Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 7873
Extracto de la Resolución de 6 de juliol de 2016, del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan ayudas de minimis para estudios relacionados con alimentos tradicionales de las Illes Balears, correspondientes al año 2016
BDNS (Identif.): 311430
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas: agrupaciones de productores o elaboradores con personalidad jurídica propia, universidades o centros de investigación directamente relacionada con la investigación científica o con la actividad agropecuaria o pesquera que tengan el apoyo de una agrupación de productores, que realicen un estudio relacionado con alguno de los temas previstos en el apartado cuarto de la Resolución, y que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos en aplicación de los criterios previstos en el apartado octavo de la convocatoria.
Segundo. Finalidad:
La finalidad de estas subvenciones es convocar ayudas de minimis para la financiación de estudios relacionados con los alimentos tradicionales de las Illes Balears correspondientes al año 2016.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los sectores agrario y pesquero (BOIB nº 43, de 17 de marzo de 2005).
Cuarto. Crédito:
Para esta convocatoria se destina un crédito de veinte mil euros (20.000,00 €).
Quinto. Importe:
1. El importe de la ayuda será del 100% de los gastos subvencionables, con los límites previstos en los puntos siguientes.
2. La cuantía máxima de ayuda para cada proyecto de las líneas descritas en el apartado cuarto de esta convocatoria es de dos mil euros (2.000,00 €).
3. En ningún caso el importe de la ayuda puede superar el coste del proyecto a realizar.
4. En relación a los proyectos de investigación en materia de transformación de los productos agrícolas, la cuantía total de ayudas de minimis no podrá exceder de 200.000,00 € por beneficiario en un período de tres ejercicios fiscales, de conformidad con lo que se establece en el punto 2 del artículo 3 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Del mismo modo, en relación a los proyectos de investigación en materia de agricultura y ganadería, la cuantía total de ayudas de minimis no podrá exceder de 15.000,00 € por beneficiario en un período de tres ejercicios fiscales, de conformidad con lo que se establece en el punto 2 del artículo tercero del Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector agrícola.
Por otra parte, y en relación a los proyectos de investigación en materia de pesca, la cuantía total de ayudas de minimis no podrá exceder de 30.000,00 € por beneficiario en un período de tres ejercicios fiscales, de conformidad con lo que se establece en el punto 2 del artículo tercero del Reglamento (UE) nº 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector de la pesca y de la acuicultura.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOIB y finaliza un mes después de la publicación del extracto en el BOIB.
Palma, 6 de julio de 2016
El Presidente del FOGAIBA
Vicenç Vidal Matas