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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 7987
Acuerdo del Pleno de día 9 de abril de 2016, relativo a la aprobación definitiva del expediente número 18 de modificación de créditos en el presupuesto propio de 2016

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Texto

Aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 9 de junio  de 2016  y transcurrido el plazo de exposición al público sin que se haya formulado reclamación alguna, queda definitivamente aprobado el expediente número 18 de modificación de créditos en el presupuesto propio de 2016 por crédito extraordinario (CE06/2016) y suplemento de crédito (SUP03/2016) i cambio de destino de proyectos de financiación afectada (CD03/2016), cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

CRÉDITO EXTRAORDINARIO

Aumento de ingresos por capítulo:

Cap. 7
21.590.000,00
TOTAL
21.590.000,00

Fuente de financiación:

Remanente de Tesorería
Cap.8
20.000.000,00
TOTAL
20.000.000,00

Bajas por anulación
Cap.6
360.223,16
Cap.7
1.229.776,84
TOTAL
1.590.000,00

SUPLEMENTO DE CRÉDITO

Aumento de ingresos por capítulo:

Cap. 4
1.810.000,00
TOTAL
1.810.000,00

Fuente de financiación:

Remanente de Tesorería
Cap. 8
1.810.000,00
TOTAL
1.810.000,00

CAMBIO DE DESTINO

Aumento de ingresos por capítulo:

Cap. 7
94.154,62
TOTAL
94.154,62

Fuente de financiación:

Remanente de Tesorería afectado
Cap. 7
94.154,62
TOTAL
94.154,62

Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, los interesados legitimados a que se refiere el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación  de  este acuerdo. Todo conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. No obstante, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Palma, 7 de julio de 2016

   

Por delegación del presidente, el secretario general

(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)

Jeroni M. Mas Rigo