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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 8053
Expediente de delimitación (deslinde) administrativa entre la parcela 14 (finca registral núm. 12299) de la calle Cala Ratolí, y el tramo de vial municipal denominado calle Cala Ratolí con el que linda, del sector Sant Antoni, del término municipal de Maó

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión realizada el día 30 de mayo de 2016, por unanimidad de los 20 miembros presentes, de los 21 de la corporación, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero.- Acordar, a instancia de la Sra. María Fernanda de Olives de Vidal, el Sr. Antonio Allés de Olives, el Sr. Julio Allés de Olives y el Sr. Fernando Allés de Olives, la primera usufructuaria y el resto nudos propietarios de la finca registral núm. 12.299, situada en la calle Ratólí, núm. 14, referencia catastral 9469201FE0196N0001DO, la delimitación entre la citada finca registral núm. 12.299 y el tramo del vial público denominado calle Cala Ratólí, del sector Sant Antoni, del término municipal de Maó, el cual se tramitará conforme a lo que disponen los artículos 56 al 68 del Reglamento de bienes de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 1372 / 1986, de 13 de junio (en adelante, RBEL).

Segundo.- Notificar este acuerdo a los propietarios de la finca colindante y también a los titulares de otros derechos reales constituidos sobre la misma, así como al propietario de la finca registral núm. 4.169, parcela 13 de la calle de Cala Ratolí, referencia catastral 9469202FE0196N0001XO Sr. Agustín Melià Palliser, dada su condición de interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del RBEL.

Según dispone el artículo 62 del RBEL, los interesados ​​podrán presentar ante la corporación cuantos documentos estimen necesarios para la prueba y defensa de sus derechos hasta los veinte días anteriores al comienzo de las operaciones de deslinde. Transcurrido este plazo no se admitirá ningún documento ni alegación.

Tercero.- Publicar, con la misma finalidad, el anuncio de la delimitación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del RBEL.

Cuarto.- Comunicar el presente acuerdo al Registro de la Propiedad de Maó, a los efectos previstos en el artículo 57.3 del RBEL, y para que se anote al margen de la inscripción de dominio de la finca registral núm. 12.299.

Quinto.- Establecer que la delimitación se iniciará el día 3 de octubre de 2016, a las 9 horas, siempre que hayan transcurrido sesenta días desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Sexto.- Facultar a la Sra. Alcaldesa a la adopción de los acuerdos necesarios para la ejecución de los presentes acuerdos.

Contra este acto, por ser de  trámite, no  cabe recurso alguno si bien los interesados pueden alegar su oposición al mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Maó, 24 de junio de 2016

LA TENIENTA DE ALCALDIA DE URBANISMO, OBRA PÚBLICA Y MOVILIDAD

DOLORES ANTONIO FLORIT