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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 7945
Extracto de la Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa de fecha 9 de mayo de 2016, por la cual se aprueban las bases de ayudas para la formación dirigidas a las personas usuarias de la Sección de Atención a personas con discapacidad y trastorno severo del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa, para el año 2016.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS 310587

De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas anteriormente mencionadas, el texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero- Beneficiarios

Se pueden acoges a estas ayudas unicamente las personas usuarias de la Sección de Atención a Personas con Discapacidad y Trastorno Mental Severo del Departamento de Sanidad y Bienestar Social que participen en las acciones formativas en los diferentes programas de esta Sección correspondientes a la programación prevista a desarrollar durante el año 2016.

Segundo- Objecto

El objecto de estas bases es establecer un sistema de ayudas económicas para la formación de las personas usuarias de la Sección de Atención a Personas con Discapacidad y Trastorno Mental Severo del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones que desarrollan actividades formativas en los diferentes programas de esta Sección correspondientes a la programación prevista a desarrollar durante el año 2016.

El período subvencionable comprende del 11 de enero hasta el 31 de julio de 2016 y del 1 de agosto hasta el 16 de diciembre de 2016, períodos en que se desarrollan los programas de formación por parte de la Sección de Atención a Personas con Discapacidad y Trastorno Mental Severo.

Tercero- Cuantía

La cantidad máxima que se destina a estas ayudas con tal de promover el objetivo de formación dirigido a las personas referidas en el punto primero, será de doce mil euros (12.000 €), a cargo de la aplicación presupuestaria 2315.48900 de los presupuestos del Consell Insular de Eivissa correspondientes al ejercicio 2016.

Cuarto – Plazo de presentación de las solicitudes

Las solicitudes podrán ser presentadas a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) hasta el 16 de diciembre de 2016.