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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7984
PLENO - Inicio de los trámites necesarios para la elaboración y la aprobación del Plan director sectorial de carreteras de Menorca

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Texto

Se hace público que el Pleno del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de día 20 de junio adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

La Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial, dispone en su artículo 11 que los planes directores sectoriales son los instrumentos de ordenación específica que tienen por objeto regular, en ámbitos materiales determinados, el planeamiento, la proyección, la ejecución y la gestión de los sistemas generales de infraestructuras, de equipamientos, de servicios y de actividades de explotación de recursos.

El mismo artículo 11 establece la competencia de los consejos insulares para elaborar y aprobar aquellos planes directores sectoriales que se prevean en las respectivas leyes de atribución de competencias, quedando en el resto de supuestos la elaboración y aprobación de los PDS en manos del Gobierno de las Islas Baleares.

La Ley 2/2001 atribuyó al Consejo Insular de Menorca, con carácter de propias, las competencias para la elaboración y la aprobación de diferentes planes directores sectoriales, así como aquellos de ámbito insular cuando así lo prevean las correspondientes leyes atributivas de competencias. Con la aprobación de la Ley 16/2001, de 14 de septiembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de carreteras y caminos, se atribuyó al Consejo Insular la elaboración y aprobación del Plan director sectorial de carreteras.

En esta línea, el Pleno del Consejo Insular, en sesión de 22.03.2010, aprobó inicialmente el Plan director sectorial de carreteras de Menorca (PDSCMa).

Anteriormente, y mediante oficio de 15.07.2009, la institución insular había pedido a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (CMAIB), la evaluación ambiental estratégica del documento elaborado a tal fin.

Después de las consultas previstas en la normativa ambiental aplicable, el Consejo Insular, mediante oficio de 18.01.2011, presentó el preceptivo Informe de Sostenibilidad Ambiental y adenda que complementaba el Plan director sectorial.

Mediante oficio de 14.04.2011, la Comisión de Medio Ambiente remitió al Consejo Insular informe técnico del ISA, en el que se señalaban las diversas deficiencias a corregir de este último documento.

Pese a lo anterior, el Consejo Insular de Menorca, desde la recepción de la anterior oficio el mes de abril de 2011 no realizó ningún trámite tendente a la aprobación de la correspondiente tramitación ambiental ni, en consecuencia, a la posterior aprobación definitiva del Plan.

El 23/04/2015, la CMAIB dio trámite de audiencia al Consejo Insular para la caducidad y archivo de las actuaciones en relación al procedimiento de evaluación del PDSCMa. Durante este trámite de audiencia, el Consejo envió el 20.08.2015 la Memoria ambiental e informes técnicos.

En fecha 18/03/2016, el Consejo Insular remitió oficio a la CMAIB en que se pedía, a la vista del estado de la tramitación y de los informes del propio órgano ambiental, el desistimiento de la tramitación ambiental.

Dado que el PDSCMa aprobado inicialmente contemplaba actuaciones hasta el año 2018 y que, obviamente, este calendario de actuaciones (y en consecuencia el propio Plan) ha quedado obsoleto, dado que aún no se ha cumplido con todo el trámite ambiental y de aprobación definitiva de este Plan, y considerando también que durante los años 2011 hasta 2015 estuvo paralizada la tramitación del expediente.

Considerando, tal y como se recoge en el informe jurídico de fecha 18/02/2016, de la jefe de servicio de asesoramiento ambiental de la CMAIB, que hay que elaborar un nuevo PDSCMa, completo e integrado, con una programación de actuaciones que empiecen de ahora en adelante, y que incluya también la previsión de la planificación del transporte en bicicleta, de acuerdo con la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares, y volver a iniciar el procedimiento de evaluación ambiental.

Dado que es voluntad del equipo de gobierno del Consejo Insular contar con un plan director que cumpla los fines que le corresponden, es decir, la planificación, la proyección, la ejecución y la gestión del sistema general de las carreteras de Menorca.

A la vista de todo lo expuesto anteriormente, el Pleno del Consejo Insular de Menorca adopta el siguiente acuerdo:

Primero. Desistir del procedimiento iniciado de oficio dirigido a la aprobación del Plan director sectorial de carreteras Menorca (PDSCMa), con la consecuente finalización y archivo del procedimiento de aprobación de este instrumento de ordenación.

Segundo. Iniciar un nuevo procedimiento dirigido a la elaboración y aprobación del Plan director sectorial de carreteras de Menorca, para lo cual se deberá realizar la oportuna revisión, modificación y ampliación, si procede, de la documentación técnica elaborada en su momento.

Tercero. El presente acuerdo deberá ser objeto de publicación oficial y notificado tanto a los organismos que en su día emitieron informe preceptivo como a los alegantes.

 

Maó, a 7 de julio de 2016

EL SECRETARIO EN FUNCIONES
Octavi Pons Castejón