Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6048
Cuenta de Abogados 608/2012
D/Dª BEGOÑA MARI RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento CUENTA DE ABOGADOS 0000608/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN CALATAYUD LLORCA contra la empresa CARLOS ALBERTO QUINTEIRO PERRONE, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“ DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª ISABEL SUREDA SUREDA
En PALMA DE MALLORCA, a tres de Septiembre de dos mil doce.
CCOO ha presentado minuta de honorarios afirmando que aún le son debidos y no han sidos satisfechos por su defendido en el CUENTA DE ABOGADOS 0000608/2012.
De conformidad con el art. 35.2 de la LEC acuerdo:
Requerir a CARLOS ALBERTO QUINTEIRO PERRONE para que proceda a pagar la cantidad 1218,62 euros en un plazo de DIEZ DÍAS o para que impugne la misma exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.
Igualmente apercibo al/a la requerido/a de que si en dicho plazo no paga ni impugna cuenta de derechos y suplidos, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, y se despachará ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta, más las costas.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.”
“CÉDULA DE REQUERIMIENTO
ÓRGANO JUDICIAL QUE REQUIERE:
JDO. DE LO SOCIAL N. 1
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA:
CUENTA DE ABOGADOS 0000608/2012
PERSONA/S A LA/S QUE SE REQUIERE:
CARLOS ALBERTO QUINTEIRO PERRONE
OBJETO DEL REQUERIMIENTO:
PAGO DE HONORARIOS PROFESIONALES A CCOO.
En PALMA DE MALLORCA, a tres de Septiembre de dos mil doce.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a CARLOS ALBERTO QUINTEIRO PERRONE, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de Mayo de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA