibilidad de participar en próximas convocatorias de ayudas , mientras no se haga la devolución del importe reclamado.

14. Revocación

Con fundamento en el informe de un técnico o de una técnica del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud y en la propuesta del órgano instructor, las ayudas se podrán revocar, por delegación del Consejo Ejecutivo, mediante resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, cuando posteriormente a la concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia el acto de concesión de la ayuda.

15. Reintegro de la ayuda

Como consecuencia de la revocación procederá reintegrar total o parcialmente la ayuda recibida por los beneficiarios y, en su caso, la exigencia del interés de demora, en los casos previstos en el artículo 44 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

Para el reintegro se aplicarán los procedimientos previstos al efecto en la legislación de finanzas, en los que se debe garantizar la audiencia a las personas interesadas.

Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.

16. Control

El Consell Insular d'Eivissa podrá utilizar cualquier medio de control como inspecciones y solicitud de aportación de nuevos documentos y/o aclaraciones, etc. para la aplicación correcta de la ayuda concedida.

17. Régimen de recursos

Las resoluciones del conseller executiu, dictadas por delegación, y que se considerarán dictadas por el órgano delegante (en este caso el Consejo Ejecutivo) no agotan la vía administrativa y se podrá interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución, de conformidad con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

18. Disposiciones supletorias

La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en las bases anteriores, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en aquello que sea de aplicación.

 

Eivissa, 12 de julio de 2016

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Joventud
Maria Catalina Tur Torres

 

ANEXO 1
SOLLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA DURANTE EL AÑO 2016 PARA EL APOYO A PROYECTOS CULTURALES RELACIONADOS CON LA EDICIÓN DE PUBLICACIONES Y CON LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN CULTURAL

El Sr./La Sra. ............................................................................................ con DNI ..........................…, con domicilio en la calle o plaza ................................................................................................................., población ................................................................................................…, CP ......................................, teléfono ..........................., correo electrónico............................................................................................,

Actuando en calidad de:

( ) Persona física y beneficiaria única

( ) Representante de..................................................................................,con CIF ..............................….,

SOLICITA

Acogerse a la convocatoria de ayudas económicas para dar apoyo a proyectos culturales relacionados con la edición de publicaciones y con la realización de actividades de promoción cultural durante el año 2016.

( ) MODALIDAD A): Ayudas a la edición de obras que impliquen la promoción de la cultura dela isla de Eivissa

Título de la edición: ..........................................................................................................................

( ) Aquesta solicitud tiene el visto bueno de los/las autores/autoras de la obra

( ) MODALIDAD B): Ayudas al fomento y a la promoción de la cultura de la isla de Eivissa

Nombre de la actividad: .......................................................................................................................

 

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA (según la base sexta de la convocatoria)

ADMINISTRACIONES LOCAL

PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS PRIVADAS

( ) Certificado del órgano competente para aprobar la solicitud

( ) DNI, pasaporte o documento equivalente(persones físicas)

( ) Certificado que acredita la representación de la persona solicitante

( ) NIF o documento equivalente(persones jurídicas)

( ) Certificado de estar al corriente de les obligaciones tributarias

( ) DNI, pasaporte o documento equivalente del representante (personas jurídicas)

( ) Declaración responsable (Anexo 2) de no estar sometido/a a ninguna causa de responsabilidad o prohibición de obtener ayudas o subvenciones, de acuerdo con el art. 13 de la Ley 38/2003.

( ) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias

( ) Declaración responsable (Anexo 3) de haber solicitado o no ayuda económica a otras entidades públicas o privadas para llevar a cabo las mismas actuaciones.

( ) Declaración responsable (Anexo 2) de no estar sometido/a a ninguna causa de responsabilidad o prohibición de obtener Ayudas o subvenciones, de acuerdo con el art. 13 de la Ley 38/2003.

( ) Memoria de la edición o de la actividad

( ) Declaración responsable (Anexo 3) de haber solicitado o no ayuda económica a otras entidades públicas o privadas para llevar a cabo las mismas actuaciones.

( ) Presupuesto detallado de la edición o de la actividad

( ) Acreditación de la exención de declarar el IVA

( ) Memoria de la edición o de la actividad

( ) Presupuesto detallado de la edición o de la actividad

( ) Impreso de solicitud de transferencia bancaria

( ) Autoriza al Consell Insular d’Eivissa, para el cumplimiento de la base novena de esta convocatoria, a acceder a la información necesaria para comprobar si la persona, o la entidad que representa, se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunitat Autònoma de les Illes Balears, con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular d’Eivissa.

....................................................................., ............. de ...................................... de 2016

(firma)

Por el hecho de solicitar la ayuda, la persona o entidad solicitante se compromete al cumplimiento estricto y a la aceptación de les bases de esta convocatoria y, en el caso de ser beneficiaria, a facilitar al Consell Insular d’Eivissa cualquier actuación de control como inspecciones, visitas, solicitud de aportación de nuevos documentos y/o aclaraciones, etc. para la aplicación correcta de la ayuda concedida.

HBLE. SR. PRESIDENT DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA

 

ANEXO 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE

El Sr./La Sra. ............................................................................................................................., con DNI ...............................…, con domicilio en la calle o plaza ........................................................................................................................................................., población ............................................................., CP ........................., teléfono ..........................., correo electrónico ...........................................................................,

Actuando en calidad de:

 Persona física y beneficiaria única¨

¨ Representante de................................................................................................................, con CIF ..............................….,

Declara bajo su responsabilidad que, en relación con el procedimiento para la obtención de subvención para el apoyo a proyectos culturales relacionados con la edición de publicaciones y con la realización de actividades de promoción cultural durante el año 2016, la persona, o la entidad que representa, no incurre en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones que figuran en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).

Y para que conste y surta efecto ante el órgano que convoca la concesión de subvenciones mencionada, firma esta Declaración responsable.

....................................................................., ............. de ...................................... de 2016

(firma)

 

 

ANEXO 3
DECLARACIÓN RESPONSABLE

El Sr./La Sra. ............................................................................................................................., con DNI ...............................…, con domicilio en la calle o plaza ............................................................................................................................................................, población .............................................................., CP ........................., teléfono ..........................., correo electrónico............................................................................,

Actuando en calidad de:

( ) Persona física y beneficiaria única

( ) Representante de................................................................................................................., con CIF ..............................….,

Declara bajo su responsabilidad que, en relación con el procedimiento para la obtención de subvención para el apoyo a proyectos culturales relacionados con la edición de publicaciones y con la realización de actividades de promoción cultural durante el año 2016, la persona, o la entidad que representa,

 ( ) ha solicitado otras ayudas al Consell Insular d'Eivissa o en otra administración o entidad pública o privada para llevar a cabo las mismas actividades objeto de la presente subvención:

Ente: ....................................................................................... Importe:........................

Ente: ....................................................................................... Importe: ........................

Ente: ....................................................................................... Importe: ........................

( )no ha solicitado otras ayudas a ningún otro órgano del Consell Insular d'Eivissa ni a ninguna otra Administración o entidad pública o privada para llevar a cabo las mismas actividades objeto de la presente subvención.

Y para que conste y surta efecto ante el órgano que convoca la concesión de subvenciones mencionada, firmo esta Declaración responsable.

....................................................................., ............. de ...................................... de 2016

(firma)

 

 

ANEXO 4
LIQUIDACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS

El Sr./La Sra. ......................................................................................................................................................., con DNI .........................…..... con domicilio en la calle o plaza ..............................................................................................................................................., población .................................…, CP ....................., teléfono ..........................., correo electrónico.........................................................................,

Actuando en calidad de:

 Persona física y beneficiaria única¨

¨ Representante de..............................................................................................................., con CIF ..............................….,

PROYECTO:

INGRESOS

Aportación del Consell Insular d’Eivissa

                     

Otras aportaciones:

....................................................................

.....................................................................

TOTAL INGRESOS

            
 

GASTOS

....................................................................

                                      

....................................................................

.....................................................................

TOTAL GASTOS

           

....................................................................., ............. de ...................................... de 2016

(firma)

 

ANEXO 5
RELACIÓN DE FACTURAS Y JUSTIFICANTES

DECLARACIÓN RESPONSABLE

El Sr./La Sra. ............................................................................................................................., con DNI ...............................…, con domicilio en la calle o plaza ......................................................................................................................................, población ...................................................., CP ........................, teléfono…........................., correo electrónico...........................................................................,

Actuando en calidad de:

( ) Persona física y beneficiaria única

( ) Representante de..............................................................................................................., con CIF ..............................….,

Declara bajo su responsabilidad que, en relación con el procedimiento para la obtención de subvención para el apoyo a proyectos culturales relacionados con la edición de publicaciones y con la realización de actividades de promoción cultural durante el año 2016, las facturas detalladas más abajo sólo se han presentado ante el Consell Insular d'Eivissa y como justificante de la ayuda recibida por el siguiente proyecto cultural:

..............................................................................................................................................

Y para que conste y surta efecto ante el órgano que convoca la concesión de subvenciones mencionada, firma esta Declaración responsable

....................................................................., ............. d ...................................... de 2016

Relación de facturas y justificantes presentados para justificar la ayuda del año 2016:

NÚM.      PROVEEDOR            NÚM. JUSTIFICANTE               CONCEPTO           IMPORTE

.......  ...........................................        ................................              ...........................         ...............

.......  ...........................................        ................................              ...........................         ...............

.......  ...........................................        ................................              ...........................         ...............

.......  ...........................................        ................................              ...........................         ...............

.......  ...........................................        ................................              ...........................         ...............

.......  ...........................................        ................................              ...........................         ...............

.......  ...........................................        ................................              ...........................         ...............

(firma)