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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 7636
Resolución de declaración de residuo de vehículo abandonado en la via pública

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante el presente edicto, el cual se realiza también, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de acuerdo con lo establecido en el art. 11 del RD 320/1994, de 25 de febrero, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4), 59.5) y 59.6) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, atendiendo que no ha sido posible notificarlo personalmente a los interesados per haber resultado infructuosos los intentos de notificación personal dado que resulta desconocido a todos los efectos el actual lugar de residencia y/o domicilio de los mismos, se notifica que por el Sr. Alcalde, asistido por la Junta de Gobierno Local de fecha 06 de junio de 2016, debido a su supuesto abandono y de acuerdo con lo previsto en los artículos 86 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre y 3.b) de la Ley 22/2011 de 28 de julio de Residuos y Suelos Contaminados, se ha dictado Resolución de declaración de residuo urbano de los siguientes vehículos.

Tipo

Matrícula

Marca y Modelo

DNI /NIE Titular

Situación del vehículo

Turismo

(datos personales ocultos)

Renault-Twingo

(datos personales ocultos)

Depósito Municipal

Motocicleta

(datos personales ocultos)

Aprilia-Scarabeo 65

(datos personales ocultos)

Depósito Municipal

Turismo

(datos personales ocultos)

Peugeot-306

(datos personales ocultos)

Depósito Municipal

RECURSOS

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, con carácter POTESTATIVO, a interponer ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución. Este recurso se podrá interponer en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a su desestimación presunta.

En ningún caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o no se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

b) Recurso contencioso administrativo ante el correspondiente juzgado de lo contencioso administrativo, en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de conformitat con lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa.

Todo lo anterior es sin perjuicio que se puedan utilizar todos cuantos recursos alternativo se estimen procedentes.

Así mismo cabe indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, a menos que así lo acuerde expresamente la autoridad competente.

 

Es Castell, 21 de junio de 2016

   

El Alcalde,

José Luis Camps Pons.