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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8108
Convocatoria Pública de subvenciones de la regiduria de Cultura, Patrimonio, Memoria Histórica y Política Lingüistica

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Num.Identificador BDNS: 311853

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Objeto y finalidad de las subvenciones

El objeto de esta convocatoria es promover la realización de proyectos y actividades culturales y/o de promoción del patrimonio que se consideren de utilidad pública o social y de interés general, que redunden en beneficio de los ciudadanos de Palma, dentro del ámbito de las competencias de la Concejalía de Cultura, Patrimonio, Memoria Histórica y Política Lingüística – Decreto núm. 2016002751, de 18 de febrero, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma–, y que se lleven a cabo entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2016, de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2019 del Área.

Segundo. Líneas, requisitos y condiciones de las actividades subvencionables

Son subvencionables los proyectos y las actividades que se ajusten a las temáticas de las líneas del Plan Estratégico siguientes:

        Linea 1. Bandas de  música y  escuelas de  música y danzas tradicionales

Sólo pueden ser beneficiarias de esta línea las propuestas que se ajusten a una de las siguientes definiciones:

Las bandas de música, integradas mayoritariamente por jóvenes, que tengan por objetivo la formación y la realización de actividades musicales.

Escuelas de música y danzas tradicionales mallorquinas que tengan por objetivo difundir y enseñar la música y los bailes tradicionales.

Objetivo: Fomentar la difusión y la enseñanza de la música, y también de los bailes y la música tradicionales de Mallorca.

Consignación presupuestaria: 42.000 euros.

La cantidad de la subvención no puede superar en ningún caso los 6.000 euros para cada entidad.

Línea 3. Investigación, difusión y conservación del patrimonio

Sólo pueden ser beneficiarias de esta línea las propuestas que se ajusten a una de las siguientes definiciones:

Investigación, difusión y/o conservación del patrimonio arqueológico y etnológico del término municipal Palma

Actividades de dinamización de la cultura judía relacionadas con el Centro Maimó Ben Faraig, de titularidad municipal

Investigación, difusión y/o conservación del patrimonio cultural, histórico y artístico de Palma.

Investigación, difusión y/o conservación del patrimonio inmaterial y tradicional propio

Objetivo: Fomentar todas las iniciativas encaminadas a la dinamización, la investigación,  la conservación y la difusión del patrimonio, de las tradiciones y de la historia de Palma.

Consignación presupuestaria: 21.000 euros

 

Línea 4. Iniciativas de recuperación de  la memoria histórica (Ley 52/2007)

Sólo podrán ser beneficiarias de esta línea las propuestas que se ajusten a una de las siguientes definiciones:

Estudios y/o proyectos de investigación

Publicaciones y/o documentales y/o recursos audiovisuales

Objetivo: Fomentar las iniciativas encaminadas a recuperar la memoria histórica.

Consignación presupuestaria: 20.000 euros

Línea 5. Proyectos de promoción de la lengua catalana en los diversos ámbitos de la vida ciudadana

Sólo podrán ser beneficiarias de esta línea las propuestas que se ajusten a una de las siguientes definiciones:

Publicaciones de materiales didácticos de difusión y/o conocimiento de la lengua catalana relacionados con la ciudad de Palma

Actividades de formación, difusión y/o conocimiento de la lengua catalana

Objetivo: Fomentar el conocimiento y el uso de la lengua catalana en todos los ámbitos de la vida ciudadana.

Consignación presupuestaria: 20.000 euros

Tercero. Beneficiarios

Pueden optar a estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las agrupaciones de cualquiera de las personas mencionadas, las comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que, incluso careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos, o que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, que cumplan los requisitos y las obligaciones previstos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 10 y 11 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

El fin, el objetivo, la ejecución del proyecto o la realización de la actividad tienen que radicar en el ámbito territorial del municipio de Palma.

Cuarto. Bases reguladoras.

Ordenanza municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma de Mallorca, aprobadas por el Pleno en fecha 26/02/2015 y publicadas en el BOIB nº 35 de fecha 12 de marzo de 2015.

Quinto. Cuantía.

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria se reserva la cantidad total de 103.000 euros, con cargo a la partida 03.33400.48101 del Presupuesto de Gastos de 2016 del Ayuntamiento de Palma de Mallorca.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  

Palma, 12 de julio de 2016

El jefe de servicio
Damian Sans Tous