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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 7468
Aprobación definitiva modificación de crédito 16/2016

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Texto

De conformidad con la legislación vigente en materia de haciendas locales, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2016, aprobó inicialmente la modificación de crédito por Pleno número 16 en el Presupuesto del Ayuntamiento para el año 2016 y se publicó en el BOIB núm. 71 de 7 de junio de 2016.

Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público de acuerdo con lo establecido en el artículo 177.2 en concordancia con el artículo 169.1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no se ha presentado ninguna alegación ni reclamación a la modificación de crédito número 16/2016, por lo que queda aprobada definitivamente, transcribiéndose el detalle de la modificación:

“Primero.- Aprobar la propuesta de modificación del presupuesto del ejercicio 2016, por concesión de transferencias de crédito en los términos que se establecen a continuación:

MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

Traspasar crédito de la siguiente partida:

DE LA PARTIDA:

603 45000 6100010 OBRES DIVERSES TERME MUNICIPAL                300.500,00

A LAS PARTIDAS :

001 91000 4800000 FUNDACIÓ CALVIÀ 2004                                          37.000,00

101 92207 2260900 ORGANITZACIÓ D’ACTES                                        10.000,00

202 43100 7700000 PLA REHABILITACIÓ COMERÇ                               50.000,00

303 33001 2260903 PROGRAMA ACTIVITATS REI EN JAUME              10.000,00

403 32000 4490007 IMEB                                                                             70.000,00

502 34000 2260901 ACTIVITATS ESPORTIVES                                        33.500,00

502 34000 6220004 INVERSIÓ EDIFICIS ESPORTIUS                              60.000,00

602 45004 2120001 REPARACIÓ EDIFICIS SINGULARS                         30.000,00”

Contra la aprobación definitiva del acuerdo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, en la forma y términos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171-1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo i 23-1 del Real decreto 500/90, de 20 d’abril.

Calvià, 27 de junio de 2016

La Teniente de Alcalde de Economía y Hacienda.
Mª Carmen Iglesias Manjón