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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 7385
Convocatoria de becas de formación práctica para estudiantes universitarios

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía número 1509/2016 de día 22 de junio de 2016, se ha aprobado el siguiente acuerdo:

«CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS.

1.- OBJETO

a) El objeto de esta convocatoria es regular las ayudas que concederá el Ayuntamiento de Andratx a estudiantes universitarios para favorecer su formación y práctica profesional.

b) El objetivo prioritario de estas ayudas es completar la formación académica, adquirir experiencia y apoyar profesional al alumno. Por lo tanto, no hay vinculación laboral entre el Ayuntamiento y el alumno.

2.- REQUISITOS

Podrán solicitar estas ayudas:

Alumnos de grado y postgrado que hayan superado el 50% de los créditos académicos en el momento de realizar la solicitud.

Los peticionarios tienen que estar al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores al mismo por cualquier otro concepto no tributario. De no ser así, tendrán 10 días hábiles para resolver la deficiencia detectada.

El simple hecho de presentar la solicitud de las becas de formación práctica supone aceptar estas bases y en caso de falsedad u omisión total o parcial de la documentación presentada se incurrirá en responsabilidad.

3.- DOCUMENTACIÓN

Los peticionarios tienen que presentar los siguientes documentos:

- Impreso de solicitud debidamente rellenado (que se encuentra en la página www.andratx.cat)

- Una fotocopia del DNI /NIE del interesado.

- Un certificado de créditos/asignaturas aprobadas, con las notas.

- Fotocopia del número de afiliación a la seguridad social.

- La documentación que se estime conveniente para acreditar el cumplimiento por parte de los peticionarios de los criterios establecidos.

4.- PLAZO

Las solicitudes se tendrán que presentar en el Casal de Can Riera (antiguo PAC) o en cualquier otro de los lugares admitidos por el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB hasta 15 días después.

5.- NATURALEZA DE LAS BECAS.

Son de carácter voluntario y temporal; no serán alegadas cómo precedente y no se podrá exigir aumento o revisión de la cantidad asignada.

El importe de las subvenciones establecidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas otras Administraciones Públicas, u otros organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario (artículo 4.7 de la Ordenanza General de Subvenciones). De ser así, el interesado lo tendrá que poner en conocimiento del Ayuntamiento de Andratx a los efectos oportunos. En caso de no hacerlo, se tendría que iniciar en contra de él/ella el oportuno procedimiento sancionador.

a) La beca se podrá desarrollar en los meses comprendidos entre el 15 julio y el 30 de septiembre del año de la convocatoria con una duración mínima de dos meses.

b) Un mismo alumno sólo podrá realizar prácticas en el Ayuntamiento como máximo durante tres cursos académicos.

c) La duración de las prácticas nunca puede superar las 650 horas por curso académico, repartidas en 5 horas diarias de lunes a viernes. Con ello se pretende que el alumno pueda compaginar los estudios con las prácticas. El Ayuntamiento de Andratx se compromete a dar facilidades para establecer el horario de los estudiantes.

d) En cuanto al seguro escolar, este cubrirá las contingencias de los estudiantes que siguen los programas beques en las condiciones que se establecen en las disposiciones legales que lo regulan.

e) Los alumnos seleccionados estarán supervisados por un tutor por parte del Ayuntamiento quién será el responsable directo a su departamento y por el Responsable del Centro Universitario de Andratx y técnico de educación quien coordinará todo el programa de becas. En el caso de los becarios de la UIB también tendrán un tutor académico

f) El Ayuntamiento de Andratx controlará rigurosamente la asistencia de los estudiantes a sus lugares de actividad, y también el cumplimiento y aprovechamiento de sus prácticas mediante la persona responsable de cada departamento.

g) Se cumplirá en todo momento el convenio de cooperación educativa en lo referente a las becas de formación práctica.

6.- CRITERIOS DE SELECCIÓN

Cumplimiento de los requisitos.

Criterios de adjudicación:

1º Más cursos superados.

2º En el caso de encontrarse en el mismo curso, se tendrá en cuenta el mayor número de créditos superados.

3º En caso de empate con los criterios anteriores se tendrá en cuenta la media del expediente académico.

7.- CUANTÍA

La cantidad que percibirá el becario es de 397,95 € brutos y se le aplicará una retención de IRPF del 2% y las deducciones para la seguridad social que correspondan. La duración de cada beca será por un tiempo de 2 meses y un total de 100 horas mensuales, aportados íntegramente por el Ayuntamiento, a cargo de la aplicación presupuestaria 16,326,48101 “Becas de formación práctica”, retención de crédito núm. 201600004685 con la cantidad de veinte mil euros (20.000,00 euros)

8. BEQUES OFRECIDAS

Departamento: Comunicación

Estudios: Periodismo

Tasques: Apoyo al departamento de Comunicación, redacción noticias y comunicados a medios de comunicación, pagina web y redes sociales...

Durada: 2 meses

Departamento: Medio Ambiente

Titulación: Ingeniero Agrónomo, Biología , Ingeniero Medio Ambiental.

Funciones: Ayuda Redacción pliego técnico de jardinería para la próxima contratación y apoyo al departamento de medio ambiente.

Duración: 2 meses

Departamento: Intervención

Titulación: LADE, Económicas , Diplomatura Empresariales

Funciones: Apoyo al departamento de intervención en la tramitación de facturas y contabilización.

Duración: 2 meses

Departamento: Urbanismo

Titulación : Licenciatura derecho

Funciones: Apoyo al departamento de urbanismo en las diversas tareas y tramitación de expedientes.

Duración: 2 meses

Departamento:Urbanismo

Titulación: Arquitecto, ingeniero de obras

Funciones: Apoyo al departamento técnico de urbanismo en las funciones de tramitación para la aprobación de expedientes.

Duración: 2 meses

Departamento: Vías y obras

Estudios: Arquitecto técnico o arquitecto.

Funciones: redacción de proyectos, memorias, mediciones,presupuesto y delineación de planos

Durada: 2 meses

Departamento: Deportes

Estudios: ciencia de la actividad física y el deporte

Funciones: Apoyo al técnico Municipal de deportes

Duración: 2 meses

Departamento: patrimonio

Estudios: Historia, historia del arte, geografía

Funciones: formar parte del equipo llevará a cabo la campaña arqueológica en el yacimiento de Son Mas

Duración: 2 meses

Departamento: personal

Estudios: Graduado social

Funciones: las propias del departamento de personal, control horario, nóminas, sindicatos...

Duración: 2 meses

Departamento: Servicios Sociales

Estudios: Educador Social.

Funciones: las propias de un educador social.

Duración: 2 meses.

9.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

El procedimiento de concesión de la subvención es por concurrencia competitiva.

a) Una vez acabe el plazo para presentar las solicitudes de subvención, se comprobará si estas reúnen los requisitos exigibles; en caso contrario, se requerirá la persona interesada porque, en un plazo de 10 días hábiles, resuelva el error o acompañe los documentos preceptivos, con indicación que, si así no lo hiciera se tendrá por desistida su petición, la cual se archivará previa resolución que tendrá que ser dictada en los términos del arte. 71.1, de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

b) A continuación se estudiarán y comprobarán los requisitos generales de las solicitudes presentadas, el órgano instructor, el regidor delegado del área de Educación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se tendrá que notificar a los interesados en la forma que establezca la convocatoria, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva. Examinadas las alegaciones aducidas si procede por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva. La resolución del procedimiento se llevará a cabo por decreto motivado del área de educación.

c) Las solicitudes resueltas serán objeto de publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Andratx, en la página web del ayuntamiento i en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y serán objeto de notificación individual.

d) Contra la resolución de estas ayudas se podrá interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo organismo que lo ha resuelto, o bien directamente un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.

e) En el supuesto de que los estudiantes no sean de la UIB se tiene que firmar un convenio en cada una de las universidades correspondientes, esta gestión se realizará desde el Centro Universitario con ayuda del alumno.

f) En el caso de los alumnos de la UIB, se seguirán los protocolos establecidos según el acuerdo marco firmado entre este Ayuntamiento y la UIB.

10.- NORMATIVA APLICABLE

En todo lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de ayudas y subvenciones, la Ley 30/1992, de 26 de diciembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones https://www.boe.es/boe/dias/2003/11/18/pdfs/A40505-40532.pdf; y el Reglamento de los Servicios de las Corporaciones Locales, de 17 de junio de 1955.

11.- PUBLICACIÓN

Publicar esta convocatoria en el BOIB, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento.”

La cual cosa se hace publica para su general conocimiento.

 

Andratx a, 21 de junio de 2016

El Batle President
Jaume PORSELL ALEMANY