Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 7489
Notificación en el procedimiento de establecimiento de precio público de las publicaciones editadas por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, del procedimiento de autoliquidación por parte de los distribuidores de los ejemplares vendidos y el establecimiento del precio de venta de estas publicaciones
A los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se hace público que la Comisión de Gobierno del Consell Insular d’Eivissa, en la sesión celebrada el día 14 de junio de 2016, ha adoptado, por unanimidad, entre otros el siguiente acuerdo:
“Uno de los proyectos que tiene en marcha el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular d’Eivissa es la difusión de la cultura de las Pitiusas a través de diversas publicaciones. Para que esta difusión se haga adecuadamente, es necesario que la distribución de estas se realice por los canales habituales, de manera que lleguen a las librerías y lugares de venta y estén al alcance de todos los ciudadanos.
Por ello el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud abrió expediente para fijar el precio público de nuevas publicaciones del Departamento y el procedimiento de autoliquidación por parte de los distribuidores de los ejemplares efectivamente vendidos y establecer el precio de venta de estas publicaciones.
Atendido el informe favorable emitido por el técnico del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud en fecha 2 de junio de 2016.
Visto que el Pleno ordinario, en sesión de 31 de julio de 2015, acordó delegar en la Comisión de Gobierno la competencia para el establecimiento o la modificación de los precios públicos para la prestación de servicios o para la realización de actividades emanadas de las competencias conferidas al Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud.
Atendido el informe propuesta emitido por la jefa de sección del Departamento de Educación, Patrimonio y Cultura, con el visto y conforme de la secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud en fecha 6 de junio de 2016, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario de la Intervención de la Corporación, y para el caso que el informe mencionado sea favorable y de conformidad.
En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 72.d del Reglamento Orgánico del Consell Insular d’Eivissa (BOIB núm. 136, de 18-9-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016) elevo a la Comisión de Gobierno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:
1.- En relación a la fijación del precio público de les publicaciones editadas por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, que es la cantidad que deberán liquidar las empresas encargadas de la distribución de las publicaciones, por cada ejemplar efectivamente vendido de los que el Consell les habría entregado:
- Fijar en 6,6 € el precio público del libro Premis Sant Jordi de literatura 2011-2015.
- Fijar en 19,5 € el precio público del libro 9 anys d'òpera a Eivissa.
- Fijar en 8,25 € el precio público del libro Eivissa i Formentera republicanes.
2.- En relación al procedimiento de autoliquidación por parte de los distribuidores, establecer el plazo de autoliquidación entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. Dentro de este plazo, el distribuidor tiene la obligación de poner en conocimiento del Consell Insular el número de ejemplares efectivamente vendidos el año anterior de entre los entregados por parte del Consell, presentar la autoliquidación de estos y hacer el pago de la deuda resultante. La autoliquidación ha de incluir los títulos y ejemplares vendidos, el importe a liquidar por cada ejemplar vendido y la cantidad final a liquidar.
Las personas obligadas al pago han de acreditar su condición de personas jurídicas o físicas con objeto o finalidad de comercio al por mayor de libros (distribución), mediante certificación de la Agencia Tributaria. Esta acreditación la entregarían juntamente con la liquidación, que durante los tres primeros meses del año siguiente al de la distribución de las obras, se haría de los ejemplares efectivamente vendidos de entre los que el Consell Insular les habría entregado.
Transcurrido el plazo de autoliquidación sin haber hecho efectivo el importe del precio público de venta, se entenderá que todos los ejemplares entregados se han vendido y en este sentido se podrá proceder a su exacción por la vía de constreñimiento sobre el patrimonio del obligado al pago. Lo que implicará no entregar a los distribuidores más ejemplares de las publicaciones pendientes de liquidar.
De la entrega de las publicaciones quedará testimonio mediante albarán de entrega donde se hará constar, aparte de los datos del Departamento que los entrega y de la persona jurídica o física que los retira, el título de la publicación, la cantidad de ejemplares entregados y las condiciones de liquidación del importe del precio público de las publicaciones entregadas.
3.- En relación al establecimiento de un precio de venta público (PVP) de las publicaciones editadas por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud:
- Establecer el PVP de Premis Sant Jordi de literatura 2011-2015 en 12 € (IVA incluido)
- Establecer el PVP de 9 anys d'òpera a Eivissa en 30 € (IVA incluido)
- Establecer el PVP de Eivissa i Formentera republicanes en 15 € (IVA incluido)
4.- Publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) así como en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el acuerdo de las Comisión de Gobierno que establece la fijación del precio público de las publicaciones editadas por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud y del procedimiento de autoliquidación por parte de los distribuidores de los ejemplares vendidos y establece el precio de venta público de las siguientes publicaciones:
-Premis Sant Jordi de literatura 2011-2015.
-9 anys d'òpera a Eivissa
-Eivissa i Formentera republicanes
El secretario hace constar que según el informe del técnico del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, de fecha 9 de junio, que obra en el expediente, estos precios públicos llevan el IVA incluido”
Este acto agota la vía administrativa y contra él pueden interponer, ante el mismo órgano que lo ha dictado, el recurso potestativo de reposición previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación o directamente el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, todo ello en virtud de lo que dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en relación con el artículo 22.1.c de la Ley 8/2000, de 27 de octubre de Consejos Insulares y el artículo 146.1.c del Reglamento Orgánico del Consell Insular d’Eivissa. Si optan por la interposición del recurso de reposición no podrán acudir a la jurisdicción contencioso administrativa hasta que no se haya resuelto aquel o se haya producido su desestimación presunta, recordando que el plazo máximo para resolverlo es de un mes.
Eivissa, 27 de junio de 2016
La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud
Maria Catalina Tur Torres