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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

Núm. 7849
Aprobación definitiva Ordenanza de Ayudas Económicas para entidades sin ánimo de lucro

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Texto

En el BOIB núm. 52, de 26.4.2016, se publicó el acuerdo de aprobación provisional, adoptado por el Pleno de la Corporación en fecha 21 de marzo de 2016, de la Ordenanza para el otorgamiento de Ayudas Económicas para entidades sin ánimo de lucro.

Habiendo transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública, que establece la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, sin que se hayan presentado reclamaciones, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen Local, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo entonces provisional y se procede a la publicación de la Ordenanza a efectos de su entrada en vigor según lo previsto en el art 103 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre.

La transcrita resolución es definitiva en vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente. Sin embargo, se puede interponer cualquier otro recurso que se estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 58.2 de la Ley 30/1992.

Ordenanza Ayudas Económicas por entidades sin ánimo de lucro

1.- Objeto

El objetivo de esta ayuda es fomentar e impulsar las diferentes actividades culturales, lúdicas, educativas y sociales, de las diversas asociaciones, fomentar la participación ciudadana en el municipio de Banyalbufar, fomentar el tejido asociativo en el municipio de Banyalbufar.

2.- Dotación económica

La dotación de las ayudas quedará establecida anualmente al presupuesto con aplicación a la partida presupuestaria 334.48902 denominada Ayudas económicas a la Promoción y fomento de la cultura, para aquellas entidades o asociaciones de carácter cultural, social, lúdico, educativo y juvenil.

3.- Beneficiarios

Pueden solicitar las subvenciones objeto de las convocatorias anuales, las entidades socio-culturales, juveniles y asociaciones del Municipio de Banyalbufar legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, inscritas en el registro de asociaciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, o en trámite de inscripción, y que proyecten realizar las actividades o programas objeto de la ayuda.

4.- Requisitos de los beneficiarios

No estar afectados por ninguna de las prohibiciones del art.13 de la Ley (28/2003 de 17 de noviembre) general de subvenciones. Estar al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias y económicas, con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento de Banyalbufar. No tener pendiente de justificación ninguna subvención, salvo que se hubiera concedido una prórroga al efecto, ni ser deudores por resolución en que se declare que procede reintegrar una subvención anterior.

5.- Actividades objeto de ayuda

Los programas y actuaciones objeto de ayuda se atenderán a los siguientes aspectos: Gastos derivados de la realización de actividades culturales, educativas, sociales dentro del término de Banyalbufar, o fuera de Banyalbufar en caso de representación del municipio, necesarios para la ejecución de las actividades descritas, debidamente justificadas. No serán subvencionables aquellos programas que promuevan cualquier forma de discriminación.

6.- Importe de la ayuda económica

La cantidad máxima a otorgar, será de 800,00 euros anuales por proyecto y asociación. Si una asociación, presenta más de un proyecto, se podrá otorgar una ayuda para cada proyecto, sin que la suma de todas las ayudas para la asociación pueda superar los 800,00 euros. En casos especiales en que la actividad se considere de especial interés la ayuda podrá superar esta cantidad siempre que no suponga más del 50% de los gastos del proyecto y haya disponibilidad presupuestaria. En caso de que la asociación dispusiera de un local público en uso exclusivo, cedido por el Ayuntamiento, las cuantías máximas del párrafo primero se reducirían a la mitad. La suma de todas las ayudas concedidas no podrá superar la dotación económica presupuestaria habilitada en el presupuesto. En caso de que las propuestas de concesión, excedieran la partida presupuestaria, se prorrateará una disminución proporcional en cada uno de las ayudas, por lo que la propuesta quedara ajustada al importe máximo del crédito de la partida presupuestaria, pudiéndose proceder, por acuerdo plenario , a la correspondiente modificación de la partida presupuestaria para incrementar su dotación en caso de que así se estime conveniente.

7.- Solicitud

La solicitud de la ayuda se formalizará mediante instancia dirigida al Alcalde de Banyalbufar y será presentada en el registro del Ayuntamiento, situado en la Plaza de la Villa, 2 de Banyalbufar en horario de atención al público.

El modelo de solicitud se encuentra en el Anexo 1 de las presentes bases.

La solicitud se podrá presentar a lo largo de todo el año natural.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

• Declaración jurada de las subvenciones o ayudas procedentes de otras administraciones o entidades para la actividad o proyecto presentado, o bien que no se ha solicitado ni obtenido ninguna otra subvención de la administración para el programa o proyecto presentado. El modelo de solicitud se encuentra en el Anexo 2 de las presentes bases.

• Número de cuenta y su titular.

• Proyecto detallado de la actividad o programa para la que se suele • licita la ayuda.

• Modelo de solicitud (Anexo 1).

8.- Criterios y Evaluación de las solicitudes

Para la aprobación de los proyectos y actividades que se presenten a las convocatorias, el concejal responsable del área de cultura presentará una propuesta y que se trasladará a Junta de Gobierno Local. El órgano competente para dictar resolución de concesión es la Junta de Gobierno Local, que resuelve a partir de la propuesta definitiva que le efectuará el instructor del expediente. Una vez dictada, publicada (tablón de anuncios) y notificada la resolución de concesión no se puede modificar como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para conceder la ayuda. 9.- Aprobación, justificación y pago La Junta de Gobierno Local de Banyalbufar aprobará las propuestas de subvenciones. La concesión de estas subvenciones supone la justificación del 100% del importe concedido, de acuerdo con el siguiente proceso:

• Se deberá presentar justificación de la actividad o del proyecto antes del día 30 de diciembre de cada año.

• La no justificación de la ayuda en las condiciones y tiempos establecidos en estas bases, dará lugar al reintegro del total de la ayuda.

• En el caso de no realizar la justificación del 100% del importe concedido, dará lugar al reintegro de la cuantía de la ayuda concedida en el porcentaje no justificado.

La justificación constará de:

• Memoria económica de la actividad realizada: desglose de ingresos y gastos generados por el proyecto. Facturas originales y nóminas correspondientes a la actividad o proyecto subvencionado en esta convocatoria.

El Ayuntamiento de Banyalbufar podrá anular total o parcialmente la ayuda concedida cuando el programa no se corresponda con el proyecto objeto de la ayuda.

En caso de las actividades consideradas de especial interés se deberán justificar gastos por valor del doble de la subvención otorgada.

10.- Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios esta obligados a:

• Responder de la veracidad de los datos dados y del desarrollo del proyecto o actividad financiada.

• Comunicar cualquier eventualidad que se produzca en el proyecto actividad desarrollada.

• Hacer constar en la difusión que se haga, la colaboración del Ayuntamiento de Banyalbufar.

• Justificar la concesión de la ayuda en los plazos establecidos en las cláusulas correspondientes.

• Devolver el importe de la ayuda cuando no se realice la actividad para la que fue otorgada o no se justifique en plazo y forma.

El procedimiento de la devolución se determina según el art. 42 de la Ley (28/2003 de 17 de noviembre) general de subvenciones.

 ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD

A la atención del Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Banyalbufar.

El Sr./Sra._____________________amb DNI número ________ y ​​residente en la C / ________________________________ nº ______ del municipio _________________ CP___________en representación de la Entidad denominada____________________________________________________ Con CIF__________________i domicilio social C / _______________ nº ______ del municipio _________________ CP__________

Teléfono, fax y e-mail de contacto .__________________________________________

EXPONGO

Que quiero ser beneficiario / a de las subvenciones económicas que otorga el ayuntamiento de Banyalbufar, de acuerdo con la convocatoria para el ejercicio 2012

Que de acuerdo con las bases y la convocatoria adjuntamos la siguiente documentación.

- Declaración jurada de las subvenciones o ayudas procedentes de otras administraciones o entidades para la actividad o proyecto presentado, o bien que no se ha solo • licitado ni obtenido ninguna otra subvención de la administración para el programa o proyecto presentado. El modelo de solicitud se encuentra en el Anexo 2 de las presentes bases.

- Número de cuenta y su titular.

- Proyecto detallado de la actividad o programa para la que se solicita la ayuda.

Y para que conste a los efectos oportunos

Fecha y sello de la entidad.

Firma del responsable

 

ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE PERCEPCIONES DE SUBVENCIONES

El Sr. / Sra _____________________ con DNI número ________ y residente en la C / ________________________________ nº ______ del municipio _________________ CP___________ en representación de la Entidad denominada__________________ Con CIF__________________ y domicilio social C / _______________ nº ______ del municipio _________________ CP__________

DECLARO QUE:

No he percibido ninguna otra subvención de la administración para el proyecto que se presenta a esta convocatoria de subvención

En el caso de prever recibir ingresos de ayudas o subvenciones para el mismo proyecto:

Nombre de la entidad __________________

Importe solicitado ______________ €

Otros ingresos generados por la actividad

Importe previsto ________________ €

Y para que conste a los efectos oportunos

Fecha y sello de la entidad.

Firma del responsable

 

Banyalbufar, 4 de julio de 2016

El Alcalde
Mateu Ferrà Bestard