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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7742
Consejo Ejecutivo: convocatoria de bolsa extraordinaria de trabajo de agente de medio ambiente (BO201609)

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Texto

Se hacen públicas las bases que seguidamente se transcriben, aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 13 de Junio de 2016 i modificadas por Decreto de Presidencia núm. 2016/228, de fecha 29/06/2016.

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO Y PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE AGENTE DE MEDIO AMBIENTE (BO201609)

El objeto de estas bases es regular el proceso selectivo para formar parte de la bolsa extraordinaria de trabajo de AGENTE DE MEDIO AMBIENTE para nombramientos de funcionarios interinos, plazas encuadradas en el subgrupo de clasificación profesional C1, y para contrataciones laborales eventuales, equiparadas al mismo grupo de clasificación que las contrataciones laborales del Consell Insular de Menorca.

Este proceso selectivo se rige por las Bases generales que deben regir el procedimiento de selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal del Consell Insular de Menorca, así como por el documento anexo que contiene el baremo de méritos, aprobadas por el Pleno del Consell Insular de Menorca en sesión ordinaria de día 17 de septiembre de 2012 y publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 150 de 16 de octubre de 2012.

Los puestos de trabajo a los que pueden ser destinadas las personas aspirantes son todos los de los servicios del Consell Insular de Menorca para los que se requiera esta categoría laboral.

PRIMERA. Requisitos y condiciones específicas de los aspirantes y derechos de examen

Además de los requisitos y las condiciones generales expuestas en el punto quinto de las citadas bases generales, los aspirantes deben estar en posesión de la titulación de técnico superior en gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos o técnico superior en gestión y organización de empresas agropecuarias o titulación equivalente.

Tener el nivel B2 de conocimientos de catalán o realizar una prueba previa del nivel exigido.

Tener el carné de conducir B.

Los derechos de examen para esta convocatoria se fijan en 9 €, que han de hacerse efectivos en la c/c ES42 0487-2215-25-2000001170 del Consell Insular de Menorca del banco Mare Nostrum (BMN) o en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o Ciutadella. Quedan exentas las personas que se encuentren en situación de desempleo.

SEGUNDA. Presentación de solicitudes

Las solicitudes para participar en el procedimiento selectivo se formularán en documento normalizado, al cual se adjuntará la siguiente documentación:

a) Acreditación de la nacionalidad: fotocopia del documento nacional de identidad de la persona solicitante o, si no tiene la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la personalidad y que autorice a trabajar.

b) Original y copia o fotocopia compulsada del título exigido para tomar parte en la convocatoria o resguardo de haber abonado los derechos para su expedición. Si la titulación figura en una lengua diferente a la catalana o la castellana (lenguas oficiales de las Illes Balears), se ha de aportar el título traducido por un intérprete jurado en alguna de estas dos lenguas.

c) Original y copia o fotocopia compulsada del documento que acredite estar en posesión del nivel B2 de conocimientos de catalán.

d) Original y copia o fotocopia compulsada del documento que acredite estar en posesión del carné de conducir B.

e) Resguardo de haber abonado los derechos de examen que se establecen en la base primera de estas bases o justificante de encontrarse en situación de desempleo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

f) Currículum vitae, con el siguiente contenido mínimo: datos personales, titulación exigida en la convocatoria y méritos que se aleguen. En el apartado de experiencia profesional hay que especificar el nombre de los centros de trabajo, las categorías profesionales ejercidas y el tiempo de prestación de servicios. En el apartado de formación hay que especificar el nombre del centro formativo y la duración o los créditos de cada acción formativa. (No se ha de adjuntar ningún documento de los méritos que se aleguen; estos se solicitarán según lo establecido en la base cuarta, Valoración de méritos).

TERCERA. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para formar parte de esta bolsa de trabajo es de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOIB. A efectos informativos también se publicará en el tablón de anuncios y página web del Consell Insular de Menorca (www.cime.es).

Las solicitudes se han de presentar en el Registro General del Consell Insular de Menorca (oficinas de atención al ciudadano, situadas en la plaza de la Biosfera, 5, de Maó, y en la plaza de la Catedral, 5, de Ciutadella). También se podrá presentar la documentación en la forma establecida en el artículo 38.4 de la LRJPAC, sin perjuicio de los otros medios previstos en la norma.

Si la solicitud se presenta en una oficina de correos, se ha de hacer en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada. Si no se hace de esta manera, no se podrá considerar como presentada en esa fecha.

En el caso de presentar la solicitud en un lugar diferente del Registro General del Consell Insular de Menorca, la persona interesada lo ha de comunicar al Consell Insular de Menorca mediante fax (971352483).

Se convocará a las personas aspirantes para llevar a cabo la prueba que se especifica en la base cuarta a lo largo de los sesenta días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

CUARTA. Proceso selectivo

El proceso selectivo consistirá en la superación de una prueba y en la valoración de méritos.

Prueba: La prueba consistirá en la comprobación de los conocimientos y la capacidad analítica de los aspirantes, en la realización de ejercicios que demuestren la posesión de habilidades y destrezas relacionadas con el temario que consta en el anexo de estas bases, en el tiempo que determine el tribunal. Las preguntas podrán ser tanto de carácter teórico como práctico. Esta prueba se puntuará de 0 a 10 puntos y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para continuar el proceso selectivo.

Valoración de méritos: dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la lista de personas que hayan superado la prueba específica, estas deben acreditar los méritos alegados en el currículum y que se indican en el anexo de las bases generales citadas en el encabezamiento de estas bases específicas, presentando los documentos originales y copias o fotocopias compulsadas en el Registro General del Consell Insular de Menorca (oficinas de atención al ciudadano, situadas en la plaza de la Biosfera, 5 de Maó, y en la plaza de la Catedral, 5 de Ciutadella). También se pueden presentar de acuerdo con lo que establece la base tercera de estas bases específicas.

La experiencia laboral siempre se acreditará con la aportación de la vida laboral acompañada de contratos laborales, certificados oficiales de empresa o de servicios prestados en la Administración.

Las acreditaciones referidas a los servicios prestados en el Consell Insular de Menorca se efectuarán mediante documento expedido por el Servicio de Gestión de Personas y se aportarán de oficio al expediente, siempre, sin embargo, que previamente se hayan alegado en la solicitud.

No se valorarán los méritos de servicios prestados en puestos que hayan sido cubiertos mediante comisiones de servicios o asignación temporal de funciones, excepto lo que prevé el artículo 88 bis de la Ley 3/2007, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears (añadido por el DL 2/2013)

De acuerdo con lo establecido en las bases generales citadas, los méritos y la prueba serán ponderados de la siguiente manera: 45% para los méritos y el 55% para la prueba específica.

QUINTA. Número mínimo de personas que formen la bolsa para convocar una de nueva

En el caso que la lista de personas que formen esta bolsa sea inferior a 10 se podrá hacer una nueva convocatoria con estas mismas bases.

 

ANEXO I
TEMARIO ESPECÍFICO DE AGENTE DE MEDIO AMBIENTE

Medio ambiente, agentes de la autoridad e inspecciones

1. El medio ambiente, concepto y definiciones. El concepto de desarrollo sostenible. Principios del derecho ambiental. Medioambiente en el derecho internacional, comunitario, nacional y autonómico. Distribución de competencias.

2. Código penal, delitos relacionados con el medio ambiente, delitos relacionados con la protección de flora y fauna, delitos forestales y otros contra el medio ambiente. El procedimiento administrativo: principios generales y fases. Recursos administrativos. Infracciones administrativas en materia de medio ambiente: procedimiento administrativo sancionador.

3. La condición de agente de la autoridad. Normativas. Intervención en incidentes ambientales: toma y conservación de muestras. Actuaciones administrativas. Levantamiento de actas y elaboración de informes. La denuncia.

El medio natural en las Baleares / Menorca

4. Características climáticas y biogeográficas de las Islas Baleares. Características ecológicas y principales comunidades, especialmente en la isla de Menorca. Distribución de las principales ecosistemas de Menorca.

5. Vegetación de Menorca. La flora endémica, amenazada y protegida

6. Fauna existente en Menorca. Especies endémicas, amenazadas y protegidas.

7. Bosques. Plagas y enfermedades

8. Zonas húmedas y su importancia ecológica. Principales zonas húmedas de Menorca.

9. Espacios naturales protegidos de Menorca. Caracterización biológica en el ámbito terrestre y marino. La Reserva de Biosfera de Menorca: zonificación y gestión.

Espacios naturales, flora y fauna

10. Espacios naturales, flora y fauna. Normativa comunitaria, convenios: convenio sobre la diversidad biológica de Rio, convenio Ramsar relativo a humedales de importancia internacional, convenio de Berna de conservación de la vida silvestre y del medio natural, convenio de Bonn sobre conservación de especies migratorias, convenio Cites sobre comercio internacional de especies amenazadas. Directiva Aves. Directiva hábitats. Hábitats y especies de interés comunitario.

11. Espacios naturales, flora y fauna. Normativa nacional y autonómica. Ley 42/2007 de patrimonio natural y de la biodiversidad. Ley 5/2005 para la conservación de los espacios de relevancia ambiental en las islas Baleares ( LECO).

12. la Red Natura 2000 en las islas Baleares con especial hincapié en Menorca. Figuras que la integran. Lugares que forman parte de la red natua 2000 en Menorca. Normativa balear en relación con la Red Natura 2000.

13. Especies y espacios protegidos. Listado Español de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Decreto balear 75/2005: Catálogo Balear de Especies Amenazadas. Real Decreto 630/2013 sobre especies exóticas invasoras.

Normativas ambientales

14. La caza y la pesca continental. Normativa balear aplicable a Menorca. Modalidades. Especies cinegéticas de mayor interés en Menorca. Situación de la caza y pesca continental. Problemática de conservación.

15. La pesca marítima en Menorca. Modalidades. Situación de la pesca aficionada y profesional. Ley 6/2007 de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Baleares. Ley 33/2014 de pesca marítima del estado.

16. Los montes. Gestión forestal sostenible. Normativa básica estatal. Normativas autonómicas.

17. Normativa estatal y autonómica sobre prevención y extinción de incendios forestales. Plan general de Defensa contra incendios forestales en Menorca.

18. Ley de costas y planes de ordenación del litoral.

19. Ley de aguas y Plan Hidrológico de Baleares. Situación del recurso en Menorca. Principales fuentes de contaminación del agua en Menorca.

20. Residuos, contaminación y vertidos. Reglamentos de recogida y tratamiento de residuos en Menorca. Residuos no peligrosos: caracterización, producción, recogida y tratamiento (operaciones de valoración o eliminación). Gestión de residuos no peligrosos. Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados. Residuos agrícolas y ganaderos. Plan Director Sectorial de Residuos de Menorca.

21. Ley 21/2013 de evaluación de impacto ambiental.

Gestión

22. Cartografía. Interpretación de planos topográficos: escalas, curvas de nivel, signos convencionales. El GPS. IDE Menorca: herramientas disponibles.

23. Control de especies animales y vegetales, conservación y recuperación. Métodos de control y seguimiento.

 

Maó, 1 de Julio de 2016

EL SECRETARIO DEL CONSEJO EJECUTIVO
Octavi Pons Castejón