Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 7358
Aprobación definitiva de la modificación de crédito 8/2016, por crédito extraordinario
Finalizado el periodo de exposición pública y dado que no han sido presentadas reclamaciones, se eleva a definitivo el acuerdo plenario de fecha 30 de mayo de 2016 sobre el expediente núm. 8/2016 de modificación de créditos, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con bajas de aplicaciones de gastos del Presupuesto vigente no comprometidas pertenecientes a diferente área de gastos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación al artículo 177.2 del citado RDL, se hace público con el siguiente contenido:
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
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Progr. |
Económica |
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9201 |
62201 01 |
Edificio Policia Local |
61.083,82 |
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TOTAL GASTOS |
61.083,82 |
Esta modificación se financia con bajas de créditos de gasto de otras partidas no comprometidos, en los términos siguientes:
Bajas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupue staria |
Descripción |
Euros |
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Progr. |
Económica |
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9201 |
62200 01 |
Edificios y otras construcciones |
24.000,00 |
4591 |
61900 01 |
Altres inversions en reposició infraestructures |
37.083,82 |
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TOTAL GASTOS |
61.083,82 |
Contra este Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o acuerdo impugnado.
Artà, 23 de junio de 2016
El alcalde
Bartomeu Gili Nadal