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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 7366
Resolución de la directora de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 21 de junio de 2016 por la cual se aprueba la convocatoria para cubrir, para el sistema de libre designación, el lugar de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Explotación y Sistemas del OTIC del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Explotación y Sistemas de la OTIC del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para prestar servicio en la Dirección General del Servicio de Salud.

Fundamentos de derecho

1. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud.

2. Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 23 de mayo de 2011 por el que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 87/2011, de 11 de junio).

3. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 11/2013, de 22 de enero).

4. Resolución de la consejera de Salud de 13 de enero de 2016 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 10/2016, de 21 de enero).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria, por el sistema de libre designación, para cubrir el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Explotación y Sistemas de la OTIC de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para prestar servicio en la Dirección General del Servicio de Salud. La convocatoria se rige por las bases reguladoras que figuran en el anexo de esta resolución.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, 21 de junio de 2016

La directora de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
María Guadalupe Pulido Román
Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)

 

ANEXO
Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo convocado

Un puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Explotación y Sistemas de la OTIC de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para prestar servicio en la Dirección General del Servicio de Salud.

2. Características del puesto

Depende de la Subdirección de la OTIC de la Dirección de Gestión y Presupuestos del Servicio de Salud y ha de desempeñar las funciones propias de un jefe de servicio, entre ellas las siguientes:

a. Dirigir, organizar, controlar y planificar el trabajo de la unidad.

b. Organizar los servicios de atención al usuario, de microinformática, de operaciones y de administración de sistemas, tanto los corporativos como los de las gerencias territoriales.

c. Establecer las políticas tecnológicas en cuanto a la infraestructura de sistemas y comunicaciones del Servicio de Salud.

d. Coordinar los proyectos de explotación, operación e infraestructura de sistemas del Servicio de Salud.

e. Apoyo al director general en asuntos relacionados con la OTIC y desempeño de las tareas que le encomiende.

3. Requisitos

Es necesario tener la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos A1 o A2 y estar en la situación de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del sistema nacional de salud, o bien tener la condición de personal funcionario de carrera de cualquier administración pública de los grupos A1 o A2 y estar en la situación de servicio activo o de reserva de plaza. También es necesario acreditar el nivel de conocimientos de lengua catalana establecido. Los requisitos deben cumplirse en el momento en que venza el plazo para presentar las solicitudes y mantenerse hasta la fecha de la toma de posesión. El aspirante debe acreditarlo de forma fehaciente al presentar la solicitud. Además, puede presentar su currículum junto con los documentos que acrediten los títulos —originales o copias compulsadas— que considere oportunos.

4. Trámite de solicitud

La solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Dirigida al órgano que la convoca, tiene que formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.