Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 7994
Aprobación definitiva de la modificación de las bases de ejecución para el año 2016
De acuerdo con aquello que disponen los arts. 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, y el artículo 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2016 , aprobó inicialmente la modificación de la Base de Ejecución nº 52.
Visto que el artículo 169 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en su apartado primero dice: Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno; en caso contrario, el Pleno dispone de un plazo de un mes para resolverlas.
Visto que, durante el plazo de exposición al público del citado acuerdo Plenario, no se han presentado reclamaciones, en cumplimiento de lo establecido al artículo 75.5 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, se realiza la transcripción de la modificación de la Base de Ejecución numero 52 del Presupuesto consistente en la inclusión en la relación de Subvenciones nominativas la siguiente:
231 |
489.03 |
SUBVENCION FUNDACIO DEIXALLES |
17.500,00 € |
Esta aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establezcan las normas de la mencionada Jurisdicción.
Andratx, a 23 de Junio de 2016.
El Alcalde
Jaume Porsell Alemany