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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Núm. 7668
Aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales reguladoras del precio público por la prestación de servicios o realización de actividades municipales y del precio público por el servicio de diferentes prestaciones sociales: Centro de día, Servicio de Ayuda Domiciliaria, Servicio de comida a domicilio y Teleasistencia

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Texto

Aprobadas provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 21 de abril de 2016, las ordenanzas fiscales reguladoras del precio público por la prestación de servicios o realización de actividades municipales y del precio público por el servicio de diferentes prestaciones sociales: Centro de día, Servicio de Ayuda Domiciliaria, Servicio de comida a domicilio y Teleasistencia, han sido expuestas al público durante treinta días hábiles sin que se hayan presentado reclamaciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo se entiende definitivamente adoptado y se en publica el su texto íntegro.

 

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES MUNICIPALES

Concepto

ARTÍCULO 1

1. Conforme a lo previsto en el artículo 127 en relación al artículo 41, ambos del RD 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento establece el precio público por la prestación de servicios o realización de actividades municipales.

Obligados al pago

ARTÍCULO 2

1. Están obligados al pago del precio público regulado en la presente Ordenanza las personas que se beneficien de los servicios o actividades que determinan la exigencia de los precios públicos.

Tarifas

ARTÍCULO 3

1. Las tarifas a abonar por los particulares, recogidas en el anexo, vendrán determinadas por las características y coste de los servicios o actividades que en cada caso se presten.

Normas de gestión

ARTÍCULO 4

1. Las cantidades exigibles de acuerdo con las tarifas recogidas en el anexo serán satisfechas por cada servicio o actividad realizada. La obligación de pago del precio público nace a partir del momento en que se inicie la prestación del servicio o realización de actividad.

Bonificaciones

1. Se establece una bonificación en el conjunto de las tarifas para las personas que presente algún tipo de minusvalía y según el porcentaje de minusvalía que acredite previa presentación del certificado del órgano competente de la Comunidad Autónoma:

  • Porcentaje de minusvalía del 33% al 65%: 20% de descuento.
  • Porcentaje de minusvalía del 65% al ​​75%: 30% de descuento.
  • Porcentaje de minusvalía del 75 o superior: 50% de descuento.

A N E X O
CUADRO DE TARIFAS

Servicios del centro de vacaciones

Concepto

Euros

Matrícula mensual para empadronados en Sant Llorenç

146,74

Matrícula mensual para no empadronados

183,77

Las familias numerosas tendrán una bonificación del 20% de descuento sobre los precios de matrícula, previa justificación.

Estiu Jove

Concepto

Euros

Matrícula mensual para empadronados en Sant Llorenç

122,33

Matrícula mensual para no empadronados

146,79

Las familias numerosas tendrán una bonificación del 20% de descuento sobre los precios de matrícula, previa justificación.

Actividad de itinerarios para conocer el término municipal

Concepto

Euros

Itinerarios para conocer el término municipal (media jornada)

82,83

Itinerarios para conocer el término municipal (todo el día)

117,34

Prestación del servicio de los cursos del centro de adultos

Tarifas para personas empadronadas en el término:

Concepto

Euros

Cursos de 1 a 10 horas

36,66

Cursos de 11 a 15 horas

55,00

Cursos de 16 a 20 horas

76,04

Cursos de 21 a 30 horas

83,22

Cursos de 31 a 40 horas

90,40

Cursos de 41 a 50 horas

97,57

Cursos de 51 a 80 horas

104,75

Cursos de más de 80 horas

119,11

Tarifas para personas no empadronadas en el término:

Concepto

Euros

Cursos de 1 a 10 horas

45,83

Cursos de 11 a 15 horas

68,74

Cursos de 16 a 20 horas

95,05

Cursos de 21 a 30 horas

104,02

Cursos de 31 a 40 horas

112,99

Cursos de 41 a 50 horas

121,97

Cursos de 51 a 80 horas

130,94

Cursos de más de 80 horas

148,88

Los cursos cuya realización requiera la utilización de maquinaria o aparatos técnicos específicos para poder desarrollarse tendrán un incremento del 50% sobre los precios de matrícula anteriormente establecidos.

Los cursos declarados de promoción especial tendrán un 30% de descuento sobre los precios de matrícula.

Los miembros de familia numerosa tendrán un 20% de descuento sobre los precios de matrícula, previa justificación.

Actividades deportivas organizadas por el servicio municipal de deportes

Concepto

Euros

Matrícula por cursos

74,07

Los miembros de familia numerosa tendrán un 20% de descuento sobre los precios de matrícula, previa justificación.

Servicio de comida a domicilio

Concepto

Euros

Precio por comida

4,31

Suministro de aguas depuradas

Cuota de servicio

Cuota de servicio

Euros/mes

Contador de 13 mm.

0,61

Contador de 15 mm.

1,45

Contador de 20 mm.

4,51

Contador de 25 mm.

6,49

Contador de 30 mm.

11,53

Contador de 50 mm.

25,14

Cuota de consumo

0,12

Alquiler de mesas, sillas y otros

Concepto

Euros/día

Por cada mesa solicitada

0,89

Por cada mesa solicitada

3,35

Por solicitar la parrilla pequeña

3,35

Por solicitar la parrilla grande

6,71

Por pérdida o deterioro de sillas

12,00

Por pérdida o deterioro de mesas

105,12

Alquiler equipo de sonido

100,00

Alquiler de tarimas

50,00

Alquiler de alfombras

30,00

En todos los alquileres se deberá abonar una tarifa mínima de 100 euros.

Las entidades inscritas en el registre municipal correspondiente disfrutarán de una bonificación del 100% de la tarifa.

Utilización de las infraestructuras municipales

Concepto

Euros/hora

Utilización de las infraestructuras municipales

6,71

Utilización del salón de sesiones para matrimonios, personas empadronadas

44,73

Utilización del salón de sesiones para matrimonios, personas no empadronadas

89,46

Instalaciones deportivas:

No empadronados

INSTALACIÓN

MÒDULO

Sin luz

suplemento luz

Sin luz

Suplemento luz

Zona deportiva Sa Taulera

Futbol 11

25

7

30

8,4

Futbol 7

15

5

18

6

Futbol 5

15

5

18

6

Pádel

7

2

8,4

2,4

Tenis

-

-

Poliesportiu Marga Fullana

Pabellón completo

30

12

36

14,4

Módulo

15

5

18

6

Sala espejos

7

-

8,4

-

Pista exterior

7

2

8,4

2,4

Piscina Municipal

Abono familiar

120

-

Abono persona

60

-

Entrada 1 dia

1,7

-

3,5

Cursos de natación mensual

5 dias a la semana

75

-

3 dias a la semana

52

-

2 dias a la semana

42

-

Polideportivo Son Carrió

Pista Cubierta

5

-

6

-

Pádel

7

2

8,4

2,4

Sa Coma

Pádel

7

2

8,4

2,4

Las organizaciones con ánimo de lucro que quieran impartir clases en las pistas de pádel o tenis descritas anteriormente deberán abonar un 30% de la cuota establecida para empadronados.

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LAS DIFERENTES PRESTACIONES SOCIALES: ESTANCIAS EN EL CENTRO DE DÍA, SERVICIO DE AYUDA DOMICILIARIA, SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIOS DE TELEASISTENCIA.

Concepto

ARTÍCULO 1

1.1. Conforme a lo previsto en el artículo 127 en relación al artículo 41, ambos del R.D. 2/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento establece el precio público por el servicio de diferentes prestaciones sociales: Centro de Día, Servicio de Ayuda Domiciliaria, Servicio de comida a domicilio y Teleasistencia.

Obligados al pago

ARTÍCULO 2

2.1. Están obligados al pago del precio público regulado en la presente ordenanza los beneficiarios de las prestaciones de los servicios, si no es así, sus tutores legales.

Cuantía

ARTÍCULO 3

3.1. La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza es establecido en las tarifas recogidas en el anexo de la ordenanza.

3.1. La cuota definitiva, en los casos de los usuarios empadronados en el término de Sant Llorenç, se fijará con la aplicación del siguiente baremo:

Ingresos "per cápita"

en relación al SMI      % Del precio público

Más del 150%                                                100

entre el 100 y 150%                                        85

entre el 80 y 100%                                          75

entre el 50 y el 80%                                         50

menos del 50%                                                  0

En el resto de usuarios se abonará el 100% de la tarifa.

3.2 La persona beneficiaria o que solicite el servicio aportará la documentación necesaria para poder determinar la cuota definitiva.

3.3 Los servicios sociales municipales, una vez comprobada la documentación, informarán y elevarán la propuesta correspondiente.

Normas de gestión

ARTÍCULO 4

4.1. El precio público se considerará devengado simultáneamente a la prestación del servicio y el contratista confeccionará por mensualidades vencidas los recibos, que serán entregados a la Tesorería del Ayuntamiento para que este les pase al cobro.

4.2. El pago del recibo mensual se realizará por el sistema de domiciliación en entidades de crédito y ahorro que el Ayuntamiento designe como colaboradores, de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) En el caso del centro de día, las personas obligadas al pago presentarán al encargado del centro, que a su vez presentará a la Tesorería municipal, los escritos de domiciliación según modelo oficial, donde especificarán sus datos de identificación personal, número de cuenta y entidad bancaria y concepto que se desea domiciliar.

b) En el caso del resto de prestaciones se presentarán los escritos de domiciliación bancaria en el departamento de Servicios Sociales.

c) Las domiciliaciones de pago tendrán validez por tiempo indefinido, mientras no sean anuladas por el interesado o rechazadas por el establecimiento donde deban presentarse los instrumentos de cobro.

4.3. Un retraso en el pago de más de dos mensualidades, sin motivo que lo justifique, significará la baja del usuario del servicio. El Ayuntamiento comunicará con 15 días de antelación la baja por escrito.

4.4. Para mantener la reserva de plaza a pesar de que el usuario no utilice el servicio durante un mes completo, éste se abonará íntegramente.

4.5 Cuando se solicite una plaza para el mes completo, pero iniciando su estancia durante el mes comenzado, la cuota a abonar será el resultado de dividir la tarifa mensual por 30 y multiplicar por los días del mes que queden.

4.6 En caso de que esporádicamente un usuario solicite estancia por un día, se aplicará la tarifa correspondiente a la estancia por un día, sin aplicar los descuentos por situación económica regulados en el artículo  anterior.

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LAS DIFERENTES PRESTACIONES SOCIALES: ESTANCIAS EN EL CENTRO DE DÍA, SERVICIO DE AYUDA DOMICILIARIA, SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIOS DE TELEASISTENCIA

ANEXO
CUADRO DE TARIFAS

Epígrafe 1: Servicios del Centro de Día.

Epígrafe 1.1: Servicios del Centro de Día. Mensual.

euros/mes

Estancia de lunes a viernes (euros/mes)

332,37

Estancia de lunes a sabado (euros/mes)

398,84

Comida de lunes a viernes

133,87

Comida de lunes a sábado

160,75

Transporte

20,00

Epígrafe 1.2: Servicios del Centro de Día. Por días.

euros

Estancia, un día:

17,78

Estancia de 3 días por semana

203,42

Comida, un día

6,51

Comida 1 día por semana

27,34

Estancia semanas alternas

166,18

euros

Epígrafe 2: Servicio de Ayuda Domiciliaria (SAD) (€/hora)

11,76

Epígrafe 3: Servicio de comida a Domicilio

euros

Por cada servicio de comida

5,29

Epígrafe 4: Teleasistencia

euros

Servicio mensual

11,76

Epígrafe 5: Comida Comedor Social/día

6.51

Epígrafe 5: Ayudas técnicas

  • Grúa (€/mes)

50

  • Silla de ruedas (€/mes)

20

  • Andadores  (€/mes)

10

  • Muletas (€/mes)

10

Sant Llorenç des Cardassar, 15 de junio de 2016

El alcalde,
Mateu Puigròs Sureda