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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 7825
Resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 314 (antiguo núm. 102) situado en la tercera planta del Casal Ernest Lluch, ubicado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, a la Asociación de Ayuda por Acoso Moral en el Trabajo (ANAMIB) (DGTPFP / SP 176/2016)

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Texto

Antecedentes

1. El Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el edificio situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, por un periodo de 99 años, mediante un convenio suscrito el 15 de mayo de 1995 y aprobado en fecha del 4 de mayo de 1995 por el Consejo de Gobierno.

2. La propuesta de resolución, de fecha 22 de junio de la 2016, de la Consejera de Salud en la que se propone al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, que inicie el expediente de prórroga por un período de cuatro años, del Convenio de cesión gratuita y temporal de uso a la asociación ANAMIB, del despacho núm. 314 (antiguo núm. 102) situado en la tercera planta del Casal Ernest Lluch, ubicado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, que vence el 12 de julio de 2016.

3. El oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud, que ha enviado al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, de fecha de 22 de junio de 2016 y registro de entrada el 27 de junio de 2016, solicitando la tramitación del expediente de prórroga para el periodo de tiempo que va desde el 12 de julio de 2016 hasta el 12 de julio de 2020.

Fundamentos de derecho         

1. Los artículos 63, 64 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 49, de 24 de abril)

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 192, de 24 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 44, de 3 de abril).

4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

6. El Decreto 71/2015, de 17 de julio, por el que se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 108, de 17 de julio).

Propuesta de resolución

Propongo a la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 314 (antiguo núm. 102) situado en la tercera planta del Casal Ernest Lluch, ubicado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, a la asociación ANAMIB, para el período de tiempo que va desde el 12 de julio de 2016 hasta el 12 de julio de 2020.

2. Establecer, para la cesión, las siguientes condiciones:

a) Se mantienen, para la cesión, las mismas condiciones estipuladas en el convenio de cesión.

b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación de la cesionaria de devolver el objeto de la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares al término del plazo establecido.

c) Si los bienes y derechos cedidos no se destinan al uso previsto en el acto que autorice la cesión o dejan de destinarse a ello posteriormente, la cesión se considerará revocada y revertirá a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que tiene derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.

3. Notificar la resolución a la Consejería de Salud y en la asociación ANAMIB.

4. Anotar la cesión de uso gratuita y temporal en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma de Mallorca, 4 de julio de 2016

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Francesc Colom Coll

De acuerdo con la propuesta. Dicto resolución.

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí